STSJ Comunidad de Madrid 678/2022, 5 de Diciembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Diciembre 2022
Número de resolución678/2022

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34001360

NIG : 28.079.00.4-2019/0034710

Procedimiento Recurso de Suplicación 377/2022

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid Seguridad social 737/2019

Materia : Incapacidad permanente

Sentencia número: 678/2022

Ilmas. Sras.

Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

PRESIDENTE

Dña. MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ

Dña. ANA MARÍA ORELLANA CANO

En Madrid a cinco de diciembre de dos mil veintidós habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por las Ilmas. Sras. citadas, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En los Recursos de Suplicación 377/2022, formalizados por la LETRADA Dña. MANUELA PINO PEREZ en nombre y representación de D. FRANCISCO POLO SANCHEZ NIETA, LETRADO, por el Letrado D. IGNACIO MARIA CARVAJAL GOMEZ-CANO en nombre y representación de la SOCIEDAD ESPAÑOLA METALES PRECIOSOS SA y por el LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y de la TESORERIA GENERAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia de fecha 30 de junio de 2021 dictada por el Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid en sus autos número 737/2019, seguidos a instancia de D. Patricio frente al INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, FRATERNIDAD-MUPRESPA, SOCIEDAD ESPAÑOLA METALES PRECIOSOS SA, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ASEPEYO, IBERMUTUA, INDUCO SA, SOCIEDAD ESPAÑOLA FUNDICIONES ELÉCTRICAS SA Y SOCIEDAD ANÓNIMA FUNDICIONES DE CALIDAD METACAL, en reclamación por Incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- DON Patricio, nacido el NUM000 de 1934, f‌igura af‌iliado a la Seguridad Social con número NUM001 dentro del Régimen General, siendo su profesión habitual la de Fundidor Metalurgia (no controvertido).

SEGUNDO

El demandante prestó servicios por cuenta de las siguientes entidades (doc. al folio 34 a 36 de las actuaciones):

- INDUCO SA, del 26 de julio de 1957 al 23 de mayo de 1958.

- SOCIEDAD ESPAÑOLA DE FUNDICIONES ELÉCTRICAS SA, del 27 de mayo de 1958 al 21 de agosto de 1958.

- FUNDICIONES DE CALIDAD METACAL, del 28 de agosto de 1968 al 24 de junio de 1969.

- SOCIEDAD ESPAÑOLA DE METALES PRECIOSOS, del 1 de julio de 1969 al 1 de enero de 1989, del 4 de enero de 1989 al 8 de febrero de 1993 y del 10 de febrero de 1993 al 12 de marzo de 1993. Entidad que tiene cubiertas las contingencias profesionales desde el 1 de noviembre de 2005 con FRATERNIDAD MUPRESPA (al folio 396).

TERCERO

Por Acta de la junta Extraordinaria de la Sociedad Española de Metales Preciosos de 31 de marzo de 2020 se autorizó la constitución de la f‌ilial Sempsa Joyería y Platería (doc al folio 352 vuelto). Obrando en autos escritura de constitución de la sociedad Sempsa Joyería y Platería de fecha 25 de julio de 2000 (al folio 356). Cookson Overseads Limited compro las acciones de Sempsa Joyería y Platería el 7 de diciembre de 2000 (al folio 364).

CUARTO

Del 20 de abril de 1993 al 19 de abril de 1995 percibió prestación por desempleo (al folio 34), y por Resolución de 23 de mayo de 1995 se le reconoció pensión de jubilación, encontrándose percibiendo una pensión del 60% sobre una base reguladora de 1084,74 euros, percibiendo actualmente una pensión por importe d 1147,76 euros (doc. al folio 44 y 334).

QUINTO

En fecha 10 de septiembre de 2018 DON Patricio presento Solicitud de incapacidad permanente, y previo Informe del Médico Evaluador de 6 de noviembre de 2018 (al folio 67 vuelto) y Dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de 9 de enero de 2019 (al folio 67), se dictó Resolución el 14 de febrero de 2019 denegando la prestación de incapacidad permanente "por no ser constitutivas de incapacidad permanente las lesiones que padece, en ninguno de los grados establecidos por la ley (doc. al folio 55 vuelto)

SEXTO

Contra dicha Resolución el demandante presentó reclamación previa, siendo desestimada por Resolución de 30 de abril de 2019, conf‌irmatoria de lo anterior (doc. al folio 70 de las actuaciones).

SÉPTIMO

El demandante presenta un cuadro clínico de EPOC por Neumoconiosis, carcinoma epidermoide supraglótico, estenosis carotidea bilateral, segmentectomía en 2002 por pseudotumor en pulmón izquierdo.

