SAP Madrid 153/2006, 17 de Marzo de 2006
Ponente | CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO |
ECLI | ES:APM:2006:3233 |
Número de Recurso | 401/2005 |
Número de Resolución | 153/2006 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADOFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZAANGEL LUIS SOBRINO BLANCO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00153/2006
Fecha:17/03/2006
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 401/2005
Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
Apelante: Dª. Montserrat
PROCURADOR: D. MANUEL OGANDO CAÑIZARES
Apelada: Dª. María Angeles
PROCURADOR: Dª. MARÍA JESÚS FERNÁNDEZ SALAGRE
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO N. 592/2002
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 34 DE MADRID
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a diecisiete de marzo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO N. 592/2002, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 34 DE MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 401/2005, en los que aparece como parte apelante: Dª. Montserrat representada por el procurador D. MANUEL OGANDO CAÑIZARES, y como apelada: Dª. María Angeles representada por la procuradora Dª. MARÍA JESÚS FERNÁNDEZ SALAGRE, sobre arrendamientos urbanos, denegación prórroga por necesidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO.
Que los autos originales núm. 592/2002, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 34 de los de Madrid , fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. José Santiago Torres Prieto, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 34 de Madrid, se dictó sentencia con fecha 17 de Noviembre de 2003 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que, estimando íntegramente la demanda deducida por la representación procesal de María Angeles, debo declarar y declaro la resolución de contrato de arrendamiento constituido sobre la vivienda sita en la CALLE000, nº NUM000, NUM001NUM002, de esta ciudad de Madrid, y en su virtud, debo condenar y condeno a la demandada Montserrat a estar y pasar por la anterior declaración y a que deje libre, vacua y expedita la citada vivienda a la libre disposición de la demandante, con apercibimiento de que si no lo hiciere en el plazo legal, será lanzada de la misma, e imponiendo las costas del presente juicio a la citada demandada."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada el Procurador Sr. D. Manuel Ogando Cañizares, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 2 de Marzo del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Contra la sentencia de primera instancia se alza la parte demandada reiterando los argumentos de ausencia de necesidad de la propietaria por existir en Sevilla la licenciatura cursada en Madrid, así como fundarse la causa de necesidad en una circunstancia temporal que está a punto de terminar por cursar el último año de la carrera. También reitera los alegatos sobre fraude de Ley, por entender que hubo una confabulación de la anterior propietaria y la actual, abuela y nieta respectivamente, para crear una apariencia...
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