STSJ Cataluña 9698, 22 de Septiembre de 2005

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2005:9698
Número de Recurso736/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución9698
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO Nº: 736/2001 PARTES : FIBRACOLOR, S.A. C/ GENERALITAT DE CATALUNYA S E N T E N C I A Nº 700 Ilustrísimos Señores :

MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

D. ANA RUBIRA MORENO.

BARCELONA, a veintidós de septiembre de dos mil cinco.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 736/2001, seguido a instancia de la entidad FIBRACOLOR, S.A., representada por el Procurador Don ISIDRO MARIN NAVARRO, contra la GENERALITAT DE CATALUNYA, representada por el/la LLETRAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, sobre Medio Ambiente.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO

.

  1. - El 18 de junio de 2001 el Conseller de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya dictó

    Resolución por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de alzada formulado contra la Resolución del gerent de la Junta de Sanejament, de 10 de enero de 2000, por la que se impuso una sanción de multa de 248.590 ptas. (1.494,06 euros) y una indemnización de 124.295 ptas. (747,03 euros), por la comisión de una infracción de carácter leve por el vertido de aguas residuales en condiciones inadecuadas en el río Tordera, en el término municipal de Tordera.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  5. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 22 de septiembre de 2005, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de la entidad FIBRACOLOR, S.A. contra la Resolución de 18 de junio de 2001 del Conseller de Medi Ambient de la GENERALITAT DE CATALUNYA por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de alzada formulado contra la Resolución del gerent de la Junta de Sanejament, de 10 de enero de 2000, por la que se impuso una sanción de multa de 248.590 ptas. (1.494,06 euros) y una indemnización de 124.295 ptas. (747,03 euros), por la comisión de una infracción de carácter leve por el vertido de aguas residuales en condiciones inadecuadas en el río Tordera, en el término municipal de Tordera.

SEGUNDO

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