STSJ Andalucía 1883/2022, 23 de Noviembre de 2022

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Andalucía (Málaga), sala social
Fecha23 Noviembre 2022
Número de resolución1883/2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MALAGA

Avenida Manuel Agustín Heredia nº 2ª planta

N.I.G.: 2906744420210007179

Negociado: MA

Recurso: Recursos de Suplicación 1533/2022

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 599/2021

Recurrente: EUROPCAR IB SA, LAVADOS TRANSFERMANE SL y ACCIONA MULTISERVICIOS, S.A.

Representante: ISMAEL VIEJO GONZALEZ, FRANCISCO ROSA LUCENA y FRANCISCO JAVIER BERRIATUA HORTA

Recurrido: Joaquina, Montserrat, Juana, Justa, José, Lina, Justo, Leoncio, Lucio, Inocencio y Marcial

Representante:JOSE PODADERA VALENZUELA

Sentencia Nº 1883/2022

ILTMO. SR. D. D. MANUEL MARTIN HERNÁNDEZ CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES

En la ciudad de Málaga a veintitrés de noviembre de dos mil veintidós.

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por EUROPCAR IB SA, LAVADOS TRANSFERMANE SL y ACCIONA MULTISERVICIOS, S.A. contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D/Dª Joaquina, Montserrat, Juana, Justa

, José, Lina, Justo, Leoncio, Lucio, Inocencio y Marcial sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado EUROPCAR IB SA, LAVADOS TRANSFERMANE SL y ACCIONA MULTISERVICIOS, S.A. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 9/12/2021. La parte dispositiva de dicha resolución expresa: Que, desestimando todas las excepciones introducidas por las demandadas, debo estimar y ESTIMO INTEGRAMENTE LA DEMANDA formulada por don Marcial, don Inocencio, don Lucio, don Leoncio don Justo, doña Lina, don José, doña Justa, doña Juana, doña Montserrat y doña Joaquina, asistidos todos por el Letradodon José Podadera Valenzuela, contra ACCIONA MULTISERVICIOS, S.A., asistida de Letrado don Francisco Javier Berriatua Horta, LAVADOS TRANSFERMANÉ,S.L., asistida de Letrado don Francisco Rosa Lucena y EUROPCAR IB, S.A., asistida de Letrado don Ismael Viejo González y en consecuencia se efectúan los siguientes pronunciamientos:

Se declaran despidos nulos los producidos el día 06/04/2021 por falta de subrogación de los actores en el contrato celebrado entre EUROPCAR IB, S.A.

y LAVADOS TRANSFERMANÉ, S.L., existiendo sucesión de empresa,condenando a LAVADOS TRANSFERMANÉ, S.L., a la readmisión de los trabajadores actores, y a que les abone los salarios dejados de percibir desde lafecha del despido hasta su readmisión, conforme al salario establecido en el hecho probado 1º, y con las mismas condiciones laborales que tenían los actores antes del despido.

Se declara responsable solidariamente de la responsabilidad anterior, por fraude de ley, a EUROPCAR IB, S.A.

Se declaran despidos nulos los producidos por ACCIONA MULTISERVICIOS,S.A., con efectos de 24/05/2021, debiendo los trabajadores actores ser readmitidos por LAVADOS TRANSFERMANÉ, S.L., en los términos expuestos. Las cantidades abonadas por Acciona Multiservicios, S.A. en concepto de indemnización por despido detalladas en el Hecho Probado Octavo,deberán compensarse o serle devueltas en ejecución de sentencia.

Con fecha * se ha dictado auto de aclaración cuya parte dispositiva expresa lo siguiente:

  1. - Estimar la solicitud de D. JOSE PODADERA VALENZUELA, en nombre y representación de sus representados, de aclarar la sentencia Nº 392/21 dictada en este procedimiento con fecha 9 de diciembre de 2021 en el sentido que se indica a continuación en los HECHOS PROBADOS párrafo primero:

Donde dice :

[...] - Montserrat, antigüedad de 23/03/2010, categoría profesional de Jefa de Servicio Supervisora y salario de 69,75 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias. Disfruta de reducción de jornada a 35 horas semanales y concreción horaria por cuidado de hijos menores.[...]

Debe decir:

[...] - Montserrat, antigüedad de 23/03/2010, categoría profesional de Jefa de Servicio Supervisora y salario de 74,72 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias. Disfruta de reducción de jornada a 35 horas semanales y concreción horaria por cuidado de hijos menores.[...]

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

Primero

Prestación de servicios. Antigüedad, categoría y salario.

