SAP Girona 278/2006, 30 de Junio de 2006

PonenteFERNANDO FERRERO HIDALGO
ECLIES:APGI:2006:825
Número de Recurso154/2006
Número de Resolución278/2006
Fecha de Resolución30 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 278/06

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Don Fernando Ferrero Hidalgo

Don Carles Cruz Moratones

En Girona, treinta de junio de dos mil seis

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 154/2006 , en el que ha sido parte apelante ALLIANZ, representada esta por la Procuradora DÑA. NÚRIA ORIELL COROMINAS, y dirigida por al Letrada DÑA. ELENA ROSICH ESTRAGO; y como parte apelada ZURICH, representada por el Procurador D. JOAN ROS CORNELL, y dirigida por el Letrado D. JORDI GONCE MELLGREN .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Figueres, en los autos nº 136/2004 , seguidos a instancias de ZURICH, representado por la Procuradora DÑA.. ROSA MARIA BARTOLOME FORASTER y bajo la dirección del Letrado D. JORDI GONCE MELLGREN, contra ALLIANZ, representado por la Procuradora DÑA. IRENE GUMA TORRAMILANS, bajo la dirección del Letrado D. ESTEVE RIBAS GARCIA, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Bartolomé en nombre y representación de ZURICH contra la demandada ALLIANZ debo condenar y condeno a la misma a que abone a la actora la cantaidad de SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS EUROS (74.826 euros) más los intereses legales correspondientes. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunespor mitad.".

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 18-11-05 , se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Ferrero Hidalgo .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso recurso de apelación por la entidad ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. contra la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 7 de Figueres de 18 de noviembre del

2.005 , en la cual se estimó la demanda interpuesta por dicha parte contra la entidad ZURICH SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., en la que se reclamaba la cantidad de 124.710,01 euros, en el ejercicio de la acción de repetición prevista en el artículo 7, b) de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, al considerar que en el accidente de circulación ocurrido el día 11 de febrero de 1997 y en el que resultó lesionado D. Juan María , siendo indemnizado por la actora en la cantidad de 249.420,02 euros, fue también causa de sus lesiones la conductora de la furgoneta Opel Combo, matrícula YE-....-OY , Dña. María Dolores y asegurada su responsabilidad civil en la compañía demandada.

SEGUNDO

El recurso imputa a la sentencia, por un lado, incongruencia por conceder mayor cantidad de la solicitada y, por otro lado, error en la valoración de las pruebas para determinar la responsabilidad del accidente, siendo procedente examinar primero este segundo motivo, pues de ser estimado, no sería necesario el análisis del primero.

En realidad, no se trata de una cuestión de valoración de las pruebas practicadas con relación a la forma en que ocurrió u ocurrieron los accidentes, sino en valorar si el atropello Don. Juan María puede también ser imputado a la conductora Sra. María Dolores y, por ende, debe también responder la aseguradora del vehículo. En definitiva, nos encontramos ante una mera cuestión de relación de causalidad, pues la forma en que se produjeron los accidentes no ha supuesto especiales discrepancias entre las partes, salvo algún detalle que no se considera relevante. Ante ello, debe señalarse que la valoración de si en la causación del atropello del Sr. Juan María...

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