STSJ País Vasco 140/2022, 25 de Enero de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 140/2022 |
Fecha | 25 Enero 2022 |
RECURSO N.º: Recurso de suplicación 2104/2021
NIG PV 20.05.4-21/001437
NIG CGPJ 20069.34.4-2021/0001437
SENTENCIA N.º: 140/2022
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
En la Villa de Bilbao, a 25 de enero de 2022
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/a Ilmos./Ilma. Sres./Sra. D.ª GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Presidenta, D. JOSÉ LUIS ASENJO PINILLA y D. JOSÉ FÉLIX LAJO GONZÁLEZ, Magistrados, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación interpuesto por SINDICATO LAB, CONFEDERACION SINDICAL ELA y CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de los de Donostia/San Sebastián, de 4 de junio de 2021, dictada en proceso sobre Conflicto Colectivo (CIC), y entablado por SINDICATO LAB, CONFEDERACION SINDICAL ELA y CONFEDERACION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS frente a la FUNDACION ZORROAGA .
Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ASENJO PINILLA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
"PRIMERO. - Por elSindicato LAB, la Confederación sindical ELA y la Confederación Sindical de CCOO, se interpone demanda de conflicto colectivo frente a la FUNDACIÓN ZORROAGA, y el Comité de Empresa de Fundación Zorroaga solicitando que se dicte sentencia por la que se declare no ajustado a derecho la práctica de la empresa consistente en la no aplicación del derecho a las personas trabajadoras, a disponer, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de
abandonar el trabajo como medida preventiva relacionada con la exposición de riesgos biológicos en el marco de lo señalado por la guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos, así como a estar y pasar por las consecuencias de dicha declaración, y abonar el exceso de tiempo trabajado por parte de los trabajadores.
El conflicto colectivo presente afecta al personal de mantenimiento, auxiliar de geriatría/ lavandería, fisioterapeuta, enfermera, médico, camarera limpiadora y cocineras.
Es de aplicación el Convenio Colectivo de la empresa Fundación Zorroaga.
En el Plan de Prevención de Riesgos Laborales realizado por Quirón Prevención el 12 de diciembre de 2018 para el puesto de mantenimiento, auxiliar de geriatría, lavandera, fisioterapeuta, enfermero geriátrico y médico, se evalúa el riesgo a agentes biológicos determinando la posible exposición a Agentes biológicos de los grupos 2 y 3 según RD 664/1997, por diferentes vías (sin intención deliberada de manipularlos) valorado como tolerable.
La actividad de la empresa demandada está asociada al funcionamiento como "residencia de ancianos" encargándose de la atención a personas mayores autónomas, personas mayores dependientes y grandes dependientes, programa de estancias diurnas y apartamentos tutelados, habiéndose realizado por Quirón Prevención informe de Higiene Industrial con la evaluación de la exposición a contaminantes biológicos en octubre de 2019 en el que se concluye que existe exposición potencial, sin intención deliberada de manipularlos, a contaminantes biológicos de los grupos 2, 3 y 4 en los puestos de mantenimiento, auxiliar de geriatría/lavandería, fisioterapeuta, enfermera, médico, camarera limpiadoras.
La Evaluación determina las medidas concretas en cada puesto y como medidas de control de las instalaciones se fija:
· ·Se dispone de suficientes instalaciones sanitarias como lavabos, duchas, vestuarios, antisépticos de la piel acorde al número de trabajadores
· ·Las superficies de trabajo son impermeables al agua y de fácil limpieza.
