STSJ Murcia 311, 3 de Abril de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:311
Número de Recurso389/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución311
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00398/2006 ROLLO Nº: RSU 389/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a tres de Abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Federación Agroalimentaria de CCOO y don Agustín , Delegado sindical de CCOO, contra la sentencia núm. 8/06 del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia, de fecha 11 de Enero de 2006, dictada en proceso número 935/05 , sobre Conflicto Colectivo, y entablado por Federación Agroalimentaria de CCOO y don Agustín , Delegado de CCOO frente a Juver Alimentación S.A.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1º.- La demandada "Juver Alimentación, S.A." tiene una plantilla de unos 450 trabajadores. Existe un comité de empresa con 13 miembro ( 7 de CCOO, 3 de UGT y 3 independientes). Hay además dos secciones sindicales, una de CCOO con 5 miembros y otra de UGT con 3 miembros. 2º.- La patronal demandada cuenta con un local de unos 27'4 metros cuadrados destinado a su uso compartido por los miembros del comité de empresa y de las dos secciones sindicales. Este local está emplazado, junto con otras dependencias destinadas a oficinas, en una ampliación que la empresa ha realizado junto al almacén del centro de trabajo, y cuenta con una mesa de reuniones con sus sillas, armarios, mesa de despacho, teléfono y ordenador con conexión a internet. 3º.- La sección sindical de CCOO ha solicitado varias veces a la empresa demandada un local independiente y adecuado para desarrollar las funciones que le son propias, y lo ha hecho mediante sendos escritos de fechas 25 de marzo de 1999, 12 de julio del 2001 y 23 de abril y 29 de octubre del 2004, está redactada en los siguientes términos: "Con fecha 23 de Abril de 2004 nos dirigimos a usted para solicitarle un local para esta sección sindical, y a día de hoy aun no hemos recibido respuesta alguna por su parte, por tanto rogamos que en un plazo no superior a quince días tenga bien hacerlo pues, como ya conoce, esta sección sindical lleva reivindicando este local varios años. Actualmente se van a realizar ampliaciones de nuevos despachos, y como se nos prometió anteriormente queremos que se aproveche este momento para dotarnos de dicho local. De no recibir respuesta a este escrito entenderemos que la empresa no va atender esta solicitud." La empresa contestó mediante comunicación de 15 de noviembre del 2004, en la cual se decía lo que sigue: "Estimados Señores: Con relación a su solicitud de un local donde poder ejercer las actividades propias de su sección sindical, la empresa les hace saber lo siguiente: Actualmente, las instalaciones de esta Empresa están siendo utilizadas en su totalidad, y aunque se tiene proyectado la ampliación de las oficinas, el poco espacio disponible para ello provoca que sea cubierto al completo por puestos de trabajo de oficina, ya que actualmente este edificio, así como las naves de fabricación y almacenaje, se encuentra saturado de puestos de trabajo. Estas necesidades de espacio tan apremiantes para...

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