SAP Granada 277/2007, 4 de Mayo de 2007

PonenteEDUARDO RODRIGUEZ CANO
ECLIES:APGR:2007:1389
Número de Recurso39/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución277/2007
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

GRANADA

ROLLO SALA Nº 39 DE 2.007.

Ponente: Sr. Rodríguez Cano.

Causa: P. Abreviado nº 66/2006 del

Juzgado de Instrucción núm 3 de MOTRIL.

S E N T E N C I A Nº 277/2007

Dictada por la Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial de Granada, en nombre de S.M. EL REY.

ILMOS. SRES.:

Presidente

DON EDUARDO RODRÍGUEZ CANO

Magistrados

DON JOSÉ JUAN SAÉNZ SOUBRIER

DOÑA AURORA GONZALEZ NIÑO

En la ciudad de Granada, a cuatro de mayo de dos mil siete.

La Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Sres. Magistrados al margen relacionados, ha visto en juicio oral y público la causa dimanante de Procedimiento Abreviado nº 66/2006, seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 3 de Motril, por presunto delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros, entre partes, de la una, el Ministerio Fiscal, y de la otra el acusado Jose Luis, nacido el 11/07/1982; de estado soltero; natural de Asafi y vecino de Ras-Ain (Marruecos); de oficio albañil; hijo de El Auni y de Tamo; con instrucción; sin antecedentes penales; y en prisión provisional desde el 29 de noviembre de 2006, representado por el Procurador Sr. Martínez Gómez y defendido por la Letrada Sr. Martín Quirantes actuando como Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don EDUARDO RODRÍGUEZ CANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

HECHOS PROBADOS, de conformidad con las partes. Sobre las 17:15 horas del día 29 de noviembre de 2006, el acusado Jose Luis, mayor de edad en cuanto nacido el 11/07/1982, con carta de identidad marroquí nº NUM000 y sin antecedentes penales, fue sorprendido por fuerzas de Salvamento Marítimo de la Guardia Civil que navegaban en la Patrullera "Hamal", cuando próximo a las costas españolas patroneaba una embarcación neumática, en la que con evidente riesgo para la vida y la integridad física de los ocupantes de la embarcación, transportaba a 63 personas de origen marroquí que pretendían entrar, procedentes de las costas de Marruecos y con la ayuda del acusado, en territorio español sin poseer la documentación necesaria para ello. De los 63 inmigrantes, diez de ellos resultaron ser menores de edad. La embarcación y su motor de hundieron en el mar durante la maniobra de remolque debido a las malas condiciones atmosféricas.

Las características de la embarcación, que no contaba con ninguna medida de seguridad, la distancia de la travesía, además del número de pasajeros, pusieron de forma efectiva en serio peligro la vida e integridad física de todos ellos.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas y a efectos de conformidad, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra el...

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