Como medidas de control en los procedimientos de trabajo:
· ·Se disponen de las siguientes normas/instrucciones de trabajo:
· ·Normas/medidas de higiene universales
· ·Procedimientos sanitarios de medidas de higiene ante riesgos biológicos
· ·Procedimiento de trabajo asistencial en el que se detalla la manera de actuar para evitar el riesgo biológico
· ·Normas para evitar riesgos biológicos
· ·Procedimientos con las medidas de seguridad a adoptar en la utilización de agujas e instrumental cortante
· ·Normas de protección de heridas y lesiones cutáneas
· ·Normas de utilización de guantes
· ·Normas para mantener la ropa de trabajo limpia
· ·Normas de lavado de manos y utilización de hidroalcoholes antes y después de atender al residente
· ·Protocolo en caso de accidente o incidente por riesgo biológico
· ·Normas de prohibición de comer, beber, etc en áreas de trabajo de mayor riesgo biológico
· ·Norma que prohíbe la utilización de ropa de trabajo potencialmente contaminada en áreas comunes como comedores, cocina etc
· ·Protocolos sanitarias protección ante el SARM.
Por otra parte la empresa subcontratada dispone de procedimiento de limpieza y desinfección de las instalaciones.
· ·La ropa utilizada por los residentes se lava y se trata de forma general en la lavandería
· ·Se dispone de un contrato de mantenimiento y seguimiento periódico para el control de plagas
· ·Se dispone de ropa de trabajo tipo pijama. Cada trabajador dispone de 3 cambios además se dispone de uniformes de repuesto en lavandería para cambios inesperados. La ropa de trabajo se lava y trata en lavandería.
Se dispone de guantes de protección frente a la penetración de microorganismos de acuerdo con la norma UNE EN 374.
· ·Lavado de manos
Se lavan las manos siempre que están sucias con agua y jabón gel hidroalcohólico, y después de atender a un residente para evitar la transferencia.
Se dispone de geles antisépticos en todas las habitaciones del edificio pagoeta y en los salones y en el edificio Ernio en pasillos.
Se dispone de un sistema (separador en taquillas) en cocina y en las nuevas instalaciones que impide mezclar la ropa de trabajo con la ropa de calle.
· ·Se dispone de vestuarios separados para hombres y mujeres
Los vestuarios disponen de duchas incorporadas o cercanas
· ·Equipos de protección individual
-disponen de mascarillas quirúrgicas, para protegerse de las salpicaduras
-disponen de guantes frente a riesgo biológico
· ·Gestión de residuos
-está establecida la gestión de residuos biosanitarios, en concreto se dispone de contenedores rígidos para la eliminación de material punzante y cortante.
MEDIDA DE CONTROL A APLICAR EN LA SECCIÓN
De acuerdo con el artículo 6 RD 664/1997 la exposición a agentes biológicos debe evitarse o reducirse al nivel más bajo posible, por lo cual se proponen las siguientes medidas:
· ·Señalizar el peligro de riesgo biológico acorde al anexo III del RD 664/97
· ·Disponer de un sistema de taquilla que impida mezclar la ropa de calle con la de trabajo.
Con fecha marzo de 2020 por Quirón Prevención se realiza la evaluación del riesgo, escenarios posibles según lo establecido en el Procedimiento de actuación para los SPRL frente a la exposición al nuevo coronavirus (SAR-COV-2) del Ministerio de Sanidad y a fecha 26 de marzo de 2021 se remiten a todos los trabajadores de la demanda las precauciones normas a respetar, informaciones útiles para el personal durante el Covid-19, fijándose fichas de higiene informativas en lugares visibles del centro, así como fichas de seguridad en el puesto.
Los trabajadores en la empresa proceden a lavarse las manos constantemente, desde la entrada al centro, además de antes y después de atender a un residente y desde el año 2020, constan dispensadores de hidroalcohol debido al Covid, los uniformes se lavan diariamente, de lunes a domingo, teniendo el personal auxiliar a su disposición 3 uniformes, y para el caso de emergencias o que pudieran mancharse en lavandería cuenta con dos uniformes de cada talla para poder cambiarse si fuera necesario.
El día 2 de marzo de 2020 tuvo lugar ante la Sede Territorial de Gipuzkoa del Consejo de Relaciones Laborales intento conciliatorio, concluyendo el acto sin avenencia"
La parte dispositiva de la sentencia de instancia dice:
"Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO la demanda interpuesta por el...
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STS 1256/2023, 21 de Diciembre de 2023
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