STSJ Andalucía 604/2022, 30 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución604/2022
Fecha30 Marzo 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

N.I.G.: 2906744420190016119

Negociado: UT

Recurso: Recurso de suplicación nº 146/2022

Sentencia nº 604/2022

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE MÁLAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 1260/2019

Recurrente: CONURMA INGENIEROS CONSULTORES, S.L.

Representante: JUAN CARLOS CARRIL RODRíGUEZ

Recurrido: Remigio, Rodrigo, MAS SOCIAL SERVICIOS GLOBLAES DE LIMPIEZA SL, FACTORÍA GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L., UTE FACTORIA-CONURMA INGENIEROS CONSULTORES S L UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS y INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

Representante:JUAN CARLOS CARRIL RODRÍGUEZ y MARÍA CRISTINA APARICIO DÍEZ MANUEL NAVARRO MALDONADO

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTÍN HERNÁNDEZ-CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. ERNESTO UTRERA MARTÍN, PONENTE

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

SENTENCIA

En la ciudad de Málaga, a treinta de marzo de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, compuesta por los magistrados arriba relacionados, en nombre del Rey, y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta esta sentencia en el recurso de suplicación referido, interpuesto contra la del Juzgado de lo Social número 7 de Málaga, de 29 de septiembre de 2021, y pronunciada en el proceso número 1260/2019, recurso en el que ha intervenido como parte recurrente CONURMA, INGENIEROS Y CONSULTORES, S.L., representada y dirigida técnicamente por el letrado don Juan Carlos Carril Rodríguez; y como partes recurridas DON Rodrigo, por el graduado social don Manuel Antonio Navarro Maldonado, DON Remigio, MAS SOCIAL SERVICIOS GLOBALES DE LIMPIEZA, S.L., UTE FACTORÍACONURMA INGENIEROS CONSULTORES, S. L., UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, FACTORÍA GESTIÓN Y CONSULTORÍA, S. L., y el INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 16 de diciembre de 2019, don Rodrigo presentó demanda contra Conurma Ingenieros y Consultores, S.L. [en adelante, Conurma], don Remigio y Mas Social Servicios Globales de Limpieza, S. L., en la que suplicaba que se declarase nulo, por vulneración de derechos fundamentales, o, subsidiariamente, improcedente la decisión de extinguir el contrato temporal suscrito, con los efectos inherentes a tal calif‌icación, y con indemnización de 8.000,00 euros por los daños morales derivados de aquella vulneración.

SEGUNDO

La demanda se turnó al Juzgado de lo Social número 7 de Málaga, en el que se incoó un proceso por despido con el número 1260/2019, se admitió a trámite por decreto de 16 de enero de 2020. Tras ampliarse contra UTE Factoría- Conurma Ingenieros Consultores, S.L., Unión Temporal de Empresas, Factoría Gestión y Consultoría, S.L., y el Instituto Municipal de la Vivienda, se celebraron los actos de conciliación y juicio el 6 de mayo de 2021, desistiéndose de la petición de nulidad en ese momento.

TERCERO

El 29 de septiembre de 2021 se dictó sentencia, cuyo fallo era del tenor siguiente:

  1. Que debo estimar y estimo la demanda de despido interpuesta por D. Rodrigo contra Conurma Ingenieros Consultores, SL. declarando que la f‌inalización del contrato de 28 de octubre de 2019 es un DESPIDO IMPROCEDENTE, declarando extinguida la relación laboral a fecha de cese 28 de octubre de 2019 y condenando a Conurma Ingenieros y Consultores SL al abono al actor la cantidad de 23.465,98 euros

  2. Que debo absolver y absuelvo a UTE Factoría-Conurma Ingenieros Consultores sl unión temporal de empresas, y Factoría Gestión y Consultoría s.l.

  3. Que debo declarar y declaro que Mas Social Servicios Globales de Limpieza SL, D. Remigio e Instituto Municipal de la Vivienda deben estar y pasar por la anterior declaración.

CUARTO

En dicha resolución se declararon probados los hechos siguientes:

PRIMERO

D. Rodrigo, trabaja para Conurma Ingenieros Consultores SL como esp of/encuest, apoyo de la administración inspector de control con un salario de 1157,34 euros brutos mensuales y una antigüedad a efectos de despido del 26 de diciembre de 2002.

SEGUNDO

Conurma Ingenieros Consultores SL entrega notif‌icación f‌in de contrato 28 de octubre de 2019 al actor en él se explica que en relación con el contrato que con fecha 1 de agosto de 2015 y al amparo de estatuto de los trabajadores y del RD Ley 35/2010 2720/1998 tenemos suscrito ante el vencimiento del mismo y dentro del plazo legalmente establecido esta empresa le comunica que ante la imposibilidad de renovar el vínculo laboral causará baja en la misma el próximo 28 de octubre de 2019 como consecuencia de la f‌inalización del contrato.

TERCERO

Junto con la carta de f‌inalización de contrato la empresa hizo entrega la indemnización f‌in de contrato por importe de 1938,65 euros.

