STSJ Comunidad de Madrid 32/2022, 20 de Enero de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución32/2022
Fecha20 Enero 2022

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34016050

NIG : 28.079.00.4-2020/0020873

Procedimiento Recurso de Suplicación 761/2021

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid Despidos / Ceses en general 491/2020

Materia : Resolución contrato

Sentencia número: 32/22-F

Ilmos. Sres.

  1. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

    Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

  2. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

    Dña. OFELIA RUIZ PONTONES

    En Madrid, a veinte de enero de dos mil veintidós, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

    EN NOMBRE DE S.M. EL REY

    Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

    EL PUEBLO ESPAÑOL

    ha dictado la siguiente

    S E N T E N C I A

    En los Recursos de Suplicación 761/2021, formalizado por 1) el letrado D. DANIEL CIFUENTES MATEOS en nombre y representación de EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA SL y 2) por el letrado D. DAVID SEQUERA MERINO en nombre y representación de D. Carlos María, contra la sentencia de fecha 22/01/21 dictada por el Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 491/2020, seguidos a instancia de D. Luis Antonio y D. Carlos María frente a EVERIS SPAIN SL, EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA SL y EVERIS INITIATIVES SL y MINISTERIO FISCAL, en reclamación por Resolución contrato,

    siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. Dña. OFELIA RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

La parte actora se halla integrada por los siguientes trabajadores:

  1. - D. Carlos María, con D.N.I. nº NUM000 que ha venido prestando servicios para "EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA S.L." (en adelante EVERIS AEDE) como Partner, en virtud de contrato indef‌inido a jornada completa, antigüedad de fecha 15/10/2001 y salario mensual bruto total de 176.572,28 € (108.208,3 € correspondiente a retribución f‌ija y 68.363,70 € a retribución variable), con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, siendo de aplicación el Convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y of‌icinas de estudios técnicos.

Se dan por reproducidas las nóminas de D. Carlos María del período comprendido entre 1/06/2020 a 1/07/2019, obrantes a los folios 457 a 471 de las actuaciones. En el mes de julio de 2019 percibió la liquidación de bono por importe de 68.363,70 € y las retribuciones f‌ijas del período referido (12 meses) ascendió a 108.208,3 € incluida prorrata de pagas extraordinarias.

  1. Carlos María trabajó para Everis Spain S.A. hasta el día 30/09/2011 (folio 496 de las actuaciones)

D2.- . Luis Antonio, con D.N.I. nº NUM001 que ha venido prestando servicios para "EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA S.L.", como Director en virtud de contrato indef‌inido a jornada completa, desde el día 17/09/2018 y salario mensual bruto de 100.377 (93.679 € correspondiente a retribución f‌ija y 6.698,23 € a retribución variable), con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, siendo de aplicación el Convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y of‌icinas de estudios técnicos.

Se dan por reproducidas las nóminas de D. Luis Antonio, del período comprendido entre 1/06/2020 a 1/07/2019, obrantes a los folios 984 reverso a 998 de las actuaciones. En el mes de julio de 2019 percibió la liquidación de bono por importe de 6.698,23 € y las retribuciones f‌ijas del período referido (12 meses) ascendió a 93.679 € incluida prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

El Grupo Everis forma parte desde 2014 del grupo japonés de ámbito global NTT Data. En este sentido, el Grupo Everis se compone de las siguientes sociedades:

NTT Data es una sociedad de nacionalidad japonesa con sede en Tokio que proporciona servicios de consultoría, desarrollo de sistemas y externalización de infraestructuras IT7. En 2014 NTT Data adquirió el 100% de las participaciones de Everis Participaciones, S.L. (en adelante, Everis Participaciones), sociedad matriz del Grupo Everis.

Everis Participaciones es una sociedad de nacionalidad española con sede en Madrid cuyo objeto social es la compra, suscripción, tenencia y venta de participaciones y valores mobiliarios por cuenta propia. Everis Participaciones se constituye como la sociedad dominante del Grupo Everis y posee el 100% de participaciones de la sociedad Everis Spain, S.L. (en adelante, Everis Spain).

Everis Spain es una sociedad de nacionalidad española con sede en Madrid cuya actividad principal es la prestación de servicios de consultoría, gestión, formación y asesoría en cuestiones relacionadas con aplicaciones informáticas, plataformas de comercio electrónico, centros de datos y soluciones de integración de sistemas. Everis Spain posee el 100% de las participaciones de Everis Initiatives.

