Cabanillas Sánchez, Antonio: La información al consumidor en la compraventa y el arrendamiento de vivienda y el control de las condiciones generales. Ministerio de Sanidad y Consumo Instituto Nacional del Consumo, Madrid, 1994, 254 págs.

AutorAntonio Jiménez Clar
Páginas2077-2080

    CABANILLAS SÁNCHEZ, ANTONIO: La información al consumidor en la compraventa y el arrendamiento de vivienda y el control de las condiciones generales. Ministerio de Sanidad y Consumo Instituto Nacional del Consumo, Madrid, 1994, 254 págs.

El origen de esta interesante monografía está en la ponencia presentada por el autor, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Alicante, en el Primer Congreso Nacional del Derecho del Consumo, celebrado en Oviedo en 1989 y que tenía por objeto «La compraventa y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios», actuando como moderador de la misma el profesor Lacruz.

Como señala Cabanillas Sánchez, en los años transcurridos desde entonces, el panorama ha cambiado totalmente debido a la promulgación de algunas disposiciones legales, que en desarrollo de la LCU contemplan específicamente la vivienda y, en concreto, el arrendamiento y la compraventa de la misma.

Tiene este trabajo un gran interés teórico y práctico, ya que la vivienda constituye en la actualidad uno de los productos de consumo cuyo uso se halla generalizado: en el año 1991, la vivienda es el sector sobre el que se produjeron más reclamaciones en las asociaciones de consumidores y en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, más concretamente un 22 por 100 del total de las reclamaciones. En el mismo sentido, la Exposición de Motivos del Real Decreto de 21 de abril de 1989 establece que la vivienda constituye en la actualidad uno de estos productos de uso ordinario y generalizado. Su utilización mediante compra o en arrendamiento constituye una actividad no sólo cotidiana, sino de gran trascendencia en la vida del consumidor.

La monografía diversifica su contenido, sin perder su estudio a la luz de las normas de protección al consumo, entre la compraventa de viviendas y los contratos de arrendamiento de las mismas.

La obra se halla estructurada en siete capítulos, precedidos de una introducción y con una exhaustiva información bibliográfica al final de la misma.

El capítulo I fija y determina los presupuestos sobre los que gira la protección del consumidor en esta materia.

Page 2078En primer lugar se delimita la figura del consumidor, como la persona que adquiere, utiliza o disfruta, como destinatario final, bienes inmuebles. En esta definición, que excluye del concepto de consumidor a aquéllos que adquieren bienes inmuebles para revenderlos o ceder su uso a terceros, ha sido enfatizado el concepto de consumidor por dos Leyes autonómicas (Galicia y Andalucía) mediante la referencia al uso personal, familiar o doméstico que de la vivienda hace su titular o usuario.

El otro polo sobre el que gira esta materia es la consideración del vendedor o arrendador de la vivienda como empresario o profesional.

Los principios que inspiran esta normativa se basan precisamente en la situación de desigualdad en que se haya el consumidor frente a quien le proporciona el uso o la propiedad de la vivienda. No parece admisible -señala el autor- que se proteja como consumidor a un particular frente a otro particular, que no ejercita una actividad empresarial o profesional.

En este sentido, la Sentencia del Tribunal Constitucional de 30 de noviembre...

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