STS, 21 de Abril de 1987

PonenteRafael Pérez Gimeno.
ProcedimientoReconocimiento de sentencia extranjera.
Fecha de Resolución21 de Abril de 1987
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

En la villa de Madrid, a veintiuno de abril de mil novecientos ochenta y siete. Devueltos los autos por el Excmo. Sr. Magistrado Ponente y,

Antecedentes de hecho

El Procurador don Antonio Andrés García Arribas, en nombre y representación de don Antonio Hernández Cortés, solicitó la ejecución en España de la sentencia dictada por el Juzgado 5 de Primera Instancia en lo Civil de la circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado de Miranda, de Caracas (República de Venezuela) de fecha 30 de septiembre de 1982 que decretó la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes del matrimonio formado por los interesados, matrimonio contraído entre el hoy solicitante y doña Josefa Albertos Carrión el 22 de enero de 1951. Turnado el presente «Exequator» a esta Secretaría y designado Ponente, se emplazó a la señora Albertos por medio de exhorto dirigido a la Audiencia Territorial de Valencia, domicilio de la misma, para que compareciese ante esta Sala Primera del Tribunal Supremo en el término de treinta días, para hacer uso de su derecho; reportado el precedente exhorto y transcurrido el término de treinta días sin que compareciese Procurador alguno representándole, se comunicaron los autos al Ministerio Fiscal para ser oído, el cual emitió dictamen en el sentido de considerar que procedia acceder al «Exequator» interesado, comunicándose los autos a continuación al Excmo. Sr. Magistrado Ponente para que sometiera a la Sala la resolución que procediera.

Ha sido Magistrado Ponente el Excmo. Sr. don Rafael Pérez Gimeno.

Fundamentos de Derecho

Primero

Se solicita en las presentes actuaciones por don Antonio Hernández Cortés, la ejecución en España de la sentencia de divorcio del matrimonio del solicitante con doña Josefa Albertos Carrión, celebrado en Caudete (Albacete) el 22 de marzo de 1951. sentencia de divorcio dictada el 30 de septiembre de 1982 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado de Miranda, en el procedimiento instado por ambos cónyuges, el primero de nacionalidad española, y sin que conste en las diligencias la nacionalidad de la segunda, petición de «exequatur», a la que debe accederse dado que, por una parte está acreditado que en la nación de procedencia de la sentencia se da cumplimiento a las ejecutorias españolas en similares circunstancias, y, por otro lado, aparecen cumplidos todos los requisitos exigidos por el art. 954 de la Ley Procesal Civil, sin que consten razones de orden público que se opongan a su ejecución.

Por lo expuesto, en nombre del Rey. y por la autoridad conferida por el pueblo español.

LA SALA ACUERDA

dar cumplimiento a la sentencia dictada el 30 de septiembre de 1982 por el Juzgado Quito de Primera Instancia en lo Civil, de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado de Miranda, de Caracas (República de Venezuela), por la que se declaró el divorcio del matrimonio de don Antonio Hernández Cortés y doña Josefa Albertos Carrión. celebrado el 22 de enero de 1951 en Caudete (Albacete). España. Cúrsense las oportunas comunicaciones para que tenga efecto lo acordado.

ASI lo acordaron, mandaron y firmaron los Excmos. Sres. anotados al margen, de lo que yo el Secretario, certifico.

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