OCTAVO

El Informe del Médico Evaluador de 6 de noviembre de 2018, obrante al folio 67 vuelto de las actuaciones indica:

"Situación actual (16/19/18): en revisión CIR vascular en feb-18 y tras Eco Doppler de TSAO, con hiperplasia de la íntima, se indica atorvastatina 20 y sustituida por rosuvastatina, debido a mialgias y elevación de ck. Ref‌iere dormir pocas horas, apetito bien, sale a caminar sobre una hora. Conscientes y orientado. Acude acompañado de s hija Med. Del Trabajo con hipoacusia de larga data, utiliza prótesis en OI.

Aporta:

Informe Médico Laboral (10/09/18), indicando las patologías: Pseudotumor inf‌lamatorio pulmónar izquierdo (segmentectomía 2002). Carcinoma epidermide supra glótico tratado mediante cirugía + Radioterapia (2005), EPIC enf‌isematosos según PET-TAC FDGF 18 (2016) causado por Neumoconiosis. Estenosis carotidea bilateral postiradiación tratada mediante endarterectomía carotidea bilateral + parche (2011). Otros antecedentes médicos: Adenoma prostático en tto. farmacológico con dos episodios de retención aguda de orín. Insuf‌iciencia aórtica moderada en control cardiológico. Estenosis carotidea bilateral por hiperplasia intimal tras cirugía.

Informe Cardio (15/01/18): 83 años. Vive en un 4º piso sin ascensor, vida muy activa. Dx de polimialgia reumática. No deterioro funcional. AC rítmica leve soplo sistólico ao. AP: MVC ECO: IAO moderada II, FEVI normal. Alteración de la relajación. Sin otras valvulopatías signif‌icativas. ECG: RS 70 lpm. PLAN revisión en 2 años con ecocardio y EGC antes si incidencias. Diagnóstico IAO grado II, FEVI normal, EPOC buena CF.

Informe H. Ramón y Cajal manuscrito 17/1/2018. JD polimialgia reumática. TTO: prednisona 5 mg/día hasta revisión. Natecal D (1 día), Bonviva 150 (1 mes).

Informe ECO DOPPLER TSAO (23/2/17): "(...) Eje carotideo dcho: oclusión 100%, Eje carotideo izdo: hiperplasia intimal. Estenosis signif‌icativa (51-70%) aci/acp=ertebral dcha: permeable. Cefálico. Vertebral izda: Permeable. Cefálico.

Informe Ingreso Cir Vascular de 21/11/2011 hasta 25/11/11 con JD estenosis crítica carotidea dcha asintomática. Tto endarterectomía carotidea + parche.

Informe PET-TAC FDG F-18 H. G. Marañón: 23/6/2010: Conclusión: Lesión focal espiculada en lóbulo superior izdo de 11+ 7 mm ampliamente calcif‌icada acompañada de lesiones nodulares satélites pulmonares bilaterales, planteándose en conjunto la posibilidad de un antiguo proceso tuberculoso. Desde el punto de vista metabólico tanto la captación de la lesión pulmonar como de las adenopatías hiliares bilaterales son de difícil valoración podrían corresponder a proceso benigno inf‌lamatorio/granulomatoso sin poder descartar totalmente patología maligna En cualquier caso, podría ser aconsejable su valoración evolutiva, mediante TAC torácico en un periodo aproximado de 3-4 meses.

Informe CARDIO (23/1/17): "(...) Plan estable, reviso en 1 año con CO y ECG antes si incidencias. No hay contradicción por parte de Cardio si precisa CIR de próstata. DIAG: IAo moderada. Raíz aórtica normal. VI tamaño normal con función sistólica normal. Buena CF.

HORUS:

Informe MAP 10/05/2018 Consulta telefónica (hija médico, del paciente). Rev Reumatología: mejoría de parámetros analíticos- Mantener tto con prednisona 5 mg/día, hasta próxima rev en sept. No anemia en la actualidad, por lo que se disminuye omeprazol a 20 mg/día.

Informe MAP 18/1/2018 Informe Reumatólogo. (...) JC polimialgia reumática. (...).

Informe MAP 18/1/2018 Informe de Cardiología: AP del exfumador. EPOC moderado. Neumoconiosis cx nps insuf‌iciencia aórtica moderada. Estenosis crítica carótidas. Cáncer de laringe tratado con cirugía y radioterapia. Estenosis carotídea. Post-radioterapia tratada con endartectomía, amigdalectomía. Adenoma prostático. Alergias (...). Historia actual/Evolución: 83 años, vive en un cuarto piso sin ascensor, vida muy activa. Dx de polimialgia reumática. No deterioro funcional. AC rítmica, leve soplo sistólico AO. AP:MVC ECO Iao moderada II, FEVI normal. Alteración de la relajación Sin otras valvulopatías signif‌icativas (...) Diagnóstico IAO grado II, FEVI normal, EPOC, Buena CF.

Informe MAP 07/02/2003 Informe de AP: Pseudotumor inf‌lamatorio en LSI tto Segmentectomía apical izq incluye nódulo pulmonar.

Diagnósticos: EPOC moderado, Neumoconiosis. Cx NPS,...

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