STSJ Galicia 4365/2021, 10 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4365/2021
Fecha10 Noviembre 2021

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

SENTENCIA: 04365/2021

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

Correo electrónico:

NIG: 36057 44 4 2019 0002512

Equipo/usuario: DD

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002118 /2021 DD

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000496 /2019

Sobre: ACCIDENTE

RECURRENTE/S D/ña Enrique

ABOGADO/A: MARIA DEL CARMEN BLANCO PEREZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, IBERMUTUA MUTUA COLABORADORA CON LA SS Nº 274(FUSION MUTUA GALLEGA IBERMUTUAMUR, NEXO INFINITY SL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA COMUNIDAD, MARIA JOSE MARTINEZ-FARIZA CONDE, MARTA MENO RODRIGUEZ

PROCURADOR:,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a diez de noviembre de dos mil veintiuno.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002118/2021, formalizado por DON Enrique, contra la sentencia número 482/2020 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000496/2019, seguidos a instancia de Enrique frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, IBERMUTUA MUTUA COLABORADORA CON LA SS Nº 274(FUSION MUTUA GALLEGA IBERMUTUAMUR, NEXO INFINITY SL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/ a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Enrique presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, IBERMUTUA MUTUA COLABORADORA CON LA SS Nº 274(FUSION MUTUA GALLEGA IBERMUTUAMUR, NEXO INFINITY SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 482/2020, de fecha nueve de diciembre de dos mil veinte.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: PRIMERO.-El actor, don Enrique, nacido el NUM000 de 1974, con DNI NUM001 y af‌iliado al Régimen General de la Seguridad Social bajo el núm. NUM002, entre el 23 de julio y el 21 de septiembre de 2018 trabajó como operario de verif‌icación de piezas para la empresa Nexo Inf‌inity, S.L., la cual tiene concertada la cobertura de los riesgos profesionales con la Mutua Universal. -SEGUNDO.-El actor estaba desplazado en las instalaciones de la empresa Dinak, S.A. realizando tareas de verif‌icación de piezas y recomposición de palets.

TERCERO

En el mes de febrero de 2018 el actor había sido operado de una fístula anal.-CUARTO.-El 21 de septiembre de 2018 su médico de cabecera emitió parte de baja por enfermedad común con el diagnóstico de celulitis absceso de sitio no especif‌icado, presentando dolor, rubor y tumor en esa zona perianal.-QUINTO.-El 24 de septiembre de 2018 la empresa emitió talón-solicitud de asistencia indicando que, según manifestaciones del trabajador, el 19 de septiembre se le había abierto una herida que tenía en la nalga mientras estaba embalando unos palets. En la información transmitida a la Mutua de ese mismo día 24 de septiembre relataba que la herida se le había abierto como consecuencia de pisar un paletroto.-SEXTO.-Durante el proceso de baja el actor fue reintervenido de una fístula transesf‌interiana alta posterior recidivada, presentando a la exploración orif‌icio f‌istuloso externo posterior, con episodios de supuración.-SÉPTIMO.- Sustanciado un expediente sobre determinación de contingencia a instancias del trabajador a través de escrito de 17 de diciembre de 2018 en que exponía que había sentido un dolor punzante en la zona de la operación mientras desmontaba un palet de mercancía comentándoselo a su jefe, el INSS, acogiendo el dictamen propuesta del EVI de 12 de abril, declaró que la baja dimanaba de enfermedad común en virtud de Resolución de 16 de abril de 2019.Disconforme con ese pronunciamiento, el actor ha interpuesto ulterior término demanda ante esta jurisdicción el día 24 de mayo de 2019.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Desestimar la demanda que en materia de determinación de contingencia de IT ha sido interpuesta por DON Enrique contra la empresa NEXO INFINITY, S.L., el SERVIZO GALEGO DE SAUDE, la MUTUA IBERMUTUA, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DELA SEGURIDAD SOCIAL, conf‌irmando que la baja médica de 21 de septiembre de 2018 iniciada por el trabajador demandante deriva de enfermedad común.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte DEMANDANTE, siendo impugnado por IBERMUTUA MUTUA COLABORADORA. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la...

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