STSJ Andalucía 1375/2019, 23 de Mayo de 2019

PonenteJOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD
ECLIES:TSJAND:2019:3689
Número de Recurso718/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1375/2019
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2019
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 0718/18-C, sentencia nº 1375/19

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, MELILLA,CEUTA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO

Dª. Mª BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintitrés de Mayo de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1375/19

En el recurso de suplicación interpuesto por la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba en sus autos núm. 0051/17; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue demandado por Dª. Sonia, Dª. Eva María, Dª. Tamara, Dª. Tatiana y Dª. Vanesa, en demanda declarativa de indef‌inida no f‌ija, se celebró el juicio y el 25 de abril de 2017 se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión declarando que la condición laboral de las trabajadoras demandantes es la de trabajadoras indef‌inidas no f‌ijas de la Administración demandada desde las fechas de sus contratos indicadas en los hechos, debiendo la Administración estar y pasar por la misma.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- 1. Sonia, suscribió el 23/10/07 con la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía contrato de trabajo "temporal para vacante RPT", "hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública

de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo, en todo caso hasta que el servicio sea necesario o f‌inalice la obra para la que fue contratado.

Su categoría profesional es la de limpiadora.

  1. Eva María, suscribió con efectos de 1/9/07 con la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía contrato de trabajo "temporal para vacante RPT", "hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo, en todo caso hasta que el servicio sea necesario o f‌inalice la obra para la que fue contratado.

    Su categoría profesional es la de vigilante.

  2. Tamara, suscribió el 9/5/12 con la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía contrato de trabajo "interinidad", "hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo, o amortización en forma legal.

    Su categoría profesional es la de limpiadora.

  3. Tatiana suscribió el 1/6/07 con la Consejería de Cultura, Turismo y

    Deporte de la Junta de Andalucía contrato de trabajo "temporal para vacante RPT", "hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo, en todo caso hasta que el servicio sea necesario o f‌inalice la obra para la que fue contratado.

    Su categoría profesional es la de limpiadora.

  4. Vanesa suscribió el 31/5/2010 con la Consejería de Cultura,

    Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía contrato de trabajo "temporal para vacante RPT", "hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo.

    Su categoría profesional es la de ordenanza.

SEGUNDO

Resulta de aplicación el Convenio colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía, vigente.

TERCERO

Las trabajadoras, que siguen prestando servicios ante la Consejería hoy demandada, reclaman que se le reconozca su condición de trabajadoras indef‌inidas.

CUARTO

No siendo preceptiva reclamación administrativa previa, se ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 739/2021, 6 de Julio de 2021
    • España
    • July 6, 2021
    ...de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía, representada y defendida por el Letrado Sr. Yun Casalilla, contra la sentencia nº 1375/2019 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede en Sevilla), de 23 de mayo de 2019, en el recurso de supl......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR