Aproximación a la ilicitud de la prueba obtenida a través de inteligencia artificial

AutorXulio Ferreiro Baamonde
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Procesal Universidade da Coruña
Páginas227-247
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APROXIMACIÓN A LA ILICITUD DE LA PRUEBA
OBTENIDA A TRAVÉS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL 1
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Profesor Titular de Derecho Procesal
Universidade da Coruña
1. INTRODUCCIÓN
La inteligencia artificial es una herramienta de trabajo común en muchos
ámbitos de nuestra vida, ya sea en el profesional, médico, de ocio, de consumo,
etc. La utilización de los sistemas de inteligencia artificial permite desarrollar pro-
cesos cada vez más complejos y automatizados, limitando la intervención humana
en el análisis de datos y en la toma de decisiones. Con ello se consigue obtener
conclusiones y resultados imposibles de otro modo con el empleo de técnicas más
tradicionales 2. Pero al mismo tiempo, la automatización de procesos y la delega-
ción de las decisiones en sistemas artificiales abre la puerta a nuevos problemas
y dilemas éticos, que deben ser resueltos para poder utilizar estas tecnologías de
modo normalizado en las sociedades actuales.
El ámbito del derecho y del proceso no son ajenos a esta tendencia. Los siste-
mas de inteligencia artificial se han abierto paso en los últimos años en el mundo
de la justicia, ofreciendo a los operadores jurídicos la posibilidad de predecir los
resultados de una controversia jurídica, de dictar resoluciones legales de modo
automático, de analizar grandes cantidades de datos para aventurar posibles solu-
1 El presente trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto I+D+i «Proceso y Prueba prohi-
bida» (PID2020-114707GB-I00), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación, con vigencia desde
el 1 de septiembre de 2021 hasta el 30 de agosto de 2024 y cuyo IP es Agustín Jesús Pérez-Cruz Martín ; y
del Proyecto de Investigación. “La responsabilidad de la inteligencia artificial: un desafío para las ciencias penales
(PID2020-112637RB-I00), financiado por el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y
Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, del Ministerio de Economía
y Competitividad, entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2024, cuyos IPs son Patricia Faraldo
Cabana y José Ángel Brandariz García.
2 MUÑOZ RODRÍGUEZ, A.B. “El impacto de la inteligencia artificial en el proceso penal”,
Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura, 36, 2020, p. 700.
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ciones a las dudas fácticas que se plantean en los procesos, de realizar operaciones
complejas, asegurando un resultado equitativo para las mismas, etc.
En el presente trabajo nos centraremos en la utilización de los sistemas de
inteligencia artificial como elementos a utilizar en la valoración de los datos fácti-
cos del proceso penal. Es decir, nos centraremos en las aplicaciones que permiten
a través del análisis de macrodatos, extraer conclusiones que sirven para avanzar
en la investigación penal o que verifiquen los presupuestos fácticos del proceso,
como diligencias de investigación o de prueba, según la forma de introducir es-
tas herramientas en el proceso y de la finalidad pretendida en cada ocasión. Más
concretamente, nos centraremos en los problemas que plantea la comprobación
de licitud de la prueba obtenida a través de mecanismos de inteligencia artificial y
el desafío que supone para la capacidad judicial de análisis sobre los presupuestos
de licitud de la prueba y el respeto a los derechos fundamentales en su obtención.
Cuestiones como la opacidad en la toma de decisiones, la ausencia de una
motivación que permita controlar la racionabilidad de las conclusiones obteni-
das, de acuerdo con las normas de la sana crítica o la incapacidad técnica de los
jueces para comprender con plena amplitud las operaciones realizadas por las
aplicaciones de inteligencia artificial representan desafíos a la hora de establecer
la licitud de la prueba obtenida de este modo. Como se verá, los mecanismos tra-
dicionales de defensa de los derechos fundamentales a priori –la autorización ju-
dicial previa– y a posteriori –el juicio de licitud– tiene dificultades para aprehen-
der esta nueva realidad. Por otro lado, las posibles soluciones que se apuntan por
la doctrina no carecen de problemas y hacen surgir desafíos inéditos en el ámbito
del proceso penal. Las siguientes líneas irán destinadas a poner de manifiesto al-
guno de estos problemas y a apuntar el camino por donde se podrán comenzar a
resolver alguna de estas cuestiones.
2. INTELIGENCIA ARTIFICIAL, ALGORITMOS Y BIG DATA
Antes de entrar en el núcleo del asunto, deben dedicarse algunas líneas a
realizar una serie de precisiones terminológicas de cara a fijar las bases de los con-
ceptos que va a ser utilizados en este trabajo. Estas precisiones van a ir dirigidas
a tres conceptos íntimamente relacionados entre sí, el concepto de inteligencia
artificial en sí mismo y los conceptos de algoritmo y big data, sin los cuales no se
pueden entender plenamente el primero y fundamental para el presente ensayo,
dado que habitualmente se considera que las tecnologías de inteligencia artificial
combinan datos, algoritmos y capacidad informática 3.
3 COMISIÓN EUROPEA Libro blanco sobre la inteligencia artificial. Una aproximación europea a la exce-
lencia y la confianza, Bruselas, 27 de febrero de 2020, p. 2.

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