SAP Zaragoza 233/2007, 26 de Abril de 2007

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2007:736
Número de Recurso136/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución233/2007
Fecha de Resolución26 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA, SENTENCIA: 00233/2007

SENTENCIA núm. 233 / 2007

ILMOS. Señores:

Presidente:

  1. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

    Magistrados:

  2. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

    Dª SARA ARRIERO ESPÉS

    En ZARAGOZA, a veintiseis de Abril de dos mil siete.

    En nombre de S.M. el Rey,

    VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000686/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 136 de 2007, en los que aparece como parte apelante Dª Teresa representado por el procurador Dª ISABEL VILLANUEVA DE PEDRO y asistido por el Letrado D. JESUS PORTELLA GOMEZ; y como parte apelada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000 ZARAGOZA representado por el procurador D. OSCAR DAVID BERMUDEZ MELERO y asistido por el Letrado D. DAVID ESTEBAN ARREGUI; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 24 de noviembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE DIRECCION000 NUM000 contra Dª. Teresa debo:

  1. declarar que el espacio denominado bajo cubierta es un elemento comunitario que pertenece a la Comunidad de propietarios actora.

  2. declarar que la demandada ha realizado obras consistentes en: la demolición de la distribución interior, tabiques, falsos techos del interior de su vivienda, el cierre de la pared existente entre la escalera y la vivienda, desde la altura del falso techo hasta su encuentro con la parte inferior de la cubierta; la realización de un forjado intermedio entre el suelo del ático y la cubierta para albergar el dormitorio al que se accede por una escalera nueva de madera, habiendo incorporado a su vivienda el espacio bajo cubierta comunitario existente; la realización de la nueva distribución, modificando la ubicación de la cocina y situándola al otro lado del baño; la renovación de acabados, pavimentos, alicatados, pintura... dejando vista la estructura de madera que forma la cubierta.

  3. Declarar que las obras realizadas, en lo que exceden de los límites interiores de la vivienda, se han realizado sin consentimiento o autorización por parte de la actora, habiéndose afectado a la estructura general del inmueble, al haberse alterado el elemento comunitario denominado bajo cubierta sobre el que se han ejecutado obras, que además han supuesto el despojo de dicho espacio comunitario existente sobre la vivienda de la demandada a favor de esta.

  4. Declarar que, con el fin de que la actora recupere para si la zona comunitaria denominada bajo cubierta, resulta necesaria la realización de las siguientes obras: demolición de la escalera de acceso al forjado superior y barandilla, demolición del forjado realizado en el espacio cubierta; demolición de la parte superior de la pared medianera que separa la escalera con la bajo cubierta; colocación de un falso techo de pladur o escayola a la altura original cerrando el espacio bajo cubierta y anulación de las instalaciones existentes en la zona bajo cubierta que ha sido habilitada como vivienda.

  5. Condenar a la demandada a estar y pasar por tales declaraciones y a realizar a su costa, todas y cada una de las obras declaradas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR