Análisis de la imposición autonómica de las transmisiones lucrativas en España

AutorMarta Melguizo Garde
Cargo del AutorUniversidad de Zaragoza
Páginas814-831
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CAPÍTULO 46
ANÁLISIS DE LA IMPOSICIÓN AUTONÓMICA
DE LAS TRANSMISIONES LUCRATIVAS EN ESPAÑA
MARTA MELGUIZO GARDE
Universidad de Zaragoza
1. INTRODUCCIÓN
La imposición de las sucesiones es probablemente la más antigua ya que
hay constancia de algún impuesto sucesorio tanto en el antiguo Egipto
(en torno al año 700 antes de Cristo) como en tiempos del emperador
romano César Augusto (Johnson, Mikov y Eller, 2001). Su justificación
originaria se relacionaba como una compensación hecha al Estado por
los servicios que garantizaban la pacífica transmisión del derecho de
propiedad.
En la actualidad su existencia se justifica apoyándose en la equidad, ya
que favorece la redistribución de los recursos y la igualdad de oportuni-
dades evitando la concentración y perpetuación de la riqueza en grupos
familiares. Aspecto de vital importancia ya que la evidencia empírica
muestra que la riqueza se distribuye de manera más desigual que la renta
(Alvaredo, Garbintti y Piketty, 2017). Así, en las últimas décadas y agra-
vado por la última crisis económica, han aumentado las desigualdades
sociales y los ricos son aún más ricos (Alvaredo, Atkinson, Piketty y
Saez, 2013) y los sistemas fiscales han perdido capacidad redistributiva
a la vez que ha disminuido la tributación de las globalizadas rentas del
capital en los impuestos sobre la renta (Atkinson, 2015). También se
observa que la principal fuente de desigualdad en la distribución de la
riqueza es la que se origina por las transmisiones entre generaciones
(Piketty y Zucman, 2014) lo que apoyaría el mantenimiento de algún
tipo de imposición sobre el legado en línea con lo recogido, entre otros,
en el Informe Mirrlees, de Mirrlees y otros (2011) en su capítulo 15.
Desde el punto de vista económico la justificación o no de este tipo de
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impuestos debe hacerse atendiendo a cuál es la motivación de los mis-
mos ya que en función de ellos se podrán determinar los efectos negati-
vos sobre la acumulación de capital que argumentan los detractores de
este tipo de imposición. (Cremer y Pestieau, 2010). Masson y Pestieau
(1997) analizan los efectos de los distintos tipos impuestos sobre las he-
rencias dependiendo de la motivación de las mismas que son analizadas
con más detalle en Melguizo (2007).
Además, esta tributación puede conseguir la imposición de las revalori-
zaciones de activos que no han sido gravadas durante la vida del falle-
cido (recordamos que en España se declara exenta la denominada plus-
valía del muerto) y aumentar el nivel de tributación de las rentas de ca-
pital (que han disminuido en los últimos años) (Poterba and Scott, 2000).
Su aportación a la financiación de las políticas de gasto es muy limitada
ya que su recaudación en proporción al PIB en media en los países de la
OCDE es de un 0,13, aunque con notables diferencias entre países ya
que fluctúa entre el 0,7% y el 0,1%. España se sitúa en sexta posición
en 2015 y 2021; octava en 2016, 2017 y 2018; novena en 2019 y en el
puesto once en 2020501.
2. OBJETIVOS
Pese a su generalidad es una de las más cuestionadas y periódicamente
se aboga por su abolición aduciendo efectos desincentivo, actividades
de planificación fiscal por los más ricos (que pueden llevar a cambiar de
domicilio López Laborda y Rodrigo, 2022 y Haufler y Nishimura, 2022)
y trabas a la continuidad de la empresa familiar. Además, en el caso
español esta imposición presenta como una de sus características esen-
ciales la amplia y dispar capacidad normativa de las comunidades autó-
nomas. No obstante, pese a las reformas autonómicas llevadas a cabo en
el impuesto, éste continúa siendo redistributivo. [Barberán, López La-
borda y Melguizo, 2010 y Barberán y Trueba, 2018].
El objetivo último de este trabajo es analizar la tributación de las trans-
misiones lucrativas o gratuitas de riqueza entre individuos en cada una
501 Elaboración propia de los datos obtenidos en bit.ly/3vLwG5v (Fecha de consulta: 5-1-2023).

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