SAP Baleares 123/2007, 28 de Marzo de 2007

PonenteGUILLERMO ROSELLO LLANERAS
ECLIES:APIB:2007:456
Número de Recurso597/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2007
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00123/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000597 /2006

SENTENCIA NUM. 123

ILMOS SRS.

PRESIDENTE:

D. Carlos Gómez Martínez.

MAGISTRADOS:

D. Guillermo Rosselló Llaneras.

Dña. Catalina María Moragues Vidal.

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Palma de Mallorca, a veintiocho de marzo de dos mil siete.

VISTOS por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes

autos, juicio verbal, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza, bajo el nº 614/05,

Rollo de Sala nº 597/06, entre partes, de una como demandada - apelante D. Luis Pablo, representada por el Procurador Dña. Cristina Sampol Schenk, y de otra,

como actora - apelada Dña. Ana María, representada por el Procurador Dña.

Cristina Suau Morey, asistidas ambas de sus respectivos letrados D. José Vicente Mañez Ortiz y

D. Ramón Baradat Fontanet.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Guillermo Rosselló Llaneras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza, en fecha 12 de Mayo de 2006, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: "Estimando íntegramente la demanda promovida por la Procuradora Dª M ªVictoria Martínez García, en nombre y representación de Dª Ana María, contra D. Luis Pablo, representado por la Procuradora Dª Mónica López de Soria, debo declarar y declaro haber lugar a la acción de desahucio por expiración del plazo contractual ejercitada, cuyo objeto era la vivienda sita en CALLE000, nº NUM000, NUM001, NUM002, de Ibiza, condenando a la parte demandada a que deje libre y expedite el referido inmueble y atribuyendo a la parte demandante la recuperación de la posesión inmediata del mismo. Ello, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, que fue admitido, y seguido el procedimiento por sus trámites, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 28 de Marzo de 2007 del presente año; quedando el presente recurso concluso para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

La sentencia de instancia que estimó la demanda interpuesta por la arrendadora doña Ana María contra el arrendatario don Luis Pablo, sobre resolución del contrato de arrendamiento de vivienda y recuperación de la posesión por expiración del plazo fijado contractualmente, condenando a la parte demandada a dejar libre y expedito el inmueble arrendado, fue recurrida en apelación por dicha parte demandada reiterando la nulidad de la escritura de pode general otorgado por la demandante el día 4 de octubre de 2001 a favor de su hija doña Laura, al amparo de los dispuesto en el artículo 1.732. 3º del Código Civil, en razón a haberle sido reconocida una minusvalía del 92% por resolución de la Direcció General de Serveis Socials del Govern de les Illes...

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