STSJ Andalucía 692/2021, 21 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha21 Abril 2021
Número de resolución692/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MALAGA

Avenida Manuel Agustín Heredia nº 16 2ª planta

N.I.G.: 2906744420180010162

Negociado: JL

Recurso: Recursos de Suplicación 596/2021

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 753/2018

Recurrente: EULEN S.A.

Representante: CESAR ESPINILLA DE LA CASA

Recurrido: Nicolasa, ADMINISTRACION CONCURSAL DE MUNDA INGENIEROS D. Mateo, AENA SME S.A., MARKETING DIRECCION Y ESTRATEGIA S.L., MINISTERIO FISCAL, ILUNION CEE OUTSOURCING SA, FOGASA y MUNDA INGENIEROS S.L

Representante:MARTA JUEZ CAMPOS, GERARDO SIGUERO MUÑOZ, MARTA P DEL CASTILLO ARREDONDOy MARIA DEL ROSARIO MUÑOZ ALCOLADOLETRADO DE FOGASA - MALAGA

Sentencia Nº 692/21

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES

S E N T E N C I A

En la ciudad de Málaga, a 21 de abril de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, compuesta por los magistrados arriba relacionados, en nombre del Rey, y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta la siguiente sentencia en el recurso de suplicación referido, interpuesto contra la del Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, de 9 de enero de 2019, en el que han intervenido como recurrente EULEN S.A., dirigida técnicamente por el letrado don César Espinilla De la Casa, y como recurridas DOÑA Nicolasa, dirigida técnicamente por la letrada doña Marta Juez Campos, ILUNION CEE OUTSOURCING S.A., dirigida técnicamente por la letrada doña María del Rosario Muñoz Alcolado, MARKETING, DIRECCIÓN Y ESTRATEGIA S.L., MUNDA INGENIEROS S.L. y AENA SME S.A.

Ha sido Ponente José Luis Barragán Morales.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 14 de agosto de 2018 doña Nicolasa presentó demanda contra Eulen S.A., Aena SME S.A., Ilunion Cee Outsourcing S.A., Munda Ingenieros S.A. y Marketing, Dirección y Estrategia S.L., en la que suplicaba que su cese fuese declarado constitutivo de despido nulo o, subsidiariamente, improcedente, con las consecuencias legales inherentes a esas declaraciones, resolviendo como cuestión previa la existencia de cesión ilegal, y condenando a la indemnización correspondiente por la violación de sus derechos fundamentales.

SEGUNDO

La demanda se turnó al Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, incoándose el correspondiente proceso de despido con el número 753-18, en el que una vez admitida a trámite por decreto de 6 de septiembre de 2018, se dio intervención a Ministerio Fiscal y a Fondo de Garantía Salarial, y se celebraron los actos de conciliación y juicio, tras una primera suspensión, el 11 de diciembre de 2018.

TERCERO

El 9 de enero de 2019 se dictó sentencia cuyo fallo era del tenor siguiente: .

CUARTO

En dicha sentencia se declararon probados los hechos siguientes:

Primero

La demandante, Dª Nicolasa, ha prestado servicios en el aeropuerto de Málaga, ostentando la categoría profesional de auxiliar, a tiempo completo y percibiendo un salario mensual de 875 €, incluyendo la prorrata de pagas extraordinarias.

Segundo

La actora f‌irmó contrato por obra o servicio determinado con la empresa Marketing Dirección y Estrategia S.L. el 17-6-08 expediente NUM000 Servicio Gestión Modos Transporte Aeropuerto Málaga con sucesivos contratos hasta la f‌inalización de la licitación administrativa el 29-8-12.

Tercero

La actora f‌irmó contrato el 30-8-12, temporal por obra o servicio determinado, a tiempo completo con Munda Ingenieros S.L.

Cuarto

La actora presento escrito de baja voluntaria el 27-1-17 a la empresa Munda Ingenieros S.L., comunicando la intención de causar baja voluntaria en fecha 31-1-17, siendo este el ultimo día en la empresa, folio 527.

Quinto

Que el 7-12-16 por AENA se comunicó a Eulen S.A. que había sido seleccionada como adjudicataria del expediente NUM001 titulado Servicio de Gestión de Modos de Transporte en el Aeropuerto de Málaga, Costa del Sol, plazo de ejecución un año, folio 349.

Sexto

Que el pliego de cláusulas particulares expediente NUM001 Servicio de Gestión de Modos de

Transporte en el Aeropuerto de Málaga del Sol, obra a los folios 350 a 380 y 394 a 433.

Séptimo

Que por Eulen S.A. se publicó en Infojobs oferta de trabajo para auxiliares de servicios para el aeropuerto, funciones orientación de autobuses, taxis, viales y atención a la of‌icina multimodal de transporte.

