SAP Pontevedra 27/2012, 19 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución27/2012
Fecha19 Enero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA, SEDE VIGO

SENTENCIA: 00027/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 de PONTEVEDRA

N01250

C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

2256B700

Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387

N.I.G. 36038 37 1 2010 0600754

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0003299 /2010

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de VIGO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001378 /2009

Apelante: José

Procurador: JOSE ANTONIO FANDIÑO CARNERO

Abogado: FELIPE PRADO ALVAREZ

Apelado: IMPERNOSA S.L.

Procurador: MARIA BLANCO SUAREZ

Abogado: RAUL VAZQUEZ CARNEIRO

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados D. JAIME CARRERA IBARZABAL, Presidente; Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO y D. MIGUEL MELERO TEJERINA, han pronunciado

EN NO MBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 27

En Vigo, a Diecinueve de Enero de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, sede Vigo, los autos de JUICIO ORDINARIO 1378/09, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 3299/2010, es parte apelante -ddo.: D. José, representado por el procurador D. JOSE ANTONIO FANDIÑO CARNERO y asistido del letrado D. FELIPE PRADO ALVAREZ; y, apelado- dte.: IMPERIOSA S.L., representado por el procurador Dª MARIA BLANCO SUAREZ, y asistido del letrado D.RAÚL VAZQUEZ CARNEIRO . Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Vigo, con fecha 23 de Abril de 2010, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

" Estimando íntegramente la demanda promovida por la representación de Impernosa S.L. contra José

, y desestimando la compensación invocada por la representación de José, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 3.595,61 euros, más intereses legales desde la presentación de la solicitud de juicio monitorio, y al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Procurador D. JOSE ANTONIO FANDIÑO CARNERO, en nombre y representación de D. José, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a la Audiencia Provincial de Pontevedra, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Sexta, sede Vigo, señalándose para la deliberación del presente recurso el día 19 de Enero de 2012.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación del apelante, Don José, impugna únicamente el pronunciamiento emitido en materia de costas procesales, argumentando, en aras de su no imposición, que en la sentencia se rechazo la imposición de los intereses contemplados en la Ley 3/2004, también el devengo desde la fecha de un supuesto burofax, razones por las que considera que se ha infringido el art. 394 LEC ya que la estimación de la demanda fue parcial, razones a lo que se oponer la representación de la apelada en base a considerar que la estimación de la demanda fue sustancial.

SEGUNDO

El motivo se rechaza y con él, el recurso, ello de acuerdo con lo sentado jurisprudencialmente sobre la cuestión. En efecto la STS 7 de noviembre 2005 estable que "la doctrina de esta Sala, recogida entre otras en sentencias de 12 de julio de 1999, 17 de julio de 2003 y 26 de abril de 2005, se muestra favorable a la aplicación del principio del vencimiento objetivo en materia de costas a los supuestos en que se opera una estimación sustancial de la demanda, como ocurre en los casos como el presente en que se acoge la...

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