Qué Administración necesitamos para implementar políticas que atiendan a los Nuevos Retos Sociales

AutorFernando Fantova
Cargo del AutorConsultor social
Páginas133-152
133
CAPÍTULO VII
QUÉ ADMINISTRACIÓN NECESITAMOS PARA
IMPLEMENTAR POLÍTICAS QUE ATIENDAN
A LOS NUEVOS RETOS SOCIALES
Por Fernando Fantova
Consultor social
I. INTRODUCCIÓN
Las reflexiones o conjeturas que se presentan en las siguientes páginas,
basadas, fundamentalmente, en la labor de consultoría en políticas públicas y
en algunas lecturas, abordarán varias cuestiones. La primera se refiere a las
dudas y cambios que se perciben a la hora de calificar como sociales una parte
de los asuntos de los que se ocupan las políticas públicas (o algunas de dichas
políticas) y la relevancia práctica de dichas dudas y cambios. La segunda a la
naturaleza y caracterización de los que pueden ser denominados como nuevos
retos (por oposición a otros no nuevos). Finalmente se sugerirán algunas notas
sobre líneas de desarrollo de nuestras Administraciones para que puedan estar
en mejores condiciones de dar respuesta a estos desafíos y, por tanto, de imple-
mentar políticas que atiendan a los nuevos retos sociales.
II. LA DIMENSIÓN SOCIAL DE (TODAS) LAS POLÍTICAS PÚBLICAS
Podríamos decir que la adjetivación como social (Ellison y Haux, 2020)
de una parte de las políticas públicas (y, paralelamente, del gasto público)
vendría, en buena medida, de una concepción según la cual las Administra-
ciones no han de ofrecer respuestas (prestaciones, servicios, atenciones,
apoyos) a la mayoría de las necesidades de los individuos, salvo en determi-
GOBIERNO ABIERTO: UN ANÁLISIS DE SU ADOPCIÓN EN LOS GOBIERNOS LOCALES
DESDE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS
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nadas circunstancias excepcionales, ante determinadas contingencias, en
relación con determinados riesgos. Es decir, se asume que la mayor parte de
la población puede (o, en todo caso, debe) obtener satisfacción para el grueso
de sus necesidades mediante su pertenencia a familias (en sentido más res-
tringido-nuclear o más amplio-comunitario) o mediante su participación en
el mercado (laboral y de bienes y servicios, fundamentalmente) y que, en
determinadas situaciones tasadas (enfermedad, desempleo, jubilación, orfan-
dad, viudedad u otras), el Estado se hace cargo, bien de costear la satisfacción
de determinadas necesidades o bien de satisfacerlas en especie o mediante
servicios.
En esa tradición, tanto la modalidad contributiva (vale decir, Seguridad
Social) como la no contributiva (Asistencia Social) de socializar o mutualizar
esos riesgos por parte del Estado son políticas públicas adjetivadas como
sociales y, por tanto, se consideraría esos riesgos o retos como riesgos sociales
o retos sociales. Así, en ese esquema, por ejemplo, la política sanitaria que me
vacuna contra una enfermedad es considerada política social mientras que la
política de seguridad que me protege frente a un robo no lo es. Pareciera que
una determinada acción o actuación de los poderes y Administraciones públi-
cas se considera social porque posibilita que algunas personas sigan dentro de
la sociedad, no queden excluidas de ella. Sería considerada social la política
que protege, construye o repara sociedad, homogeneidad o equilibrio en la
sociedad, en las relaciones sociales; después de que los otros mencionados
mecanismos (como familias, comunidades, empleos o mercados) lo hayan hecho
o no lo hayan hecho, más o menos (o hayan hecho lo contrario).
Consiguientemente, cuando se va adoptando un enfoque de derechos, se
denominan derechos sociales los que permiten la satisfacción de esas necesi-
dades que se entienden asociadas a contingencias como las mencionadas. En
la concepción canónica de Thomas Marshall, de 1950, se trata de una genera-
ción de derechos humanos posterior a los derechos civiles y políticos y, por
tanto, las obligaciones o responsabilidades de las Administraciones en relación
con los derechos sociales serían posteriores y diferentes a las que tienen en
relación con los derechos civiles y políticos (Marshall, 1997). Volviendo al
mismo ejemplo, la médica que me pone la vacuna vino después (y de otro
modo, vale decir) que el policía que disuade a la persona que me iba a robar.
Sin embargo, ese modelo que podríamos denominar en cascada, según el
cual quienes no pueden satisfacer determinadas necesidades mediante los
ingresos obtenidos, básicamente, por el empleo o mediante la integración en
una familia cuentan con la protección social contributiva, y, si no, en último
caso, con la protección social no contributiva, es cada vez menos reconocible
en nuestro entorno. Podemos ver esto con claridad en el caso de la política

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