SAP Álava 88/2008, 10 de Marzo de 2008

PonenteIÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
ECLIES:APVI:2008:69
Número de Recurso652/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución88/2008
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

Sección 1ª

AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta- C.P. 1008

Tfno.: 945-004821

Fax: 945-004820

N.I.G. 01.01.2-07/000367

Apel.j.verbal L2 652/07

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucción nº 2 de Amurrio

Autos de Juicio verbal L2 100/07

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Recurrente: Federico

Procuradora: ISABEL GÓMEZ PÉREZ DE MENDIOLA

Abogado: JESÚS ALVAREZ MATA

Recurrido: Adolfo

Procurador:IÑAKI SANCHIZ CAPDEVILA

Abogado: JAIME APERRIBAY GANZABAL

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, y Dª Mercedes Guerrero Romeo y D. Iñigo Elizburu Aguirre, Magistrados, ha dictado el día diez de Marzo de dos mil ocho.

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 88/08

En el recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 652/07, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Amurrio, Autos de Juicio Verbal nº 100/07, promovido por D. Federico dirigido por el Letrado D. Jesús Álvarez Mata y

representado por la Procuradora Dª Isabel Gómez Pérez de Mendiola, frente a la sentencia dictada en fecha 07.09.07, siendo parte apelada D. Adolfo dirigido por el Letrado D. Jaime Aperribay Ganzabal y representado por el Procurador D. Iñaki Sanchiz Capdevila. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Elizburu Aguirre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Amurrio, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice:

"Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. de Miguel,en nombre y representación de D. Adolfo, contra D. Federico, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 1.188,30 euros, que devengarán los intereses procésales del artículo 576 de la LEC., con expresa condena en costas al demandado, y desestimando la demanda reconvencional interpuesta por D. Federico contra D. Adolfo, debo absolver y absuelvo al reconvenido de todas las pretensiones contenidas en la reconvención, con imposición de costas al reconviniente".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Federico, recurso que se tuvo por interpuesto mediante providencia de fecha 30.10.07, dándose el correspondiente traslado a la contraparte, emplazándola, por diez días para alegaciones, presentado la representación de D. Adolfo escrito de oposición al recurso de apelación, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, por providencia de fecha 13.12.07 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose, turnándose la Ponencia y señalándose para deliberación, votación y fallo el día 26 de Febrero de 2008.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre en apelación, la parte demandada-reconviniente, pretendiendo que se estime la demanda reconvencional interpuesta por la misma, condenando a la actora principal a abonar al demandado-reconviniente la suma de 3.000 euros, acordando compensar esta cantidad con la reclamada en la demanda principal, y declarando que, en consecuencia, existe un saldo a favor del ahora recurrente de 1.811,70 euros, el cual deberá abonar el actor principal a aquel, con imposición de costas a la adversa, impugnando, también, el pronunciamiento relativo a las costas de la demanda principal.

SEGUNDO

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