STSJ Comunidad Valenciana 57/2022, 11 de Enero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 11 Enero 2022 |
Número de resolución | 57/2022 |
Recurso de suplicación nº 1270/21
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMUNIDAD VALENCIANA
Sala de lo Social
Recurso de suplicación 001270/2021
Ilmas. Sras.
Dª .Inmaculada C. Linares Bosch, presidenta Dª. Mª Esperanza Montesinos Llorens
Dª. Ana Sancho Aranzasti
En Valencia, a once de enero de dos mil veintidós.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,
SENTENCIA NÚM. 000057/2022
En el recurso de suplicación 001270/2021, interpuesto contra la sentencia de fecha 22/12/2020, aclarada por Auto de fecha 13/01/2021, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE ALICANTE, en los autos 000843/2019, seguidos sobre cantidad (complemento antigüedad, horas extras y festivos), a instancia de
D. Fernando, asistida por el letrado D. Vicente Teófilo Ortiz Bru, contra TRANSPORTES CAUDETE SA, CONTRATACIÓN DE TRANSPORTES INTERNACIONALES SA, asistidas por el letrado
D. Luis Mariano Zaballos Bertomeu y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en los que son recurrentes D. Fernando, TRANSPORTES CAUDETE S.A. y CONTRATACIÓN DE TRANSPORTES INTERNACIONALES S.A., ha actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada C. Linares Bosch.
La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Dº Fernando, con DNI nº NUM000, asistido y representado por el Letrado Dº Vicente Teófilo Ortiz Bru, contra las empresas Transportes Caudete, S.A. y Contratación de Transportes
Internacionales, S.A., asistidas y representadas por el Letrado Dº Alexadre Zaballos Chisvert, y contra el FOGASA, condenando a las demandadas a abonar al actor la suma de 8.773,01 euros, incrementados en el 10% en concepto de interés por mora.". El auto de aclaración de fecha 13/01/2021 dice literalmente en su parte dispositiva: "Procede aclarar la Sentencia dictada el día 22/12/2020 en los presentes autos, en el sentido de indicar que la antigüedad que se demanda es de 25.10.2005. Asimismo se aclara en el sentido de que en el Fundamento de Derecho Octavo, párrafo cuarto, se ha omitido como día festivo el día 19 de abril de 2019.".
En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.-Dº Fernando, con DNI nº NUM000 prestando servicios para la empresa Contratación de Transportes
Internacionales, S.A., dedicada al servicio de transporte de mercancías por carretera, con categoría profesional de conductor mecánico, siendo de aplicación el convenio colectivo de transportes de mercancías por carretera de la provincia de Albacete. SEGUNDO.- Dº Fernando ha prestado servicios para Contratación Transportes Internacionales desde durante los siguientes períodos: 25.10.2005 a 10.08.2006- código contrato 402; 13.10.2006 a 5.08.2007- contrato 389 (13.10.2006 a
2.08.2007 código 401 y desde el 3.08.2007 hasta el 5.08.2007, código 389); 10.10.2007 a
10.08.2008- contrato 389; 27.10.2008 a 26.08.2009- contrato 389; 2.11.2009 a 12.08.2010-contrato 389; 19.10.2010 a 8.8.2011- contrato 389; 11.10.2011 a 10.08.2012- contrato 389;
16.10.2012 a 11.08.2013- contrato 389; 24.10.2009 a 4.08.2014- contrato 389; 25.10.2014 a
7.08.2015- contrato 389; 13.10.2015 a 4.08.2016- contrato 389; 15.10.2016 a 31.07.2017-contrato 389; 9.10.2017 a 31.7.2018- contrato 389; 19.10.2018 a 4.08.2019- contrato 389. En fecha 3.08.2007 la empresa y el trabajador pactaron la conversión del contrato de trabajo temporal en contrato indefinido, de carácter fijo discontinuo, acordando el inicio de la relación laboral indefinida, de carácter fija discontinua, en fecha 3.08.2007. TERCERO.- En el período de noviembre de 2018 a julio de 2020 el trabajador ha percibido las siguientes retribuciones (obran las nóminas unidas a autos y su contenido se da por reproducido): Noviembre 2018: 2.857,29 euros brutos (salario base 914,40; plus convenio 327,75;
antigüedad 45,72; complemento disponibilidad horaria 167,23; beneficios 78,92; dietas
según desglose 1.323,27). Diciembre 2018: 2.953,62 euros (salario base 944,48; plus
convenio 314,64; antigüedad 47,24; complemento disponibilidad horaria 63,94; beneficios
81,55; dietas según desglose 1.501,37). Enero 2019: 2.585,91 euros (salario base 983,01;
plus convenio 354,64; antigüedad 49,15; complemento disponibilidad horaria 111,91;
beneficios 84,84; dietas según desglose 1.002,36). Febrero 2019: 2.860,89 euros (salario base 887,88; plus
convenio 327,36; antigüedad 44,39; complemento disponibilidad horaria 93,85; beneficios 76,63; dietas según
desglose 1.430,78). Marzo 2019: 3.445,39 euros
(salario base 983,01; plus convenio 354,64; antigüedad 98,30; complemento disponibilidad horaria 179,56; beneficios 88,88; dietas según desglose 1.741). Abril 2019: 3.423,81 euros (salario base 951,30; plus convenio 341; antigüedad 95,13; complemento disponibilidad horaria 183,75; beneficios 86,02; dietas según desglose 1.766,61). Mayo 2019: 2.804,95 euros (salario base 983,01; plus convenio 354,64; antigüedad 98,30; complemento disponibilidad horaria 120,61; beneficios 88,88; dietas según desglose 1.159,51). Junio 2019:
