STSJ Andalucía 2095/2003, 17 de Junio de 2003

PonenteMª ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2003:9002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2095/2003
Fecha de Resolución17 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Recurso nº.- 1798/03 -JJ.

Autos nº.- 810/02.- SEVILLA-3

Ldo.- D. SANTIAGO FERNANDEZ-VIAGAS BARTOLOME POR COAN

Ldo.- D. ANTONIO GARCIA GARCIA POR SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

ILTMOS.SRES.

D. MIGUEL CORONADO DE BENITO

D. MAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO

Dª. Mª ELENA DIAZ ALONSO; PONENTE

En Sevilla, a 17 de junio de 2003.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 2095 /2.003

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal del SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla, Autos nº 810/02; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª ELENA DIAZ ALONSO, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por la CONFEDERACION SINDICAL COMISIONES OBRERAS DE ANDALUCIA (COAN) contra el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, UNION GENERAL DE TRABAJADORES, SINDICATO C.S.I.-C.S.I.F. y SINDICATO C.E.M.S.A.T.S.E., se celebró el juicio y se dictó sentencia, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º.- Por parte de la dirección del Hospital Universitario Virgen de Valme de Sevilla se procedió en el mes de octubre de 2002 a exponer en el tablón de anuncios de dichos hospital el nuevo cuadrante de turnos y jornadas del personal de enfermería del área de quirófano, en virtud del cual se modificaban dichos turnos, que pasaban de ser de carácter fijo a rotatorios.

  1. - Con fecha 3-10-02 se había notificado por la supervisora de quirófanos a los cinco integrantes del turno fijo de noche (tres enfermeros y dos auxiliares de enfermería) la implantación del citado turno rotatorio a partir del 1 de noviembre, dándoles la opción de incorporarse al mismo o bien la de continuar de turno fijo de noche en otra Unidad del área hospitalaria. Dicho escrito obra en el expediente administrativo obrante en el ramo de prueba de la demandada, que damos por reproducido a estos efectos.

    Dicho turno fijo de noche consistía en la prestación de servicios desde las 22 a las 8 horas.

  2. - Mediante escrito de fecha 15-10-02, que damos por reproducido al obrar en el expediente, se comunicó por el Jefe de Bloque de Enfermería a los citados integrantes del turno fijo de noche que al no haber recibido opción para continuar en el turno fijo de noche en otro servicio, permanecían en la unidad de quirófano adscritos al turno rotatorio a partir del 1-11-02.

  3. - Con fecha 16-10-02 se dirigió comunicación por parte del subdirector de enfermería al Sr. Presidente de la Junta de Personal, que firmó el recibí, del siguiente tenor literal:

    "Le comunico que como consecuencia de reiteradas reuniones y peticiones por parte del personal de Quirófano (del cual adjunto las firmas) para modificar el modelo de turno, esta Dirección, una vez analizadas sus repercusiones y buscando alternativas a los efectos no deseados producidos siempre por los cambios, no tiene inconveniente en su aplicación, siempre y cuando se produzca una revisión de la situación cada seis meses.

    Atentamente,".

  4. - De los 29 trabajadores que cubre de forma definitiva la plantilla del personal de quirófano, 23 habían interesado ya en el mes de octubre de 2002 según escrito de firmas que obra en autos el nuevo turno rotatorio, siendo sólo los cinco adscritos al turno fijo de noche los que no lo hicieron, encontrándose el restante en situación de baja.

  5. - La nueva regulación de los turnos supone que los auxiliares y diplomados de enfermería van a trabajar durante 335 días al año en 30,45 ciclos de 11 días, a 48 horas cada ciclo, lo que da un total de 1.461,81 horas/año, cantidad que es inferior a fijada anualmente (1.183 horas), y ello según la rotación que se fija en los cuadros a tal efecto incorporados en el expediente administrativo, que damos por reproducido.

  6. ...

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