Todos los demandantes, mayores de edad y con domicilio en la provincia de Málaga, venían prestando sus servicios en la contrata del servicio de limpieza, mantenimiento, extracción y movimiento de vehículos de EUROPCAR IB, S.A. en las bases de la provincia de Málaga (Málaga nave, Aeropuerto de Málaga, Renfe Málaga

- Estación Vialia-, y Marbella -Avenida Ricardo Soriano nº 38-) con las antigüedades,categorías profesionales y salario a efectos de despido siguientes:

Marcial, antigüedad de 14/12/2016, categoría profesional de Operario Flota y salario de 43,08 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Inocencio, antigüedad de 02/06/2016, categoría profesional de Operario Flota y salario de 43,08 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Lucio, antigüedad de 03/05/2017,categoría profesional de Operario Flota y salario de 43,08 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Leoncio, antigüedad de 11/02/2017,categoría profesional de Operario Flota y salario de 43,08 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Justo, antigüedad de 01/04/2016,categoría profesional de Jefe de Servicio y salario de 49,75 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Lina, antigüedad de 14/06/2012, categoría profesional de Coordinadora y salario de 57,53 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

José, antigüedad de 13/08/2015, categoría profesional de Encargado y salario de 47,17 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Justa, antigüedad de 20/11/2015, categoría profesional de Operario Flota y salario de 43,08 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias.

Juana, antigüedad de 25/03/2013, categoría profesional de de Encargada y salario de 49,14 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias. Disfruta de reducción de jornada a 35 horas semanales y concreción horaria por cuidado de hijos menores.

Montserrat, antigüedad de 23/03/2010, categoría profesional de Jefa de Servicio Supervisora y salario de 69,75 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias. Disfruta de reducción de jornada a 35horas semanales y concreción horaria por cuidado de hijos menores.

Joaquina, antigüedad de 01/04/2016, categoría profesional deCoordinadora de transfer y salario de 53,05 € brutos diarios, incluida la prorrata de las pagas extraordinarias. 19.365,78 anuales.

Hechos no debatidos. Vida laboral y nóminas aportadas.

Hecho Probado Primero de la Sentencia nº 217/20 del Juzgado de lo Social número Diez, dictada en procedimiento 222/2020.

Hecho probado Tercero de la Sentencia 1/21 de Social 1, dictada en procedimiento 141/20.

Segundo

Contratistas.

Europcar IB, S.A, es una empresa dedicada a la actividad de alquiler de vehículos con o sin conductor, así como la compra, reparación y mantenimiento de los mismos, que viene subcontratando con sucesivas empresas el servicio de gestión def‌lota.

Fueron contratistas de dicho servicio:

Si al Servicios Auxiliares, S.L. (2011).

Desde el 01/06/2015 al 21/11/2016 la empresa SPN Empauxer, S.L. (GrupoSegur).

Desde el 22/11/2016 al 01/03/2018 la empresa Grupo Constant Servicios Empresariales, S.L. (ICAR).

Desde el 01/03/2018 al 20/01/2020 la empresa Citius Solutions, S.L.

Desde el 21/01/2020 al 05/04/2021 la empresa Acciona Multiservicios, S.A.

Desde el 06/04/2021 en adelante la empresa Lavados Transfermané, S.L.

Los actores han estado prestando sus servicios laborales, en el marco de las contratas mencionadas, habiendo estado trabajando con las sucesivas adjudicatarias, que se han ido subrogando, en los períodos declarados de su respectiva antigüedad.

Lavados Transfermané, S.L. no ha querido subrogarse en la posición de empleadora de Acciona Multiservicios, S.L., en los contratos laborales de ninguno de los actores.

Conformidad y testif‌icales practicadas. Sentencias recaídas con anterioridad.

Tercero

El servicio objeto de contrata.

El servicio objeto de la contrata que Europcar Ib. S.A. va sucesivamente contratando con las distintas empresas adjudicatarias, consiste en recogida y traslado de vehículos desde los centros de desarrollo de actividad de Europcar hasta el área de preparación, realización de las tareas de preparación del vehículo y limpieza exterior e interior y reposición del vehículo listo para ser alquilado de nuevo.

( Con Citius Solutions, S.L. suscribió Europcar IB, S.L, sendos contratos de servicios que incluían: servicio completo, circuito, repostado de vehículos, lavado de vehículos, movimiento de vehículos, recepción y chequeo, entrega y recogida, el primero; y, extracción de combustible, el segundo.

En Febrero de 2018 Europcar y Citius f‌irmaron contrato en el que se hacía constar contrato de renting de Citius e Istobal (propietaria) sobre túnel de lavado, subrogándose Europcar o la adjudicataria del servicio en...

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