3.252 (salario base 951,30; plus convenio 341; antigüedad 95,13; complemento
disponibilidad horaria 167,57; beneficios 86,02; dietas según desglose 1.610,98). Julio 2019:
3.912,37 euros (salario base 983,01; plus convenio 368,28; antigüedad 98,30; complemento disponibilidad horaria 209,86; complemento disponibilidad horaria vacaciones 143,52; beneficios 88,88; dietas según desglose 2.020,52). Agosto 2019 (4 días): 191,91 euros
(salario base 126,84; plus convenio 40,92; antigüedad 12,68; beneficios 11,47). Octubre
2019 (8 días): 991,47 euros (salario base 253,68; plus convenio 95,48; antigüedad 25,37; complemento disponibilidad horaria 54; beneficios 22,94; dietas según desglose 540). Noviembre 2019: 2.979,45 euros (salario base 951,30; plus convenio 341; antigüedad 95,13; complemento disponibilidad horaria 177; beneficios 86,02; dietas según desglose 1.329). Diciembre 2019: 2.843,55 euros (salario base 983,01; plus convenio 327,36; antigüedad 98,30; complemento disponibilidad horaria 137; beneficios 88,88; dietas según desglose
1.209). Enero 2020: 3.540,57 euros (salario base 1.002,85; plus convenio 347,75; antigüedad 100,20; complemento disponibilidad horaria 208; beneficios 90,68; dietas según desglose 1.791). Febrero 2020:
3.727,55 euros (salario base 938,15; plus convenio 347,75; antigüedad 93,82; complemento disponibilidad horaria 208; beneficios 84,83; dietas según desglose 2.055). Marzo 2020: 2.154,61 euros (salario base
1.002,85; plus convenio 361,66; antigüedad 100,29; complemento disponibilidad horaria 52; beneficios 90,68; dietas según desglose 547,13). Abril 2020: 3.413,82 euros (salario base 970,50; plus convenio 347,75; antigüedad 97,05; complemento disponibilidad horaria 158; beneficios 87,75; dietas según desglose 1.752,77). Mayo 2019: 3.179,12 euros (salario base 1.002,85; plus convenio
347,75; antigüedad 100,29; complemento disponibilidad horaria 122; beneficios 90,68; dietas
según desglose 1.515,55). Junio 2020: 3.001,51 euros (salario base 970,50; plus convenio
361,66; antigüedad 97,05; complemento disponibilidad horaria 106,50; beneficios 87,75;
dietas según desglose 1.378,05). Julio 2020: 2.229,39 euros (salario base 1.002,85; plus
convenio 375,57; antigüedad 100,29; complemento disponibilidad horaria 87; beneficios 90,68; dietas según desglose 573). CUARTO.- Transportes Caudete, S.A. tiene su domicilio social en la carretera de la Estación, sin número de Caudete (Albacete). Tiene por objeto social el transporte nacional e internacional de mercancías por carretera. Constituida con la denominación "Transportes Caudete, Sociedad Limitada", por escritura otorgada el 13.11.1967. Transformada en Sociedad Anónima por escritura otorgada el 22.05.1982.
Reducida el capital social, remuneradas sus acciones y modificados sus estatutos sociales por escritura otorgada el 4.12.2006, por la cual se escinden parcialmente las sociedades Contratación Transportes Internacionales, S.A. y Transportes Caudete Caudete, S.A., siendo la sociedad beneficiaria de nueva creación "Servicios Técnicos y Auxiliares Caudete, S.L., siendo apoderado de la misma Dº Nicolas . Contratación Transportes Internacionales, Sociedad Limitada, tiene su domicilio social en la carretera de la Estación de Caudete (Albacete). Tiene por objeto social el transporte nacional e internacional de mercancías por carretera. Fue constituida con la denominación Contratación Transportes Internacionales, Sociedad limitada, por escritura otorgada el 12.04.1978. Reducido el capital social, remuneradas sus acciones y modificados sus estatutos sociales en virtud de escritura autorizada el 4.12.2006, por la cual se escinden parcialmente las sociedades Contratación Transportes Internacionales, S.A. y Transportes Caudete, S.A., siendo la sociedad beneficiaria de nueva creación Servicios Técnicos y Auxiliares Caudete, S.L. Siendo apoderado de la misma Dº Nicolas . Con fecha 31.07.2019 Caudete Logística, S.L., socio único de Transportes Caudete, S.A.U. y Contratación Transportes Internacionales, S.A.U., ejercitando las competencias de las respectivas Juntas Generales de Socios, acordó sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 30.06.2019, la fusión de Transportes Caudete, S.A.U. con Contratación de Transportes Internacionales,
S.A.U. sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, mediante la absorción de Contratación Transportes Internacionales, S.A.U., por Transportes Caudete, S.A.U., de conformidad con lo previsto en los artículos 49 y 52 de la LME, lo que fue publicado en el BORM, nº 173, de 10.09.2019. QUINTO.-Muchos de los trabajadores de la empresa Transportes Caudete, S.A. causaron baja en la...
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