SAP A Coruña 60/2019, 29 de Marzo de 2019

PonenteJOSE GOMEZ REY
ECLIES:APC:2019:1021
Número de Recurso15/2017
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución60/2019
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 (DESPL)

A CORUÑA

SENTENCIA: 00060/2019

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA CON SEDE EN SANTIAGO DE COMPOSTELA

RÚA VIENA S/N, 4ª PLANTA, SANTIAGO DE COMPOSTELA

Teléfono: 981- 54.04.70

Equipo/usuario: MV

Modelo: N85850

N.I.G.: 15078 43 2 2011 0012332

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000015 /2017

Delito/falta: CONTRABANDO

Denunciante/querellante: ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA

Procurador/a: D/Dª,

Abogado/a: D/Dª,

Contra: Carlos María, Carlos Antonio, Carlos Daniel, Tomás, Luis Carlos, Luis Antonio, Juan Enrique

, Pedro Francisco, Teodoro, Pedro Enrique, Miguel Ángel, Luis Manuel, Abel, Agapito, Jesús María, Alfonso, Juan María, Ambrosio

Procurador/a: D/Dª SILVIA VILLAR BRUN, SILVIA VILLAR BRUN, YOLANDA VIDAL VIÑAS, RAFAEL TRIGO TRIGO, XULIO ANDRES BARREIRO FERNANDEZ, NATIVIDAD ALFONSIN SOMOZA, RAQUEL CEINOS REAL, AVELINO CALVIÑO GOMEZ, SILVIA VILLAR BRUN, FATIMA RODRIGUEZ MORALES, RAFAEL TRIGO TRIGO, ALBA TABOADA ROUCO, MARIA DEL CARMEN LOSADA GOMEZ, ANA MARIA FERNANDEZ DURAN, SUSANA CABANAS PRADA, SILVIA VILLAR BRUN, FATIMA RODRIGUEZ MORALES, OSCAR PEREZ GORIS

Abogado/a: D/Dª RICARDO ALVAREZ-BUYLLA FERNANDEZ, MANUEL MENDEZ ROBLES, ANA ISABEL VILLAR FERNANDEZ, ARTURO MIGUEL GARCIA HERNANDEZ, EVARISTO CORUJO MARTINEZ, JORGE ALIS I VILA, MARIA LUISA PASIN MATO, MARTA ARROYO SANCHEZ, FERNANDO GARCIA GARCIA, IGNACIO JOAQUIN APARICIO CAROL, ARTURO MIGUEL GARCIA HERNANDEZ, ALFONSO LOPEZ MENDUIÑA, JOSE ALBERTO CARBALLO CALVAR, FRANCISCO JAVIER MONGE CABACO, JOSE CARLOS CORREDOIRA OTERO, SANTIAGO SERRANO MARTINEZ-RISCO, IGNACIO JOAQUIN APARICIO CAROL, MARIA TEIJO FIGUEIRAS

SENTENCIA Nº 60/2019

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ILMOS. SRS.MAGISTRADOS:

ANGEL PANTIN REIGADA (presidente)

JOSÉ GÓMEZ REY (ponente)

CESAR GONZALEZ CASTRO

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En Santiago de Compostela, a 29 de marzo de dos mil diecinueve.

Visto por la Sección Sexta de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago, integrada por DON ANGEL PANTIN REIGADA, Presidente, DON JOSÉ GÓMEZ REY y DON CESAR GONZALEZ CASTRO, Magistrados, en Juicio Oral y Público el Procedimiento Abreviado número 15/2017, dimanante del Procedimiento Abreviado número 95/2014 antes Diligencias Previas nº 4763/2011 del Juzgado de Instrucción nº2 de Santiago de Compostela, seguido por delito de contrabando, pertenencia a banda armada y falsif‌icación de documentos contra DON Carlos María de nacionalidad española con DNI nº NUM000 representado por la procuradora doña Silvia Villar Brun con defensa del Letrado: Ricardo Alvarez-Buylla Fernández, contra Teodoro con DNI nº NUM001 representado por la Procuradora doña Silvia Villar Brun, con asistencia letrada de D.Fernando García García, contra D. Alfonso con DNI nº NUM002 representado por la procuradora doña Silvia Villar Brun y defensa letrada D.Manuel Méndez Robles;contra D. Pedro Enrique con DNI nº NUM003 representado por la procuradora doña Fátima Rodriguez Morales, bajo la defensa letrada de Ignacio Aparicio Carol, contra D. Juan María con DNI NUM004 representado por la procuradora doña Fátima Rodriguez Morales bajo la defensa letrada de Ignacio Aparicio Carol, contra Tomás con DNI NUM005 representado por el procurador Rafael Trigo Trigo bajo la defensa letrada de Arturo García Hernández, contra D. Miguel Ángel con DNI nº NUM006 representado por el procurador Rafael Trigo Trigo, bajo la defensa letrada de D. Arturo García Hernández, contra D. Pedro Francisco con DNI nº NUM007, representado por el procurador

