SAP Madrid 46/2005, 25 de Octubre de 2005
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APM:2005:11423 |
Número de Recurso | 451/2004 |
Número de Resolución | 46/2005 |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
RAMON RUIZ JIMENEZJESUS MARIA RICARDO SERRANO SAEZJOSE MARIA CELEMIN PORRERO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12 BIS
MADRID
SENTENCIA: 00046/2005
SECCIÓN 12 BIS
Rollo: RECURSO DE APELACION 451/2004
PROCEDENCIA: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 DE MADRID
JUICIO MENOR CUANTÍA Nº 57/01
DEMANDANTE/APELANTE: D. Bruno
PROCURADOR: DOÑA ANA ALBERDI BERRIATUA
DEMANDADO/APELANTE: SANITAS, S.A.
PROCURADOR: D. GONZALO HERRAIZ AGUIRRE
PONENTE: ILMO. SR. D. RAMÓN RUÍZ JIMÉNEZ
SENTENCIA Nº 46
Ilmos. Sres. Magistrados:
RAMÓN RUÍZ JIMÉNEZ
JESUS MARIA SERRANO SAEZ
JOSE MARIA CELEMIN PORRERO
En MADRID, a veinticinco de octubre de dos mil cinco.
La Sección 12 BIS de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de MENOR CUANTIA Nº 57/2001 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de MADRID seguido entre partes, de una como demandante-apelante D. Bruno, representado por la Procuradora Sra. DOÑA ANA ALBERDI BERRIATUA, y de otra, como demandado-apelante SANITAS, S.A. DE SEGUROS, representado por el Procurador Sr. D. GONZALO HERRAIZ AGUIRRE, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 10 DE DICIEMBRE DE 2003, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. ALBERDI BERRIATUA que actúa en nombre y representación de D. Bruno, debo condenar y condeno a la demandada SANITAS, S.A. al pago a la actora de la cantidad de ONCE MIL SETENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO, intereses legales computados desde la presentación de la demanda según interés legal y desde la sentencia con el incremento de dos puntos a que remite el Art. 576 de la LEC, sin expreso pronunciamiento en costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad". Notificada dicha resolución a las partes, por Bruno SANITAS, S.A. DE SEGUROS se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que impugna el recurso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 18 DE OCTUBRE DE 2005, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. RAMÓN RUÍZ JIMÉNEZ.
Son hechos de los que ha de partirse a efectos de dar respuesta al recurso los siguientes: Desde el 1.12. 1980, el demandante don Bruno tiene contrato con la demandada SANITAS de arrendamiento de servicios en la especialidad de Tocoginecología. Se pactaba una duración de 4 años salvo que alguna de las partes manifestara su voluntad en contrario por carta certificada con seis meses de antelación. No obstante, el contrato podría ser denunciado en cualquier momento, de existir incapacidad física, falta de ética y en general, cualquier clase de incumplimiento por parte del médico. La entidad aceptaba no denunciar la prórroga a no ser de existir las circunstancias anteriormente expuestas, en cuyo la denuncia podrá ser inmediata. Sin que consten irregularidades o quejas por parte de Sanitas, con fecha 13.12. 1999, dirige carta...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba