STSJ Comunidad de Madrid 487/2022, 11 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución487/2022
Fecha11 Julio 2022

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34002650

NIG : 28.079.00.4-2021/0081184

Procedimiento Recurso de Suplicación 293/2022

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 33 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 918/21

RECURRENTE/S: D. Heraclio

RECURRIDO/S: PÁGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA, FOGASA

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En Madrid a once de julio de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA PRESIDENTE, D. MANUEL RUIZ PONTONES, Dª SUSANA Mª MOLINA GUTIÉRREZ, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 487

En el recurso de suplicación nº 293/22 interpuesto por el Letrado D. LUIS FERNANDO LUJÁN DE FRÍAS en nombre y representación de D. Heraclio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 33 de los de MADRID, de fecha 21 DE DICIEMBRE DE 2021, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 918/21 del Juzgado de lo Social nº 33 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Heraclio contra, PÁGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA, FOGASA en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 21 DE DICIEMBRE DE 2021 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que DESESTIMANDO la demanda presentada

por Heraclio frente a PAGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES S.A., debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de todas las pretensiones deducidas en demanda."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

" PRIMERO: Heraclio, mayor de edad y NIF nº NUM000, ha prestado servicios para PAGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA ("Bee Digital") con +300 trabajadores, antigüedad de 1-6-2002 y categoría de Gerente/Responsable de Servicios de Business Analytics, con salario de 70.619,36€/año por nóminas, sin serrepresentante de trabajadores y rigiéndose la relación por el C. colectivo propio de la empresa (BOE nº 260 de 1-11-2021).

Se notif‌ica la intención de llevar a cabo un ERTE por causas organizativas y productivas debido a la Covid-19 tanto suspensivo como de reducción de jornada (329 reducción y 3 suspensivos) de entre el 15% al 70% que se aprueba por Acuerdo de la representación de trabajadores de 13-4-2020 comprensivo sólo de reducción de jornada para toda la plantilla de 332 trabajadores y efectos de 15-4-2020 a 14-9-2020 (docs 19 a 21). Hay Acta de infracción de la Inspección de Trabajo relacionado con el ERTE que no es objeto de la causa y además se ha recurrido en Alzada (doc 23 y 24).

SEGUNDO

Se remite al actor carta fechada a 28-7-2021 que se da por enteramente reproducida conteniendo su despido objetivo con efectos del mismo día y causas de tipo económico centradas en nueva disminución persistente de los ingresos ordinarios o ventas de la empresa que conducen además a la amortización necesaria de su puesto de trabajo como se detalla, cuantif‌icando la indemnización en 70.619,36€ por 20d salario + preaviso que se abona por transferencia Banco Santander de 28-7-2021 con 0,06€ de gastos, comunicándose al mismo tiempo a la representación de trabajadores (docs 1 a 4).

Si bien las cartas de despido de él y otros compañeros según autos poseen una redacción semejante en su inicio como consta al tratarse de la situación de una misma empresa, varían los periodos según FY y acto seguido se bifurca cada una centrándose en el específ‌ico puesto de trabajo.

TERCERO

La empresa efectúa en su carta un amplio y detallado desglose de las causas invocadas partiendo de un Ejercicio Fiscal (FY) computado de 1 abril a 31 de marzo acompañado de estadísticas, gráf‌icos de barras, listados-detalle de cifras y organigramas por secciones que se dan por íntegramente reproducidos dada su extensión:

  1. Disminución persistente de ingresos durante 3 trimestres consecutivos tomando como referencia o perspectiva el 1T FY2022 (abril a junio 2021) dividido en:

    1.1. Descenso de ingresos o 49.205€ en FY2021 (abril 20 a marzo 21) de -19,1% respecto al FY2020 o 60.789€ siendo del -35% la caída de ingresos de FY2018 a FCY2021 o 25.939€, continuando en el FY2022 (abril 2021 a marzo 2022) ingresos a cierre de 1ºT 12.050€ o -4,6% frente a 12.632€ del 1ºT FY2021, motivado por la negativa evolución del sector de Publicidad y Marketing, aumento de la competencia sobre todo en redes sociales o a nivel digital abandonando el tradicional papel y proceso de transformación digital de la Sociedad ahondando en el progresivo f‌in del uso del papel en la actividad del grupo tras pérdida progresiva del número de clientes (gráf‌icos de barras por FY 2018 a 2021) pasando de 84.008 a 56.299 a razón de -11%, -13% y -11% cada año donde van incluidos clientes procedentes de alianzas con terceros que les facturan de forma directa, por lo que tomando sólo los propios de la empresa son 51.798 con -18% FY2021 y - 45% respecto al FY2018;

