SAP Barcelona 203/2006, 2 de Mayo de 2006
Ponente | JORDI SEGUI PUNTAS |
ECLI | ES:APB:2006:5475 |
Número de Recurso | 932/2005 |
Número de Resolución | 203/2006 |
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEXTA
ROLLO Nº 932/2005 -B
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 1005/2004
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 SANT BOI DE LLOBREGAT
S E N T E N C I A Nº 203/2006
Ilmos. Sres.
D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a dos de mayo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 1005/2004 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 3 de Sant Boi de Llobregat, a instancia de Dª. Luisa, contra Dª. Montserrat y PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ACTORA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de julio de 2005, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMO LA DEMANDA presentada por el procurador Sr. López Jurado en nombre y representación de Luisa contra Montserrat y la entidad aseguradora PELAYO y, en consecuencia, ABSUELVO a éstos de las pretensiones ejercidas en su contra con imposición de costas a la actora".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 5 de abril de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JORDI SEGUÍ PUNTAS.
El hecho de la circulación enjuiciado ocurrió a las 10,30 horas del día 16 de agosto de 2003 en la intersección de las calles Raurich y Lluís Pascual Roca de Sant Boi de Llobregat al ser atropellada en pleno paso de peatones la viandante Luisa por el turismo Volkswagen Polo F-....-EQ conducido por Montserrat .
La sentencia de primera instancia aprecia culpa exclusiva de la peatón lesionada, por cuya razón desestima la acción de resarcimiento económico promovida por ésta al amparo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro (LRCyS). El recurso devolutivo interpuesto por la parte actora obliga a efectuar una nueva valoración de la prueba practicada.
La referida apreciación y valoración debe conducirnos a conclusiones parcialmente diversas de las alcanzadas por la juzgadora a quo.
Sin dudar de la presencia en el lugar del accidente del también viandante Jesús María, lo cierto es que su relato de hechos ( Luisa habría cruzado el paso de peatones con luz verde) no resulta convincente, por la sencilla razón de que no observó propiamente el golpeo del turismo contra la señora Luisa . En cambio, quien presenció de un modo directo y franco los acontecimientos fue María, situada enfrente de Luisa y que observó nítidamente como ésta iniciaba el cruce de la calle Raurich por el paso de peatones dispuesto al efecto pero en el preciso instante en que la luz del semáforo de peatones cambiaba de fase verde a roja....
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