SAP Navarra 73/2006, 28 de Abril de 2006

PonenteMARIA ESTHER ERICE MARTINEZ
ECLIES:APNA:2006:199
Número de Recurso229/2005
Número de Resolución73/2006
Fecha de Resolución28 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 1ª

FERMIN JAVIER ZUBIRI OTEIZAJOSE JULIAN HUARTE LAZAROMARIA ESTHER ERICE MARTINEZ

S E N T E N C I A Nº 73/2006

Presidente

D. FERMÍN ZUBIRI OTEIZA

Magistrados

D. JOSÉ JULIÁN HUARTE LÁZARO

Dª ESTHER ERICE MARTÍNEZ (Ponente)

En Pamplona/Iruña, a veintiocho de abril de 2006.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil nº 229/2005, derivado de los autos de Juicio Verbal nº 113/2005, del Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Pamplona/Iruña; siendo parte apelante, la demandada, COMPAÑÍA DE SEGUROS LA PATRIA HISPANA, representada por la Procuradora Dª Mª Teresa Igea Larráyoz y asistida por el Letrado D. Alfonso Ugarte García; parte apelada, el demandante, D. Casimiro, representado por la Procuradora Dª Elena Maturen Miguel y asistido por la Letrada Dª Mª Victoria Garralda Arízcun.

Siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª ESTHER ERICE MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 10 de mayo de 2005, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Pamplona/Iruña dictó Sentencia en los autos de Juicio Verbal nº 113/2005 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales ELENA MATUREN MIGUEL contra RESIDENCIA JUVENIL LAGUN ETXEA, Carlos Jesús, y COMPAÑÍA DE SEGUROS LA PATRIA HISPANA, representados por la Procuradora de los Tribunales MARIA TERESA IGEA LARRÁYOZ, condenando solidariamente a RESIDENCIA JUVENIL LAGUN ETXEA y a la COMPAÑÍA DE SEGUROS LA PATRIA HISPANA al abono de 718'23 ¤, imponiendo a la aseguradora los intereses del Art. 20 LCS , respondiendo subsidiariamente de los 718'23 ¤ Carlos Jesús. Se condena al pago de las costas a los demandados por partes iguales....".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la COMPAÑÍA DE SEGUROS LA PATRIA HISPANA, quien solicitó que, con revocación de la sentencia dictada en la primera instancia, se dicte nueva resolución por la que se desestime la demanda en su integridad y se condene al pago de las costas causadas en la primera instancia a la parte actora.

CUARTO

La parte apelada, D. Casimiro, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia y la imposición de las costas causadas a la parte apelante.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial de Navarra, previo reparto, correspondieron a esta Sección Primera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 229/2005, señalándose día para su deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte codemandada-apelante alega en su recurso error en la valoración de la prueba efectuada por la Juzgadora de instancia, toda vez que en primer lugar el responsable directo habrá de ser el conductor del vehículo y no la mercantil propietaria del mismo, a ello añade que el vehículo asegurado por la recurrente...

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