SAP Orense 150/2007, 3 de Septiembre de 2007

PonenteANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE
ECLIES:APOU:2007:579
Número de Recurso127/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución150/2007
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE

Sección 2ª

Rollo de apelación nº 127/2007

Procedimiento origen: Juicio de Faltas nº 18/2007

Órgano de procedencia: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Ribadavia

La Ilma. Sra. Magistrada Dª Ana María del Carmen Blanco Arce, Magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial

de Ourense, a quien por turno ha correspondido el conocimiento del recurso de apelación de referencia y que luego se dirá, dicta

en nombre de S.M. el Rey la siguiente:

SENTENCIA Nº 150/2007

En Ourense a tres de septiembre de dos mil siete.

Rollo de apelación nº 127/2007, relativo al recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada con fecha 27/03/2007 y en el Juicio de Faltas nº 18/2007 por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Ribadavia.

Son partes en el presente recurso, como apelante, Humberto, y, como apelado, la representación procesal de Alfredo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Ribadavia dictó, con fecha 27 de marzo de 2007 y en el Juicio de Faltas nº 18/2007, Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que debo condenar y condeno a Don Humberto como reo criminalmente responsable de una falta de amenazas a la pena de 20 días multa a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago./ Que debo condenar y condeno a Don Humberto como reo criminalmente responsable de una falta de daños a la pena de 20 día multa a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago./ Que debo condenar y condeno a Don Humberto a que indemnice a Don Alfredo en la cantidad de 219,40 euros./ Todo ello con expresa condena en costas al imputado./..." Y los siguientes HECHOS PROBADOS: "Primero.- Sobre las 19:00 horas del 16 de diciembre de 2006 cuando don Alfredo se dirigía en compañía de su mujer, de sus hijas y de un amigo llamado Luis Andrés a visitar a su suegro que vive en la calle Outeiro Rial de Arnoia, una vez bajados del coche, unos perros grandes sueltos y sin bozal, de raza pastor alemán, empezaron a ladrar de forma amenazadora a las niñas, por lo que tuvieron que ahuyentarlos./ Ante lo cual el dueño de los perros, don Humberto se dirigió a ellos empleando términos tales como 'hijos de puta', 'voy a empezar a eliminarlos a todos, desde el más pequeño al mayor" y arrojó un objeto metálico hacia ellos impactando en el lateral trasero del vehículo propiedad del señor Rubén, marca PEUGEOT, modelo PARMER, matrícula.... WDM./ Segundo.- A consecuencia de los hechos descritos en el Hecho Probado anterior, el vehículo modelo PEUGEOT, marca PARMER, matrícula.... WDM sufrió unos daños cuya reparación asciende a la cantidad de 219,40 EUR."

SEGUNDO

Publicada y notificada la referida sentencia, contra la misma...

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