SAP Valencia 205/2007, 4 de Abril de 2007
Ponente | MARIA PILAR EUGENIA CERDAN VILLALBA |
ECLI | ES:APV:2007:186 |
Número de Recurso | 211/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 205/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº 205
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Magistrados/as
Dª PILAR CERDAN VILLALBA
Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a cuatro de abril de dos mil siete.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000442/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE VALENCIA entre partes; de una como demandante/s - apelante/s Elvira dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JESUS MENDOZA RODRIGUEZ y representado por el/la Procurador/a D/Dª TERESA MARIA FUERTES HERRERAS, y de otra como demandado/s, - apelado/s Everardo dirigido por el/la letrado/a D/Dª. AITOR ARNAU VILATA y representado por el/la Procurador/a D/Dª NATALIA DEL MORAL AZNAR.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDAN VILLALBA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE VALENCIA, con fecha tres de noviembre de dos mil seis se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por Dª Elvira contra Everardo , declarando el derecho de retorno de Elvira a la vivienda sita en Valencia, calle DIRECCION000 , nº NUM000 - pta. NUM001 , a la vez que se desestima la indemnización de daños y perjuicios sufridos por Elvira . Todo ello sin hacer expresa imposición sobre el pago de las costas causadas en el presente procedimiento".
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante/s se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día dos de abril de dos mil siete para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.TERCERO.-En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
El presente recurso se formula por la parte actora contra la sentencia estimó en parte su demanda sin imposición de costas, dando lugar al derecho de retorno de la primera a la vivienda que tenía arrendada al demandado tras la resolución del contrato transaccionada por ambos, en aplicación del Art.68.1 de la LAU de 1964 , pero denegando la indemnización de daños y perjuicios que prevé el apartado 3 del mismo precepto, por su ausencia de pruebas.
Se funda el recurso en que tal resolución incurre, tanto en una errónea valoración de las pruebas al no indemnizarle por los daños morales sufridos, dada la larga ocupación del inmueble por su parte, su avanza edad, su enfermedad y sus escasos recursos económicos cuando fue desahuciada del mismo, como en una infracción del Art.394 de la LEC ., al no imponer a la demandada las costas siendo que sólo formuló esta petición indemnizatoria como accesoria de ese derecho de retorno sí acogido.
La demandada, se opuso al recurso por los Fundamentos contrarios y por los propios de la sentencia, añadiendo, la novedad en esta alzada de las alegaciones del primero sobre el daño moral.
Esta Sala da por reproducida en un la Fundamentación...
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