    1.2 . Evolución comparativa por trimestres separados reseñando listados completos de ingresos desde el FY2018 a FY2022 que suman en 2018 70.051 o -12,6%, en 2019 64.083 o -8,5%, en 2020 58.431 o -8,8% y 2021

    47.634 o -18,5% siendo ya el 1T 2022 del - 3%, con correspondencia a la BI del modelo 303 de IVA mensual (doc

    18) y evolución de ingresos por trimestres del negocio consolidado de 2018 75.144 o -13,15%, 2019 67.633 o -10%, 2020 60.789 o -10,1%, 2021 49.205 o -19,1% y ya el 1T 2022 del -4,6%;

    1.3 . Sobredimensionamiento de recursos y costes de personal ante la situación generada que ha venido siendo moderada en relación a las pérdidas observadas con -14.030€ por cada empelado del FY2018 a FY2021 o -13%.

  2. Medidas adoptadas los 6m previos o política de alianzas con otras corporaciones, inversión en canal de venta on line, medidas de reorganización comercial (explicadas en folio siguiente) todas insuf‌icientes,

  3. Nuevas medidas a adoptar o revisión de Áreas de trabajo que va unido indisolublemente al 4. Afectación del puesto de trabajo desarrollando mediante todo tipo de gráf‌icos, barras y organigramas para mayor comprensión del actor acometiendo una reestructuración organizativa en el Área de Business Analytics por migración del producto a formatos digitales y correlativa reducción de clientes lo que aconseja la supresión del puesto de trabajo al poder quedar los equipos de Analítica Avanzada y BI que asumía en el ámbito superior del Director de Transformación y Of‌icina del CEO con una mayor cualif‌icación.

    Se aporta como doc 27 Informe pericial de experto independiente CMC a octubre 2021 sobre justif‌icación de las causas económicas de las cartas de despido de julio 2021 ratif‌icado por unos los autores, Sr Patricio, que se da por reproducido.

CUARTO

En la CCC NUM001 del año 2019 consta de enero a marzo 29 bajas, de abril a junio otras 7, ninguna de julio a septiembre y 25 de octubre a diciembre (doc 6), en 2020 1-12-2020 a 28-2-2021 no hay bajas (doc 9), del año 2021 de 1 marzo a 18 julio constan 26 bajas (docs 8 y 8 bis), con Listado Nominativo total de bajas (todas las causas: voluntarias, no superación de prueba, jubilación, despidos objetivos, disciplinarios etc) de 2018 a 2021 (doc 10) que por despido objetivo son 22 en 2018, 60 en 2019, 2 en 2020, y 53 en 2021 a fecha 13-10-2021 (27 en marzo, 24 en julio, 1 en agosto, 1 en octubre), habiendo efectuado la empresa un total de 17 altas desde 2019 (doc 11).

QUINTO

La empresa tiene las Cuentas Anuales registradas e informes de Auditoria de 2016 y 2017, 2018, 2019 a marzo 2020 con Certif‌icados del Depósito de las mismas en el RRMM, docs 13 a 17)

SEXTO

Se presenta papeleta al SMAC con fecha registro de 6-8-2021 sin constar celebrado acto conciliatorio en los 30d preceptivos. La demanda es de 6-8-2021."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado por PÁGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES SA. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala. Habiéndose señalado para votación y fallo el día 6 de julio de 2022.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre en suplicación el demandante contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid de fecha 21-12-21, que ha desestimado su demanda declarando la procedencia de su despido por causas objetivas, absolviendo a la demandada PÁGINAS AMARILLAS SOLUCIONES DIGITALES S.A.

La empresa, con su escrito de impugnación, ha aportado dos sentencias de los Juzgados de lo Social (15 de Madrid y 1 de Segovia) de 21-2-22 y 16-2-22, respectivamente, que declaran la procedencia del despido disciplinario de sendos trabajadores de la empresa. Se admiten estos documentos conforme al art. 233 de la LRJS, por ser de fecha posterior a la sentencia y no haberlos podido evidentemente aportar con anterioridad. Aunque las sentencias no sean f‌irmes, en este caso ha de admitirse a la demandada la única prueba que puede aportar para acreditar que se trata de bajas por despido que no son computables a los efectos del art. 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, puesto que el demandante sostenía que estas extinciones eran computables.

Se rechazan los otros dos documentos, resoluciones administrativas fechadas en octubre y noviembre de 2021, que pudieron ser aportadas en el juicio.

SEGUNDO

Se da la circunstancia de que un recurso de suplicación de otro trabajador despedido por las mismas causas, contra sentencia del mismo Juzgado, ha sido ya examinado y...

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