Claves jurídicas de la educación inclusiva en las universidades públicas de Andalucía

AutorM.ª Dolores Rego Blanco
Cargo del AutorUniversidad Pablo de Olavide
Páginas253-291
CLAVES JURÍDICAS DE LA EDUCACIÓN INCLUSIVA EN
LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA
M.ª Dolores Rego Blanco
Universidad Pablo de Olavide
ORCID: 0000-0003-1035-952X
SUMARIO: 1. Planteamiento. 2. El estatus jurídico del estudiante universi-
tario en situación de discapacidad. 3. La organización administrativa para
la discapacidad en las Universidades Públicas andaluzas. 4. La organización
interadministrativa universitaria para la coordinación y cooperación sobre
atención a la discapacidad. 5. Otras claves jurídicas para la materialización
del derecho a la educación superior de los estudiantes con discapacidad. 5.1.
Claves jurídicas en la decisión del estudiante con discapacidad de realizar
estudios superiores. 5.2  
egreso de los estudiantes con discapacidad. 6. Conclusión. 7. Bibliografía.
1. Planteamiento
Dale un pescado a un hombre y comerá un día, enséñale a pescar y co-
merá siempre. Esta máxima, atribuida a Confucio, el gran pensador chino
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educación es un factor decisivo en el desarrollo de la persona, pues las posi-
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autonomía personal y su integración social, laboral y política. Esto es así en
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de la persona y la erradicación de la pobreza en el mundo actual. La relación
“educación-promoción personal-no pobreza”, puede aplicarse, sin distinción,
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adicionalmente, la remoción de obstáculos tan serios como la discapacidad1,
1 Constátense sobre este tema la reciente actualización de los datos sobre pobreza
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de la capacitación física o mental, y la efectiva integración y normalización en
el sistema de educación universitario de la Comunidad Autónoma de Andalu-

“(e)l estudio en la Universidad es un derecho de todos los españoles en los

2. El estatus jurídico del estudiante universitario en situación de discapa-
cidad
Comencemos nuestra exposición haciendo un análisis de los sujetos im-
plicados en el ámbito universitario andaluz en la prevención de la discrimi-
      -
cidad. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en una nota informativa con el
titular Las personas con discapacidad afrontan un mayor riesgo de pobreza y exclusión
social,         
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visita del 16/01/23).
2 Las manifestaciones de la discapacidad, así como su respectiva etiología, son de lo
  
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prevención en el trabajo, de atención sanitaria preventiva y curativa, o de investigación,
entre otras). Pese a su indudable importancia, este trabajo no se adentrará en ellas, ya
    
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3 Puntualicemos esta frase para advertir sobre la diferenciación, a veces controvertida,
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-
se el trabajo de Milios, G. (2022): El derecho a la no discriminación por motivo de discapa-
cidad: la compleja coexistencia de la normativa y jurisprudencia nacional y supranacional.
Derechos y libertades: Revista de Filosofía del Derecho y derechos humanos (47). En

y a todos los niveles, como advierten las asociaciones consultadas para la formulación del
III Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía, aprobado
por Acuerdo de 22 de marzo de 2022, del Consejo de Gobierno y disponible por impe-
rativo legal de transparencia en https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/
 (portal de transparencia de la Junta de
Andalucía).
ESTUDIOS JURÍDICOS SOBRE EL BIENESTAR SOCIAL
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nación motivada por la situación de discapacidad, la consecución de la inte-
gración en la Universidad y el aseguramiento de la igualdad de oportunidades
      
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cumplir con las exigencias legales, cada uno desde su función constitucional,
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y de las políticas públicas derivadas de la misma.
Por propio derecho, las Universidades andaluzas ocupan una posición de
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de este estudio, más aún tratándose de Universidades públicas, como pode-
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atención.
En efecto, las Universidades son las llamadas, en primer lugar, y de acuerdo
con el ordenamiento jurídico, a dotar de contenido el derecho fundamental a
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llo de los estudios superiores4. Por tanto, en atención al mandato constitucio-
nal de inclusión (art. 9.2 CE), y en cuanto poderes públicos, las Universidades
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accesible, más libre de discriminación y más inclusivo posible en cada momen-
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Universidad se ha de alcanzar el pleno desarrollo de la personalidad humana
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de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales (marcadamente
el derecho a la educación (arts.10 y 27 CE), como fórmula para garantizar “la
dignidad de la persona”5 
4 Lo consagra de este modo la LOU, como se aprecia, por ejemplo, en su art. 33.1

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sidad”) y en su art. 34.1 (“Las universidades impartirán enseñanzas conducentes a la ob-
       
enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos”).
5 Sobre el papel de la dignidad de la persona, constitucionalizada en el art. 10.1 de
   -
dencia en la jurisprudencia, dio cumplida cuenta J. Delgado Barrio en el discurso de su
investidura como Doctor honoris causa por la Universidad Isabel I de Burgos el 8 de sep-
tiembre de 2022, reproducido en Revista de Administración Pública (2019).

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