STSJ Galicia , 4 de Diciembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Diciembre 2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA SALA DE LO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939 Fax: 881-881133/981184853

RSU RECURSO SUPLICACION 0002532 /2020 PM

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0001051 /2019

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Violeta

ABOGADO/A: LIBERIO SANCHEZ GONZALEZ

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

Ilma. Sra. Dª. Mª CONSUELO FERREIRO REGUEIRO

En A CORUÑA, a cuatro de diciembre de dos mil veinte.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2532/2020, formalizado por Dª Violeta, contra la sentencia número 35/20 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 1051/2019, seguidos a instancia de Violeta frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JOSE ELIAS LOPEZ PAZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Violeta presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintinueve de enero de dos mil veinte.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

La demandante D. Violeta, nacida el día NUM000 de 1967, con D.N.I. número NUM001, f‌igura af‌iliada a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, con el número NUM002, siendo su profesión habitual la de regentar una explotación ganadera de vacuno.

Segundo

Propuesta la actora para valorar incapacidad permanente y, previo informe médico emitido el día 18 de septiembre de 2019, el Equipo de Valoración de Incapacidades formuló dictamen propuesta, preceptivo pero no vinculante, el día 23 acordando declarar a la hoy demandante sin invalidez permanente, resolviendo la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en fecha 26 de septiembre en el sentido del dictamen propuesta, resolución contra la cuál interpuso la actora reclamación previa, que le fue desestimada mediante resolución de fecha 23 de octubre. Tercero.- La base reguladora mensual asciende a 731'79 euros. Cuarto.- Las dolencias padecidas por la actora consisten en: obesidad mórbida, síndrome de apnea obstructiva del sueño a tratamiento con DPAP, distimia, tendinopatía degenerativa del supraespinoso, artrosis cervical incipiente sin compromiso radicular, dolor miofascial, operada de síndrome del túnel carpiano bilateral, posible condromalacia y meniscopatía derecha, hipotiroidismo, trombosis venosa profunda izquierda tratada con sintrón con buena evolución, carcinoma ductal inf‌iltrante de mama izquierda triple negativo probablemente multifocal cT2NOMO operada en mayo de 2018, luego quimioterapia y radioterapia hasta marzo de 2019; exploración: talla l'62 y peso 132'9 kilos. 76 latidos por minuto, no alteraciones del murmullo vesicular, no soplos, balance articular de hombros conservado ref‌iriendo dolor en los últimos grados de abducción del izquierdo, no porta manga ni guante de linfedema, realiza puño y oposición con ambas manos, no adenopatías, cicatriz quirúrgica indurada en mama izquierda, no datos de linfedema, no trastornos tráf‌icos ni trombosis en pierna izquierda ni edemas y se palpan pulsos pedios, Homans negativo.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por D. Violeta frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a éste de las pretensiones contra él deducidas.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda, en la que se postula la declaración de incapacidad permanente absoluta, o subsidiariamente total, absolviendo al demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social, disconforme con dicho pronunciamiento interpone recurso la parte actora, a f‌in de obtener su...

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