STSJ Galicia 3734/2021, 7 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3734/2021
Fecha07 Octubre 2021

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO -- JVR

SENTENCIA: 03734/2021

-PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

Correo electrónico:

NIG: 15030 44 4 2020 0003634

Equipo/usuario: JV

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0003725 /2021

Procedimiento origen: DOI DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000583 /2020

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña Eduardo

ABOGADO/A: MIGUEL ANGEL SEISDEDOS LOPEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL, COTO RIVAS SL

ABOGADO/A: RICARDO PEREZ SEOANE, RICARDO PEREZ SEOANE

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

DÑA. ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

DÑA. PILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR

DÑA. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A Coruña, a 07 de octubre de 2021.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0003725 /2021, formalizado por el Letrado D. MIGUEL ÁNGEL SEISDEDOS LÓPEZ, en nombre y representación de D. Eduardo, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de A CORUÑA en el procedimiento DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000583 /2020, seguidos a instancia de D. Eduardo frente a EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL, COTO RIVAS SL, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Eduardo presentó demanda contra el EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL, COTO RIVAS SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha 22 de febrero de 2021.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"1º.- Se declara probado que D. Eduardo prestó servicios para la empresa EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL desde el 7 de marzo de 2002, en virtud de un contrato indef‌inido a tiempo completo, con la categoría de camarero, y percibiendo un salario mensual de 1.462,65 euros.

  1. - La demandada, HUERTO DE SANTA CRISTINA SL, tiene por objeto social la prestación de servicios de hostelería, frutería, comercio de alimentos, bebidas y tabaco en general. La misma se encuentra integrada dentro del GRUPO COTO RIVAS.

    El HUERTO DE SANTA CRISTINA SL contaba con cinco centros de trabajo: El huerto de Santa Cristina, dedicado a la restauración, sito en c/Linneo nº 11- Perillo/ Oleiros( A Coruña) y en la que prestaban servicios 12 trabajadores, entre ellos, el demandante.

    Bodeguilla de Santa Cristina dedicado a la restauración y sito en Avda. de las Americas nº 51- Perillo/ Oleiros( A

    Coruña), y en la que prestaban servicios 3 trabajadores.

    Bodeguilla Padre Feijoo dedicado a la restauración y sito en c/ Padre Feijoo nº 5 A Coruña, y en la que prestaban servicios 4 trabajadores.

    Bitácora dedicado a pub-cafetería y sito en Avda. de las Américas nº 51- Perillo/ Oleiros( A Coruña), y en la que prestaban servicios 2 trabajadores.

    Administración, dedicado a funciones de administración y coordinación, sito en Ctra. Baños de Arteixo n.º 33 A Coruña, y en la que prestaban servicios 3 trabajadores.

  2. - Se declara probado que la empresa, HUERTO DE SANTA CRISTINA SL, permaneció en ERTE por fuerza mayor derivado de COVID-19 desde el 14 de marzo hasta el 28 de junio de 2020.

  3. - El 18 de mayo de 2020, y ante la decisión de la empresa de iniciar un ERE extintivo, se insta a los trabajadores que constituyan una comisión negociadora( doc. 4 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad).

  4. - El 27 de mayo de 2020 en el salón de actos de los Edif‌icios Sindicales sitos en la Avenida de Alfonso Molina s/n bajo tiene lugar la celebración de la asamblea de trabajadores de la empresa EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL con único punto de orden del día "elección dos/as representantes dos traballadores/as para a negociación do ERE presentado pola empresa".

    A dicha asamblea asiste el demandante, presentándose como candidato( doc. 5 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad).

  5. - En junio de 2020 la empresa tramitó expediente de regulación de empleo ante la Consellería de Economía, Emprego e Industria de la Xunta de Galicia.

    El 2 de junio de 2020 tiene el inicio del periodo de consultas en relación al ERE con especif‌icación de las causas que motivan la extinción de los contratos, número y clasif‌icación profesional de los trabajadores afectados, número y clasif‌icación profesional de los trabajadores empleados habitualmente en el último año, periodo previsto para realizar los despidos, criterios tenidos en cuenta para la designación de los trabajadores afectados, copia de la comunicación dirigida a los trabajadores por la dirección de la empresa de su intención de iniciar el procedimiento de despido colectivo, representantes de los trabajadores que integraran las comisión negociadora, memoria explicativa del ERE, cuentas anuales de la sociedad correspondientes al ejercicio 2018, balance y cuenta de perdidas y ganancias de la sociedad correspondientes al ejercicio 2019 y 2020, certif‌icado de declaración de exención de realizar auditoría de cuentas, declaración de IVA de la sociedad correspondientes al ejercicio 2019 y al primer trimestre de 2020, cuentas consolidadas de la sociedad dominante correspondientes al ejercicio 2019 y informe sobre las causas económicas y productivas. Igualmente el calendario de reuniones(doc. 6 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad).

