STSJ Murcia 475, 2 de Mayo de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:475
Número de Recurso471/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución475
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00509/2006 ROLLO Nº: RSU 0471/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a dos de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Everardo , contra la sentencia número 27/06 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 25 de Enero de 2.006, dictada en proceso número 735/05 , sobre Incapacidad, y entablado por don Everardo frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor, nacido el 15-8-1944 y de profesión habitual Vendedor Cuupones de la O.N.C.E.

inició proceso de incapacidad temporal el 7-2-05.

SEGUNDO

Tras el oportuno reconocimiento médico, se emitió el 22-6-05 informe médico de síntesis. El Equipo de

Valoraciones de Incapacidades elevó el 23-6-05 propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados para la profesión de vendedor de cupones de la ONCE y de incapacidad permanente Absoluta sin variación de grado respecto de la que ya percibía desde el 1-3-1983.

TERCERO

Contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que así lo acordó se interpuso reclamación previa que fue desestimada.

CUARTO

El actor padece las dolencias siguientes: coxartrosis izquierdo, protesis total de cadera izquierda, hipoacusia con nivel conversacional normal, diabetes tipo II, hipertensión arterial, insuficiencia renal cronica con riñones multiquisticos, ojo derecho: amarurosis; ojo izquierdo = movimiento de manos; lumboartrosis con protrusiones discales L3-L4, L4-L5 y L5-S1. QUINTO.- La base reguladora mensual, asciende a 1.839,01 euros." y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Everardo , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a este último de las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Juan Manuel Galvez Manteca, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Everardo , de 61 años de edad, de profesión habitual vendedor de cupones de la O.N.C.E. y declarado previamente en situación de incapacidad permanente absoluta, presentó demanda, sobre incapacidad, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de que se le reconociese el grado de gran invalidez, o, subsidiariamente, el grado de...

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