Comentario al Artículo 338 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Fundamento de la clasificación

La clasificación de las cosas en dominio público o privado que contiene el art. 338 CC, no se basa en la naturaleza misma de la cosa sino en la clase de persona a que ellas pertenecen, pues una misma cosa puede ser a veces de dominio público y otras veces de dominio privado. Todo depende del destino que se le haya dado, su servicio o finalidad. A este respecto, por virtud del art. 132 CE, los bienes de dominio público estatal, el patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, se regularán por ley especial, que puede también atender a criterios históricos.

El tema está regulado por el Derecho Administrativo y leyes especiales. Es privativo de las personas de derecho público el ser titulares de dominio público, por lo cual es algo que está reñido con el concepto de particular o derecho subjetivo de los personas privadas.

Finalidad del uso

Objetivamente considerado el tema, se puede decir que todas las cosas pueden ser de dominio público y de dominio privado; todo depende de la finalidad de uso que tengan. Un solar puede ser de propiedad privada y también de propiedad pública si por hecho inmemorial o por expropiación se decide construir en ese solar un parque o un edificio para uso público (un escuela, un museo, o la sede de Juzgados y Tribunales).

No hay objeción para que los bienes muebles integren también la especie de dominio público si, por ejemplo, son libros destinados a una biblioteca pública, o el mobiliario de las Cortes Generales, o de cualquiera de las instituciones del Gobierno central, autonómico o local, que precisan para desempeñar sus funciones públicas de un mobiliario, que no pertenece a ninguna persona privada. Son bienes públicos de uso privado del Estado español, de cualquiera de las administraciones de las que se compone.

Efecto jurídico de la afectación

Otro aspecto de interés y que está directamente vinculado al destino de los bienes, que es la nota característica de los mismos, es que ese destino de uso público produce el fenómeno...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR