STSJ Extremadura 34/2020, 21 de Enero de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución34/2020
Fecha21 Enero 2020

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL

CACERES

SENTENCIA: 00034/2020

C/PEÑA S/Nº

CACERES

Tfno: 927 62 02 36-37-42

Fax:927 62 02 46

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MRG

NIG: 06015 44 4 2018 0002648

Modelo: N92000

TIPO Y Nº DE RECURSO: RSU RECURSO SUPLICACION 0000629 /2019

JUZGADO DE ORIGEN/ AUTOS: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000653 /2018 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de BADAJOZ

Recurrente: EMPRESA GOMEZ CABALLO, S.L.

Abogado: URBANO RANGEL ROMERO

Recurrido: Constanza

Procurador: MANUEL PEREZ GUERRERO

Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. PEDRO BRAVO GUTIÉRREZ

    Dª ALICIA CANO MURILLO

  2. MERCENARIO VILLALBA LAVA

    Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA DE LO SOCIAL DEL T.S.J. DE EXTREMADURA, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

    EN NOMBRE DE S.M. EL REY

    Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

    EL PUEBLO ESPAÑOL

    ha dictado la siguiente,

    S E N T E N C I A Nº 34/2020

    En CÁCERES, a veintiuno de enero de dos mil veinte.

    En el RECURSO SUPLICACIÓN Nº629/2019, interpuesto por el letrado D. Urbano Rangel Romero, en nombre y representación de la entidad EMPRESAS GÓMEZ CABALLO S.L., contra la sentencia número 249/2019 dictada por JDO. DE LO SOCIAL Nº4 de Badajoz, en el procedimiento sobre DESPIDO DISCIPLINARIO nº653/2018 seguido a instancia de Dª Constanza, parte representada por el Procurador D. Manuel Pérez Guerrero, asistido del Letrado D. Juan-Jesús Mogío Morales; siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. MERCENARIO VILLALBA LAVA.

    De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Constanza presentó demanda contra la entidad EMPRESAS GÓMEZ CABALLO S.L., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 249/2019 de fecha 28 de junio de 2019.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: " PRIMERO . Dª. Constanza prestó servicios laborales para la empresa Gómez Caballo, SL, dedicada a la actividad de hostelería. SEGUNDO. A efectos de este procedimiento, la categoría profesional de la trabajadora es la de auxiliar de pisos y limpieza, su salario de 38,58 € diarios (incluida p. p. extras) y su antigüedad de 1 de abril de 2011. TERCERO. La empresa demandada comunicó a la trabajadora la f‌inalización de la relación laboral mediante carta fechada el día 17 de agosto de 2018, que tenía el siguiente contenido: Estimada Sra: Por medio de la presente le comunicamos que la dirección de esta empresa, en el ejercicio del derecho que le conf‌iere el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores, ha tomado la decisión de extinguir el contrato de trabajo mediante DESPIDO DISCIPLINARIO con efectos del día 21 de agosto de 2018. Los hechos que nos han llevado a tomar esta decisión son los siguientes_ PRIMERO.- TRANSGRESIÓN DE LA BUENA FE CONTRACTUAL, ASÍ COMO EL ABUSO DE CONFIANZA Y DESLEALTAD EN EL DESEMPEÑO DEL TRABAJO POR SIMULACIÓN DE ENFERMEDAD. Desde enero del presente año 2018, Vd. se halla en situación de incapacidad temporal por contingencia de enfermedad común, situación que la empresa considera que Vd. está simulando, encontrándose en perfectas condiciones tanto físicas como psíquicas para realizar su trabajo y las funciones propias de su categoría profesional de auxiliar de pisos y limpieza. En efecto, como revelan las investigaciones realizadas por la empresa los días 18, 20 y 21 de junio y el día 6 de julio, todos ellos de 2018, se ha podido comprobar la realización por su parte de actividades que demuestran capacidad para el trabajo.

En concreto, el pasado día 18 de junio de 20178, sobre las 19:00 horas, Vd. sale de su domicilio en la pedanía de Valuengo, se monta en su vehículo KIA Sportage de color azul y matrícula .... YJH, conduciendo el mismo por reseñada pedanía hasta recoger a su marido, desplazándose ambos a una f‌inca rústica de su propiedad que dista aproximadamente dos kilómetros de su domicilio. El trayecto hasta la f‌inca rústica es n camino de tierra y piedras que se halla en muy mal estado, presentando grandes beches, razón por la que, a pesar de ser un trayecto corto, tarda unos quince minutos en realizarlo. Ya en la f‌inca antes referida, a la que llega sobre las 19:30 horas, Vd. carga varios cubos de agua y pienso para dar de comer a los animales que tiene en la f‌inca, caminando cargada con los mismos unos cincuenta metros. Seguidamente Vd. realiza labores de mantenimiento en diferentes lugares de la f‌inca, caminando sin dif‌icultad pese a lo abrupto del terreno y a calzar unas chanchas con unos centímetros de altura. Posteriormente, Vd. se dirige al interior de la vivienda que hay en la f‌inca rústica y se observa como realiza tareas de limpieza. Durante el tiempo que ha estado en la f‌inca, se ha podido observar como Vd. se ha agachado e inclinado en repetidas ocasiones para coger y dejar cubos en el suelo y en una mesa para regar plantas e incluso para mojarse las piernas. Sobre las 21:30 horas Vd. y su marido se montan en su vehículo y se marchan de la f‌inca rústica. Al igual que en el trayecto de ida, es Vd. quien conduce el vehículo en el trayecto de vuelta, llegando a su domicilio sobre las 21:45 horas, estacionando el turismo en la puerta del mismo. El miércoles día 20 de junio de 2018, sobre las 11:00 horas, Vd. sale de su domicilio en Valuengo, se monta en su vehículo KIA Sportage de color azul y matrícula .... YJH