CUARTO

El contrato de trabajo f‌irmado entre Conurma Ingenieros Consultores Sl y el actor es contrato de obra o servicio con fecha 1 de agosto de 2015. El objeto del mismo es expediente NUM000, servicio de apoyo al instituto municipal de la vivienda del Exmo. Ayuntamiento de Málaga en la gestión tanto de los inmuebles sobre los cuales dicho Instituto ostente cualquier tipo de titularidad o derecho específ‌ico como de aquellos inmuebles cuya gestión le haya sido conf‌iada al IMV.

QUINTO

El actor empezó a trabajar el 26 de diciembre de 2002 para la empresa Fernando Javier Martí Tárrega hasta el 25 de diciembre de 2003, con código 402.

Posteriormente celebra contrato el 29 de diciembre de 2003 con el mismo empresario hasta el 31 de mayo de 2005, con código 401.

Percibe desempleo del 1 de junio de 2005 al 30 junio de 2005.

Finalmente está contratado desde el 1 de julio de 2005 al 31 de marzo de 2015, con código 189.

El 7 de abril de 2015 pasa a estar de alta en la empresa M.A.S. Social Servicios Globales de limpieza hasta el 31 de julio de 2015, con código 401.

El 1 de agosto de 2015 se da de alta con código 401 hasta el 28 de octubre de 2019 en Conurma Ingenieros Consultores SL.

SEXTO

Desde el inicio de la relación laboral con D. Remigio el actor prestó servicios como inspector en el Instituto Municipal de la Vivienda. Dicha situación se prolongó hasta el 31 de marzo de 2015.

En el año 2014 se saca expediente NUM001 del que originariamente resultó adjudicataria el centro de estudios de materiales y control de obras SA (CEMOSA)- BCM Gestión de Servicios SL-NSM IMSO EXPRESS SL (MALCOURIER) si bien se deja sin efecto dicho decreto de adjudicación a noviembre de 2014.

El 31 de marzo de 2015 f‌inaliza la contrata. Como quiera que aún no había f‌inalizado nuevo pliego de 2015 y que no era posible prolongar la contratación en la misma empresa el actor pasó a estar contratado en MAS Social Sercvicios Globales de Limpieza. No obstante no prestó servicios de conserjería que era el objeto de la contrata de esta empresa con el IMV sino que siguió prestando sus servicios como en la anterior empresa en tanto se resolvía el nuevo pliego de adjudicación.

Cuando en junio de 2015 resultó adjudicataria la UTE Conurma Ingenieros Consultores SL y Factoría, Gestión y Consultoría SL la nueva entrante celebra contrato el 1 de agosto de 2015 con el actor para continuar desarrollando las funciones de inspector.

SÉPTIMO

En el año 2015 se publica el expediente NUM000 por dos años prorrogables para apoyo a la gestión de inmuebles sobre los que el IMV ostente cualquier tipo de titularidad o derecho específ‌ico como de aquellos inmuebles cuya gestión le haya sido conf‌iada al IMV, publicándose el 21 de abril de 2015.

En el pliego de cláusulas administrativas contempla el servicio objeto de contratación que contempla en su cláusula 11.2.- como mejora respecto a la dotación de medios personales el que uno de los trabajadores que haga las actividades del 3.1 y 3.2 del pliego de cláusulas técnicas tenga titulación universitaria de la rama o especialidad en edif‌icación con 5 puntos.

Entre los medios personales mínimos se requieren 7 inspectores 1 persona dedicada a tareas administrativas en ambos caos para la actividad de inspección y control del estado de ocupación de uso y de destino de los inmuebles y de obtención de datos y de recogida y de entrega de documentos. Así mismo un inspector dedicado a la inspección y control del estado de conservación y mantenimiento de los inmuebles.

Entre los medios materiales se debe aportar seis automóviles, dos ciclomotores, 4 ordenadores, teléfonos móviles y softtware.

Por Decreto de 8 de junio de 2015 se propone la adjudicación del servicio a la UTE factoría, gestión y consultoría SL - Conurma Ingenieros Consultores SL como mejor oferta sobre Remigio segunda mejor oferta. La UTE abre proceso de selección de personal a destinar en la contrata mediante la recepción de curriculum Vitae recibiendo distintos curriculums de personas interesadas.

El 25 de junio de 2015 se presenta por la UTE adjudicataria la coordinadora del servicio como Dñ. Asunción

. Se añade como inspectores para control del estado de ocupación, uso y destino de los inmuebles así como obtención de datos y recogida y entrega de documentos con más de dos años de experiencia a D. Porf‌irio, D. Rodolfo, D. Roman, D. Rodrigo (actor), D. Valeriano, D. Vidal, D. Jose Ramón, y D. Jose Pablo (universitario en edif‌icación). Como administrativa Dña. Asunción y como inspectora de estado y conservación y mantenimiento de inmuebles Dña. Inocencia . Se presenta dicho equipo de trabajo al que se compromete la licitadora a contratar señalando que los 9 han desarrollado actividades en este contrato u otros...

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