SAP Alicante 172/2006, 26 de Abril de 2006

PonenteMARIA TERESA SERRA ABARCA
ECLIES:APA:2006:1805
Número de Recurso549/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución172/2006
Fecha de Resolución26 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 172

Iltmos. Sres.:

Presidente: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

Magistrado: Dª. Cristina Trascasa Blanco

En la ciudad de Alicante, a veintiséis de abril de dos mil seis.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de ORDINARIO nº 951/2004 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. SEIS DE ALICANTE, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Juan Enrique , habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Dª Sonia Budi Bellod y dirigida por la Letrada Dª Monserrate Cayuelas Cruz, y como apelada D. Braulio , representada por el Procurador D. Juan-C. Olcina Fernández con la dirección del Letrado D. Luis-María Aisa Cuiral.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. SEIS DE ALICANTE en los referidos autos, tramitados con el núm. 951/2004 , se dictó sentencia con fecha 13-05-2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Olcina Fernández, en nombre y representación de D. Braulio , contra Dª Juan Enrique debo condenar y condeno a ésta a que abone al primero la cantidad de 9.453,41 €, así como a que proceda a restituir el muro exterior de obra divisor de los terrenos diferenciados y de desigual superficie ubicados en la parcela en los términos aludidos en el anterior Fundamento Tercero, y sin efectuar especial imposición de costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo núm. 549-A-2005 en el que se señaló para la deliberación y votación el día 25-04-2006, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Comenzando a resolver el recurso de apelación presentado por la parte demandada, enel mismo se impugnan los dos pronunciamientos condenatorios de la sentencia de instancia. En primer lugar muestra la disconformidad con la indemnización concedida al actor por el tiempo que ha estado ocupando la vivienda el arrendatario, una vez extinguido el contrato, desde 31 de enero a 23 de julio de 2004, fecha en que se produce el lanzamiento de la vivienda, que aplica una renta mensual de 1.803,05 euros, cuando en el contrato vigente hasta ese momento era de 900 euros.

Como expone la sentencia de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife de fecha 15 de marzo de 2004 "teniendo en cuenta el carácter y la naturaleza de las cantidades que se reclaman; y es que éstas no integran, propiamente, rentas del contrato, sino más bien una indemnización por la ocupación indebida del local hasta el efectivo desalojo y la puesta a disposición del local al arrendador, pues el contrato ya se había extinguido como consecuencia de la resolución decretada judicialmente, de manera que tales cantidades consideración de indemnización (aunque su monto se determine con referencial al importe de las rentas), más que rentas propiamente dichas del contrato extinguido, si bien la jurisprudencia del Tribunal Supremo también ha matizado que el pago de dicha cantidad es "contraprestación a la tenencia de la cosa y no prueba de la subsistencia del término de vigencia" (STS. 17 de marzo 199 2)".

Por ello, no cabe duda, que habiendo continuado el demandado en la ocupación de esa vivienda después del 31 de enero de 2004, cuando ya se había extinguido la relación contractual, declarada por sentencia de...

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