SAP Alicante 8/2008, 7 de Enero de 2008

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2008:1184
Número de Recurso448/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución8/2008
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

Rollo de apelación nº 448/2007.-

Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Elda.

Procedimiento Juicio Verbal nº 152/2007.-

S E N T E N C I A Nº 8/2008

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José María Rives Seva.

Doña María Dolores López Garre.

En la Ciudad de Alicante a siete de enero de dos mil ocho.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al

margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 448/07 los autos de juicio verbal nº 152/07 seguidos en el Juzgado

de Primera Instancia nº Cuatro de la ciudad de Elda en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada DOÑA

María Virtudes y la entidad aseguradora LA UNIÓN ALCOYANA S.A. que han intervenido en esta alzada en su

condición de recurrentes, representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña Juan Navarrete Ruiz y defendido/a por el/la Letrado

Don/ña Sr. Palomares Beltrá y siendo apelado la parte demandante DON Carlos Ramón, asistiendo en la alzada

en su propio nombre y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Sonia Hernández García.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de la Ciudad de Elda y en los autos de Juicio Verbal nº 152/07 en fecha 7 de mayo de 2007 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando la demanda deducida por la Procuradora Sr. Rico Pérez, en nombre y representación de D. Carlos Ramón, contra Dª. María Virtudes y Seguros Unión Alcoyana representada por el Procurador Sr. Serra Escolano, debo condenarles y les condeno a que abonen al actor Carlos Ramón de forma solidaria la cantidad de 344,41 euros más el interés previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde la ocurrencia del accidente, para el caso de la compañía aseguradora, o el interés legal, desde la interpelación judicial, incrementado en dos puntos a partir de la presente resolución, para el caso de Doña. María Virtudes, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandada siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte demandante por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 448/07.

Tercero

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día... y siendo ponente el Iltmo. Sr. Don José...

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