Andalucía: mantenimiento del modelo procedimental propio de evaluación de impacto ambiental

AutorJ. Jordano Fraga
Páginas899-926
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Andalucía: mantenimiento del modelo
procedimental propio de evaluación de impacto
ambiental
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JESÚS JORDANO FRAGA
SUMARIO: I. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. II. LEGISLACIÓN.
MANTENIMIENTO DEL MODELO PROCEDIMENTAL PROPIO DE
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. III. ORGANIZACIÓN
Y EJECUCIÓN. 1. Organización. 2. Ejecución. A) Ordenación del
Territorio y Planificación ambiental. B) Espacios naturales protegidos y
recursos naturales C) Subvenciones y ayudas ambientales. D)
Instrumentos de mercado y tributos ambientales. E) Contaminación. F)
Inspección ambiental. IV. JURISPRUDENCIA AMBIENTAL
DESTACADA. V. LISTA DE AUTORIDADES.
I. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
Tal y como viene sucediendo en años anteriores, en el 2015 se ha
producido una moderada actividad legislativa y de ejecución reglamentaria
propias de un ordenamiento ambiental maduro pero también reflejo de este
ciclo interminable de crisis social y económica. Las novedades legislativas
este año se concentran en la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas
en Materia de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, de Aguas,
Tributaria y de Sanidad Animal que opta por mantener la autorización
ambiental unificada, desde la valoración positiva de su funcionamiento en
1
Estudio realizado en el marco del proyecto de investigación de excelencia DER2013-
48329-C2-1-P del Plan Estatal 2013-2016 financiado por el Ministerio de economía y
competitividad.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2016
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la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley 3/2015, de 29 de
diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad
Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal unifica el
procedimiento de tramitación de la evaluación ambiental estratégica de
todos los planes (terminando con la especialidad del planeamiento
urbanístico, pero manteniendo algunas peculiaridades). En el ámbito
organizativo destacamos el Decreto núm. 216/2015, de 14 de julio, que
establece la nueva estructura orgánica de la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio. También ha sido aprobado el
Reglamento de Vertidos al Dominio Público Hidráulico y al Dominio
Público, mediante el Decreto núm. 109/2015, de 17 de marzo. La
aprobación tiene que ver con el tiempo transcurrido desde la aprobación del
Decreto 14/1996, de 16 de enero y las órdenes de desarrollo del mismo, así
como las novedades y modificaciones normativas acaecidas a nivel estatal,
que demandaban una revisión de los límites de emisión y objetivos de
calidad de las aguas litorales afectadas directamente por los vertidos, a fin
de permitir el establecimiento de unos criterios claros y objetivos de
aplicación para el otorgamiento de las autorizaciones de vertido, así como
en las tareas del vigilancia, inspección y control. El Reglamento aprobado
propugna el tratamiento unificado de las autorizaciones de vertido al
dominio público hidráulico y al litoral y pretende establecer las bases para
la tramitación telemática de los procedimientos administrativos relativos a
las autorizaciones de vertido, dando así cumplimiento a lo dispuesto en
la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los Servicios Públicos (hoy Ley 39/2015, de 1 de octubre del PCAP).
II. LEGISLACIÓN: MANTENIMIENTO DEL MODELO
PROCEDIMENTAL PROPIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL
Destaca en la actividad legislativa la Ley 3/2015, de 29 de
diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad
Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal
2
. La Ley trae causa
del previo Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo
3
. Esta ley, al igual que en su
momento hizo el Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, opta por mantener la
autorización ambiental unificada. Es el art. 1 de la Ley 3/2015, de 29 de
diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad
Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal el que da nueva
2
BO. Junta de Andalucía 12 enero 2016, núm. 6, pág. 42.BOE 2 febrero 2016, núm. 28,
pág. 8475.
3
BO. Junta de Andalucía 11 marzo 2015, núm. 48, [pág. 380]. ; rect. BO. Junta de
Andalucía ,
núm. 74, [pág. 12]. (castellano) ;BO. Junta de Andalucía , núm. 52, pág. 12.

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