SAP Valencia 42/2006, 9 de Febrero de 2006

PonentePURIFICACION MARTORELL ZULUETA
ECLIES:APV:2006:336
Número de Recurso922/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución42/2006
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROSA MARIA ANDRES CUENCAMARIA ANTONIA GAITON REDONDOPURIFICACION MARTORELL ZULUETA

ROLLO NÚM. 000922/2005

SENTENCIA NÚM.: 42/06

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª ROSA MARIA ANDRES CUENCA

Dª Mª ANTONIA GAITON REDONDO

Dª PURIFICACION MARTORELL

En Valencia a nueve de febrero de dos mil seis.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, la Ilma. Sra. Magistrado Ponente DON PURIFICACION MARTORELL ZULUETA, el presente rollo de apelación número 000922/2005, dimanante de los autos de Juicio Ordinario - 000044/2004, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE ALZIRA , entre partes, de una, como demandante apelante a Luis Alberto y Milagros, y de otra, como demandado apelado a INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto y Milagros .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de ALZIRA Nº 5, en fecha 28/06/05, contiene el siguiente FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, representado por la procuradora Dª María José García Gascó, asistido del Letrado D. Ernesto Pérez Broseta, contra D. Luis Alberto y Dª Milagros, representados porla procuradora Dª María Climent Castillo, y asistidos por el Letrado D. Carlos Aranda Mata, sobre reclamación de cantidad, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados, de forma solidaria, a que abonen a la parte actora la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (4.345,32), y la cuantía que resulte de aplicar a cada una de las cuotas de principal impagadas desde el 20 de diciembre de 1990 el 13% anual pactado como interés moratorio, hasta su efectivo pago por los deudores; todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes.".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Luis Alberto y Milagros, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación DON Luis Alberto Y DOÑA Milagros se interpone recurso de apelación contra la sentencia de 28 DE JUNIO DE 2005 , parcialmente estimatoria de la acción personal de reclamación de cantidad derivada de contrato de préstamo, ejercitada por la entidad INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL, contra los demandados ahora recurrentes, a quienes condena en los términos que resultan del antecedente jurídico primero de la presente resolución, que se da ahora por reproducido en evitación de innecesarias reiteraciones.

Impugna la recurrente, en su escrito de formalización del recurso de apelación obrante al folio 282 y siguientes de las actuaciones, los pronunciamientos de la sentencia relativos a su condena y argumenta la naturaleza excepcional del préstamo concedido como ayuda en situaciones catastróficas, el gran retraso en el ejercicio de la acción por parte de la entidad demandante faltando a las normas de la buena fe, la falta de comunicación de los acuerdos de condonación...

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