SAP Córdoba 120/2005, 21 de Marzo de 2005

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
ECLIES:APCO:2005:438
Número de Recurso106/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución120/2005
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 120

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don Eduardo Baena Ruiz.

Magistrados:

D. Antonio Fernández Carrión.

D. José María Magaña Calle.

APELACIÓN CIVIL

Autos de Juicio Verbal

Nº 265/04

Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Montoro (Córdoba)

Rollo: 106/2005

Asunto: 624/05

En la ciudad de Córdoba a veintiuno de Marzo de dos mil cinco.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación interpuesto contra autos de Juicio Verbal número 265/04, seguidos en el Juzgado de 1ª. Instancia nº 1 de Montoro (Córdoba), entre D. Franco , representado por el Procurador Sr. Berrios Villalba y asistido por la Letrada Sra. Cano García, contra la entidad aseguradora LA PATRIA HISPANA S.A. y la

Entidad RAFAEL RAMÍREZ, S.L., representados por la Procuradora Sra. Medina Laguna y asistidos por el Letrado Sr. Roca de Torres, pendientes en esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia recaída en los autos, siendo Ponente del recurso el Presidente de la Audiencia Iltmo. Sr. Don Eduardo Baena Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites, se dictó sentencia con fecha 10 de Noviembre de

2.004, por la Sra. Juez de 1ª Instancia nº 1 de Montoro (Córdoba), cuya parte dispositiva dice así:,ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador D. Manuel Berrios Villalba, actuando en nombre y representación de D. Franco , contra la entidad aseguradora LA PATRIA HISPANA, S.A. y contra la entidad RAFAEL RAMÍREZ S.L, con los siguientes pronunciamientos:

  1. -CONDENAR solidariamente a los demandados a abonar a Franco la cantidad de MIL CIENTO SETENTA Y TRES EUROS Y DOCE CÉNTIMOS DE EURO (1.173,12 EUROS).

  2. -CONDENAR a los demandados al abono de los intereses correspondientes, en la forma expuesta en el Fundamento de derecho tercero de la presente sentencia.

  3. -CODENAR a los demandados al pago de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia y por la parte demandada, se interesó la preparación de recurso de apelación, en escrito de fecha 12 de Noviembre de 2.004, que se tuvo por preparado por resolución del 22 del mismo mes y año, emplazando a la recurrente para que lo interpusiera en el plazo legal, lo que verificó, recurso que fue admitido, y al que se dio el trámite que consta en las actuaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, donde fue recibido y turnado, compareciendo en el mismo la entidad Rafael Ramírez S.L. y la entidad aseguradora La Patria Hispana S.A., representados por la Procuradora Sra. Medina Laguna y asistido por del Letrado Sr. Roca de Torres; como apelante, y D. Franco , representado por la Procuradora Sra. Martón Guillén y asistido del Letrado Sr. Moreno Plá, como apelado, reuniéndose para deliberación el día 18 de Marzo de 2.005.

TERCERO

En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan en aquello que contradigan los de la presente resolución.

PRIMERO

La sentencia de instancia, con fundamento en un siniestro de tráfico, condena al culpable del mismo y a su aseguradora a que indemnicen al actor por el lucro cesante a consecuencia de la paralización que sufrió la cabeza tractora de su propiedad durante cinco días laborables utilizando como base cuantificadora de aquella el certificado de la Unión Sindical de Autónomos del Transporte por Carretera que acude al apartado 5º de la Orden Ministerial de 18 de diciembre de 2.000 por la que se establecen tarifas de referencia para el transporte de mercancías al servicio público.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se alza la representación procesal de Rafael Ramirez S.L., parte condenada, articulando, en esencia,...

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