  6. - Se llevaron a cabo las siguientes reuniones en el periodo de consultas: 5 de junio, 9 de junio y 15 de junio de 2020.

    En la reunión de 15 de junio de 2020 f‌inaliza con acuerdo entre las partes para proceder a la extinción de los contratos de 22 trabajadores(doc. 7 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad).

  7. - La demandada por medio de escrito de fecha 29 de junio de 2020 y f‌inalizado el periodo de consultas del expediente de regulación de empleo comunicó al actor la extinción de la relación laboral llevado a cabo al amparo de lo dispuesto en el art. 52 c) del ET, alegando causas de naturaleza económica y organizativas, con fecha de efectos de 13 de julio de 2020, reconociéndole en la misma la cantidad en concepto de indemnización de 20 días de trabajo por ario de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores al año, esto es, de 17.291,84 euros. Efectuando el pago de la indemnización por transferencia bancaria (doc. nº 3 del ramo de prueba de la demandada, cuyo contenido se da íntegramente por reproducido).

  8. - El importe neto de la cifra de negocio del HUERTO DE SANTA CRISTINA SL ascendía en el año 2017 a

    3.226.352 euros, en el 2018 a 2.481.829 euros y en 2019 a 2.208.353 euros.

    El resultado de explotación en el año 2017 era de -399.397, en el año 2018 de -330.093 euros, y en el año 2019 de -232.487 euros.

    El resultado del ejercicio de 2017 de -306.197 euros, del ejercicio 2018 de -337.224 euros, y del ejercicio 2019 de - 236.671 euros.

    Los gastos de personal ascendieron en el año 2017 1535.296 euros, en el año 2018 de 1131.488 euros, y en el año 2019 de 1074.188 euros.

  9. - La demandada cesó formalmente en su actividad en la AEAT el 31 de agosto de 2020(doc. nº 16 de su ramo de prueba).

  10. - La demandada EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL forma parte del grupo empresarial COTO RIVAS, encabezada por la mercantil GRUPO COTO RIVAS SL, como sociedad matriz.

  11. - El actor presentó papeleta de conciliación ante el SMAC, sobre impugnación individual de despido objetivo colectivo, de la empresa EL HUERTO DE SANTA CRISTINA SL con único punto de orden del día "elección dos/as representantes dos traballadores/as para a negociación do ERE presentado pola empresa".

    A dicha asamblea asiste el demandante, presentándose como candidato( doc. 5 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad).

  12. - En junio de 2020 la empresa tramitó expediente de regulación de empleo ante la Consellería de Economía, Emprego e Industria de la Xunta de Galicia.

    El 2 de junio de 2020 tiene el inicio del periodo de consultas en relación al ERE con especif‌icación de las causas que motivan la extinción de los contratos, número y clasif‌icación profesional de los trabajadores afectados, número y clasif‌icación profesional de los trabajadores empleados habitualmente en el último año, periodo previsto para realizar los despidos, criterios tenidos en cuenta para la designación de los

    trabajadores afectados, copia de la comunicación dirigida a los trabajadores por la dirección de la empresa de su intención de iniciar el procedimiento de despido colectivo, representantes de los trabajadores que integraran las comisión negociadora, memoria explicativa del ERE, cuentas anuales de la sociedad correspondientes al ejercicio 2018, balance y cuenta de perdidas y ganancias de la sociedad correspondientes al ejercicio 2019 y 2020, certif‌icado de declaración de exención de realizar auditoría de cuentas, declaración de IVA de la sociedad correspondientes al ejercicio 2019 y al primer trimestre de 2020, cuentas consolidadas de la sociedad dominante correspondientes al ejercicio 2019 y informe sobre las causas económicas y productivas. Igualmente el calendario de reuniones(doc. 6 del ramo de prueba de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido en su integridad).

  13. - Se llevaron a cabo las siguientes reuniones en el periodo de consultas: 5 de junio, 9 de junio y 15 de junio de 2020.

    En la...

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