Everis Initiatives es una sociedad de nacionalidad española con sede en Madrid mediante la cual se articula la unidad de negocio dedicada a la promoción del emprendimiento en el seno del Grupo Everis, así como al lanzamiento y desarrollo de nuevos negocios vinculados a la innovación. Everis Initiatives posee el 100% de las participaciones de EAD.

Finalmente, EAD es una sociedad de nacionalidad española con sede en Madrid constituida en el año 2010 con el f‌in de desarrollar nuevos modelos de negocio alternativos al de la consultoría en el marco del plan estratégico del Grupo Everis. En este sentido, forma parte del objetivo de EAD la provisión de productos y servicios de alto valor

añadido a nivel global en los sectores de Defensa, Seguridad y Aeroespacial. En la actualidad, EAD desarrolla actividades en cinco áreas de negocio: (i) Defensa, (ii) Seguridad, (iii) Aeronáutica, (iv) Espacio y (v) Simulación (informe pericial de PwC, obrante al documento nº 18 del ramo de prueba de la demandada, página 14 y 15/18 y folio 758 de las actuaciones)

El Grupo Everis organiza su actividad a través de diferentes divisiones funcionales. En concreto EVERIS AEDE se integra dentro de la denominada División Initiatives cuya cabecera es Everis Initiatives S.L.U. A su vez, la División de Initiatives se compone de (i) f‌iliales, en la mayoría de los casos, propiedad al 100% de Everis Initiatives S.L.U. y (ii) de sociedades participadas, generalmente por EVERIS AEDE en distintos % de capital (folio 191 reverso de la carta de despido)

"EVERIS SPAIN S.L." y "EVERIS INITIATIVES S.L.U." son administradoras mancomunadas de "EVERIS AEDE" y Dª Angelica, representante persona física de "EVERIS SPAIN S.A." y "EVERIS INITIATIVES S.L.U." (folio 159 y 174 de las actuaciones)

Se da por reproducido el Acuerdo intercompañías para proyectos de Iniciativa, que tiene por objeto regular las prestación de servicios entre las empresas del Grupo de Everis, obrante al documento n° 4 del ramo de prueba de "Everis Spain S.A." Asimismo, se dan por reproducidas las facturas emitidas por "Everis Spain S.A." a Everis AEDE, obrantes al documento n° 5 y 6 del ramo de prueba de "Everis Spain S.A."

Se da por reproducido el documento n° 7 del ramo de prueba de "Everis Spain S.A." relativa al reparto de gastos de alquiler de edif‌icios entre las empresas del grupo

Se da por reproducido el "Association Agreement" de 6/02/2012 correspondiente a la Iniciativa Business Plan relativo a Aeroespacial y Defensa, instrumentalizada a través de la sociedad f‌ilial del Grupo Everis, EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA S.L.U. en la que se involucran los Socios Profesionales del Grupo Everis, así como otros profesionales que tendrán la consideración de Socios profesionales vinculados a esta Iniciativa (folios 368 a 371 de las actuaciones).

"Con motivo de la creación de Everis Aeroespacial y Defensa, S.L.U., se f‌irmó un Association Agreement entre Everis, Everis Initiatives, Everis AEDE y los Socios Profesionales, correspondiente a la Iniciativa Business Plan relativa a Aeroespacial y Defensa, documento que tenía por objeto dejar constancia de los antecedentes y acuerdos estipulados por las partes respecto a la Iniciativa Business Plan Aeroespacial y Defensa, instrumentalizada a través de la f‌ilial Everis AEDE.

Entre otros, en el Association Agreement se reconoce:

- La plena autonomía del Consejo de Socios de la Iniciativa para la gestión de la misma: "Ta Iniciativa, se gestionará de forma autónoma y bajo la responsabilidad del Consejo de Socios de la Iniciativa"

- Un Plan de Participación en el que se prevé "un reparto entre los partícipes benef‌iciaros del Plan, sobre el 30% del valor de la Compañía, entendiendo dicho valor como Capital Value y descontada la deuda y la f‌inanciación o inversión recibida desde el grupo Everis, capitalizada a una tasa del 10%"

- La posibilidad de realizar un M8O para adquirir Everis AEDE a cambio del 70% del valor de la Compañía: "los Socios Profesionales de la iniciativa (así como en su caso los Gerentes o partícipes a los que aplique este Plan), ya...

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