SAP Barcelona 44/2008, 24 de Enero de 2008

PonenteENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
ECLIES:APB:2008:792
Número de Recurso272/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución44/2008
Fecha de Resolución24 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN UNDÉCIMA

ROLLO Nº 272/2007

JUICIO ORDINARIO NÚM. 1002/2006

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA nº 5 de BADALONA (ant.CI-9)

S E N T E N C I A Núm. 44

Ilmos. Sres.

D. JOSEP Mª BACHS ESTANY

D. JOSEP ANTONI BALLESTER LLOPIS

D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona a veinticuatro de enero de 2008.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 1002/2006 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Badalona (ant.CI-9), a instancias de DOÑA Milagros, contra MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la aseguradora demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de enero de 2007, por la Magistrada Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada; cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO la demanda interpuesta por Milagros contra MAPFRE, y en consecuencia condeno a la demandada a que pague a la actora 7.618,09.-euros, más el interés calculado al tipo legal aumentado en un 50%, desde el 19 de enero de 2006 y a partir del momento en que hayan transcurrido dos años desde esta fecha si no se hubiere hecho el pago, el interés será del 20%. Todo ello con imposición de costas a la demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la aseguradora demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se senaló para votación y fallo el día 24 de enero de 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad aseguradora versa el recurso sobre la cuestión del valor venal, en que pide la condena por el mismo, y no por el precio de la reparación del vehículo que se recoge en la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Por la similitud al caso que nos ocupa procede hacer mención a la sentencia de esta Sección de fecha 29 de junio de 2006, que revocando la sentencia de instancia, nos dice que "En el presente caso el valor de la reparación in natura ha sido cuestionado como antieconómico por las periciales ya desde el principio. No obstante se ha reparado siendo al final el valor de dicha reparación más del doble del precio de mercado de ocasión de un vehículo del...

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