Octavo

Que constan en autos los curriculums presentados, entre ellos de la actora, folios 437 y 433.

Noveno

Que Eulen S.A. contrató a 6 trabajadores que habían prestado servicios en Munda Ingenieros S.L.

Décimo

La actora f‌irmó el 1-2-17 a 31-12-17 contrato temporal eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo con Eulen S.A., categoría auxiliar, objeto del contrato el servicio de gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga Costa del Sol, expediente NUM001 .

Décimo Primero

La actora f‌irmó contrato el 1-8-17, temporal por obra o servicio determinado, con Eulen S.A., como ordenanza, para el servicio de gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga Costa del Sol, expediente ( NUM001 ).

Décimo Segundo

La empresa Eulen contrató a 19 trabajadores al inicio del servicio en de gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga, folio 528.

Décimo Tercero

Por la Inspección de Trabajo se giró visita a las instalaciones aeroportuarias de Aena desde la empresa Eulen S.A. que actualmente presta servicios tras haber cesado Munda Ingenieros, se mantuvo

entrevista con la coordinadora del servicio a quien se hizo entrega de la citación para posterior aportación de documentación en las of‌icinas de la Inspección de Trabajo, folios 347 y 348.

Décimo Cuarto

La empresa Eulen aplica el convenio colectivo de empresa Eulen S.A.

Décimo Quinto

El 5-7-18 la empresa Eulen S.A. remitió a la actora comunicación para poner en su conocimiento que el 23-7-18 f‌inalizaría su contrato laboral por f‌inalización de los servicios de Gestión de Modos de Transporte en el Aeropuerto de Málaga, folio 38.

Décimo Sexto

El pliego de prescripciones técnicas del servicio de gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga, expediente NUM002, obra a los folios 130 a 218.

Décimo Séptimo

La adjudicataria del expediente NUM002 fue la empresa Ilunion CEE Outsourcing S.A., acta de inicio de servicios obra al folio 49, fecha 24-7-18.

Décimo Octavo

A fecha 26-10-18 la plantilla de Ilunion CEE Outsourcing S.A., que desarrolla sus servicios en el servicio de gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga Costa del Sol, estaba formada por los trabajadores que obran al folio 220.

Décimo Noveno

La empresa Ilunion CEE Outsourcing SA, es un centro especial de empleo, no habiendo contratado a ningún trabajador procedente de Eulen S.A., contratando a 17 trabajadores con discapacidad que suponen el 74% de la plantilla del centro de trabajo de la contrata de Aena. Folio 339.

Vigésimo

Ilunion CEE Outsourcing S.A. aplica a sus trabajadores convenio colectivo de empresa.

Vigésimo Primero

Ilunion CEE Outsourcing S.A. tramita las vacaciones de sus trabajadores en la contrata del aeropuerto de Málaga, tramita las bajas por incapacidad temporal.

Vigésimo Segundo

Ilunion CEE Outsourcing S.A. cuenta en Málaga con 61 trabajadores con discapacidad, lo que supone un 90 % del total de la plantilla de la entidad.

Vigésimo Tercero

Ilunion CEE Outsourcing S.A. abona a AENA facturas por suministros, alquiler de local, alquiler de teléfono.

Vigésimo Cuarto

El servicio de gestión de modos de transporte en el Aeropuerto de Málaga Costa del Sol consiste en garantizar la seguridad y organización general de la circulación del tráf‌ico rodado, dentro de la urbanización a través de la correcta organización de los viales, de la ordenación de taxis y de la estación de autobuses.

Vigésimo Quinto

Aena SME S.A. es una sociedad mercantil estatal con forma anónima, con objeto de ordenación, dirección, coordinación, explotación, conservación y gestión de los aeropuertos de interés general y de los helipuertos gestionados por Aena SME S.A. y de los servicios afectos a ellos.

Vigésimo Sexto

Los estatutos sociales de Aena obran a los folios 1008 a 1025.

Vigésimo Séptimo

EL 19-1-10 se f‌irmó contrato entre Marketing, Dirección y Estrategia S.L./Grúas y Aparcamientos S.L., con objeto del servicio de gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga, expediente NUM000, inicio de servicios el 15-2-10, pliego de prescripciones técnicas folios 1097 a 1138.

Vigésimo Octavo

El pliego de cláusulas particulares expediente NUM003 obra a los folios 1139 a 1165.

Vigésimo Noveno

EL 23-10-14 se f‌irmó contrato entre Aena y Munda Ingenieros S.L., expediente NUM003, gestión de modos de transporte en el aeropuerto de Málaga Costa del Sol, folios 1176 a 1197, de duración un...

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