SAP Madrid 199/2007, 28 de Marzo de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
ECLIES:APM:2007:358
Número de Recurso477/2005
Número de Resolución199/2007
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00199/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 477/2005

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL

SANTIAGO GARCÍA FERNÁNDEZ

En MADRID, a veintiocho de marzo de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de MENOR CUANTÍA 47/2000, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 5 de TORREJÓN DE ARDOZ, a los que ha correspondido el Rollo 477/2005, en los que aparece como parte apelante Matías, Luis Enrique, Eduardo, Rodolfo y UNCAS S.L., y como apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS URBANIZACIÓN000 DE ALGETE, sobre acción de nulidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, en fecha 15 de marzo de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debiendo desestimar se desestima la demanda presentada por el procurador Sr. Cabellos Albertos en nombre y representación de Uncas S.L., don Matías, don Luis Enrique, don Eduardo y don Rodolfo, absolviendo a la demandada Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 de Algete de las peticiones de condena contra ella formuladas. Se condena en costas a la demandante.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia, objeto del recurso que se analiza, desestimó la demanda interpuesta por Uncas S.L. y otros copropietarios de la demandada URBANIZACIÓN000 de Algete, en la que se pretendía la nulidad de los acuerdos adoptados en sendas Juntas Generales ordinaria y extraordinaria celebradas, respectivamente, los días 4 de febrero y 8 de junio de 2000, en concreto el acuerdo relacionado en el punto sexto relativo a la instalación de contadores y formas de financiación, ratificado en la segunda Junta reseñada.

SEGUNDO

Frente a esa sentencia se alza la representación procesal de los demandantes interponiendo el recurso de apelación en el que se alega que los acuerdos, por la materia sobre la que versan, requerían unanimidad, conllevando implícitamente, un cambio de suministro...

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