SAP A Coruña 94/2007, 21 de Febrero de 2007

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:APC:2007:612
Número de Recurso52/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución94/2007
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00094/2007

BETANZOS Nº 2

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000052 /2007

SENTENCIA

Nº 94/07

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a veintiuno de Febrero de dos mil siete.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 96/06, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE BETANZOS, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE AGRUPACION MUTUAL ASEGURADORA (A.M.A.), representada en primera instancia por el Procurador Sr. Pedreira del Río y con la dirección del Letrado Sr. Naviera Pita y representada en esta instancia por la Procuradora Sra. Casal Barbeito, y de otra como DEMANDADOS declarados en situación procesal de rebeldía DON Luis Pablo Y DOÑA Susana, versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE BETANZOS, con fecha 1-9-06. Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador DON MANUEL J. PEDREIRA DEL RIO, en nombre y representación de AGRUPACION MUTUAL ASEGURADORA (AMA) contra DON Luis Pablo Y DOÑA Susana.

Se imponen las costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por EL DEMANDANTE, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente litigio sometido a consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto, radica en la acción de repetición de cantidad que es ejercitada por la entidad actora AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA A.M.A. contra D. Luis Pablo y Dª Susana, conductor y propietaria del turismo Ford Fiesta, matrícula,....-XJQ, cuando el mentado conductor se salió de la calzada colisionando contra un muro, al conducir bajos los efectos de bebidas alcohólicas, siendo penalmente condenado por sentencia de 27 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid, ulteriormente confirmada por otra de 28 de abril de 2005, dictada por la sección 2ª de la Audiencia Provincial de dicha población. En la demanda se reclama la suma de 1270,94 euros satisfechas por mor del aseguramiento obligatorio al ocupante del vehículo siniestrado D. Daniel, que resultó lesionado ( ver documento de finiquito, f 62 ) y 9.216 euros a la demandada por daños en su turismo ( ver finiquito por siniestro total, f 61 ). Seguido el juicio en rebeldía de los demandados se dictó sentencia desestimatoria de la demanda contra la que se formuló el presente recurso de apelación.

SEGUNDO

Tanto el art. 10 de la LRCSCVM que señala que: El asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir: a) Contra el conductor, el propietario del vehículo causante y el asegurado, si el daño causado fuera debido a la conducta dolosa de cualquiera de ellos o a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, como la propia cláusula segunda de la póliza suscrita, relativa a riesgos excluidos en los que expresamente contempla la conducción en tales condiciones ( f 63 vuelto ) viabilizan la presente acción de repetición.

La sentencia de instancia, tras declarar procedente la pretensión de la demanda, relativa a la indemnización satisfecha al ocupante...

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