, conduciendo el mismo hasta recorrer los aproximadamente nueve kilómetros que hay hasta llegar a la Calle Extremadura de Jerez de los Caballeros, en la que estaciona el vehículo y entra en una tienda para realizar alguna compra. Posteriormente, se observa como Vd., en compañía de su hija, porta una bolsa y montan ambas en su vehículo, que Vd. conduce hasta una calle próxima al mercadillo, del que dista unos cien metros y en la que estaciona, recorriendo dicha distancia a pie. En todo momento, Vd. porta un bolso de gran tamaño colgado al hombro. Se aprecia como Vd. recorre varias veces el mercadillo, visitando varios puestos de ropa y comida, permaneciendo en el mismo una hora y media aproximadamente, Porta varias bolsas de gran tamaño con frutas y hortalizas que ha comprado en los puestos del mercadillo y camina cargada con dichas bolsas y con

el bolso colgado del hombro hasta llegar a su vehículo, que está aparcado, como antes se apuntó, a unos cien metros del mercadillo. Al llegar al vehículo, Vd. se agacha para dejar las bolsas en el suelo, se recoloca el bolso que lleva al hombro y se vuelve a agachar para cargar y levantar a pulso todas las bolsas de la compra y guardarlas en la parte trasera del vehículo. Sobre las 13:30 horas Vd. se marcha a su domicilio, conduciendo su vehículo al igual que el trayecto de ida. El jueves día 21 de junio de 2018, sobre las 20:30 horas Vd. sale de su domicilio acompañada por su marido, se introducen en su vehículo Chevrolet Aveo de color blanco y matrícula

.... KHB - Conduce citado vehículo hasta la f‌inca rústica anteriormente referida, realizando el trayecto por un terreno en muy malas condiciones y con un coche que no está preparado para circular por dicho terreno por lo que tarda más tiempo de lo que habitualmente emplea cuando conduce su otro vehículo el todoterreno KIA Sportage de color azul y matrícula .... CFY . Sobre las 20:55 horas llega la f‌inca, estaciona el vehículo dentro de la misma y entra en la vivienda, realizando tareas de limpieza, saliendo y entrando en dicha vivienda en varias ocasiones para llenar un cubo de agua de un grifo, agachándose para ello y cargando el cubo. También carga bolsas en su vehículo, realizando al efecto varios viajes, limpia de hojas muertas algunas plantas, barre la entrada de la vivienda, en el terreno y siembra f‌lores, empleando para ello un rastrillo, lo que le exige agacharse continuamente. Sobre las 22:15 horas se marcha de la f‌inca rústica y se dirige a su domicilio conduciendo el vehículo de su propiedad. El viernes 6 de julio de 2018 sobre las 10:30 horas sale de su vehículo acompañada de su marido, se montan en su vehículo KIA Sportage de color azul y matrícula .... CFY que Vd. conduce hasta la Avenida Portugal de Jerez de os Cabaleros, en la que estaciona el coche, recorre a pie unos treinta metros y entra en un bazar chino, de cuyo interior sale sobre las 11:05 horas cargando una bolsa en un brazo, el bolso colgado alhombro y un saco de mantillo de cincuenta kilos, que transporta desde la tienda hasta su vehículo, situado como se ha apuntado antes a unos treinta metros. Al llegar al vehículo, deja el saco en el suelo para poder abrir el maletero. Seguidamente, se agacha, levanta manualmente el saco de mantillo y lo introduce en el maletero iniciando el viaje de regreso a su domicilio conduciendo el vehículo. Sobre las 19:15 horas del día 6 de julio de 2018 Vd. sale de su domicilio en Valuengo acompañada por su marido, se montan en su vehículo KIA Sportage de color azul y matrícula .... CFY y se dirigen a la f‌inca rústica de su propiedad, siendo Vd. quien conduce dicho vehículo. Al llegar a la f‌inca, Vd. descarga varias bolsas, una vara usada normalmente para la limpieza de piscinas, así como el saco de mantillo que compró en el bazar chino, saco que extrae del maletero, lo tira al suelo, lo levanta a pulso y lo desplaza unos veinte metros agarrándolo por la parte superior hasta dejarlo junto a unas plantas que tiene cerca de la vivienda. Posteriormente, se observa como Vd. carga varias bolsas con botellas vacías de dos litros, aproximadamente entre veinte y veinticinco, que le va hasta un gripo que tiene en la parte trasera de la vivienda, para lo que tiene que subir unos escalones de tamaño considerable. Comienza a llenar las botellas, que introduce en bolsas y las traslada hasta el...

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