  1. Avelino Calviño Gomez, bajo la defensa letrada de doña Marta Arroyo Sánchez, contra D. Jesús María con DNI NUM008 representado por la procuradora doña Susana Cabanas Prada bajo la defensa letrada de Carlos Corredoira Otero, contra D. Carlos Daniel, con DNI nº NUM009 representado por la procuradora Yolanda Vidal Viñas bajo la defensa letrada de Ana Isabel Villar Fernández, contra Luis Antonio de nacionalidad andorrana con pasaporte NUM010 representado por la procuradora: Natividad Alfonsín Somoza bajo la defensa letrada de Jordi Alís i Vila, contra D. Abel con DNI NUM011 representado por la procuradora Carmen Losada Gómez bajo la defensa letrada de José Alberto Carballo Calvar, contra Luis Carlos con DNI nº NUM012 representado por el procurador Julio Andrés Barreiro Fernández, bajo la defensa letrada de Evaristo Corujo Martínez, contra Ambrosio con DNI nº NUM013 representado por el procurador: Oscar Pérez Gorís bajo la defensa letrada de María Tejo Figueiras, contra Luis Manuel con identif‌icador NUM014 representado por la procuradora Alba Taboada Rouco bajo la asistencia letrada de Alfonso Pérez Menduiña, contra Agapito con DNI nº NUM015 representado por la procuradora Ana María Fernández Durán bajo la defensa letrada de Javier Monje Cabaco contra Juan Enrique con DNI NUM016 representado por la procuradora María Pardo Valdés, bajo la defensa letrada de Santiago Manteiga Mujico, contra Carlos Antonio con pasaporte de Andorra NUM017 representado por la procuradora Silvia Villar Brun bajo la defensa letrada de Manuel Méndez Robles.

siendo partes acusadoras el MINISTERIO FISCAL, EL LETRADO DEL ESTADO Y EL LETRADO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA y siendo Ponente DON JOSÉ GÓMEZ REY, quien expresa el parecer de la Sala; procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se siguieron en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Santiago de Compostela Diligencias Previas por delito de lesiones contra los acusados que constan en el encabezamiento que fueron transformadas en Procedimiento Penal Abreviado por Auto de 4 de agosto de 2014 emitiéndose por el Ministerio Fiscal escrito de calif‌icación provisional.

SEGUNDO

Se dictó por el Juzgado auto de apertura del juicio oral de 16 de noviembre de 2015 señalando la Audiencia Provincial como órgano competente. Se formuló escrito de calif‌icación por las defensas del acusado.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, se dictó auto de 16 de mayo de 2017 se declaraba la pertinencia de la prueba propuesta y por diligencia de la misma fecha se convocaba a juicio.

CUARTO

Se celebró el juicio oral los días 28,29,30 y 31 de mayo de 2018 y 1,7 y 8 de junio del mismo año.

En el acto del juicio el Ministerio Fiscal presentó escrito modif‌icando sus conclusiones provisionales para elevarlas a def‌initivas. Los temimos de ese escrito son los siguientes:

"EL FISCAL, en el procedimiento de referencia, formula la siguiente MODIFICACIÓN DE CONCLUSIONES, con el f‌in de elevarlas a DEFINITIVAS

En primer lugar: retira la acusación frente a los siguientes acusados:

12) Abel

13) Miguel Ángel

Y las conclusiones son modif‌icadas en el siguiente sentido

PRIMERA

El subrayado es la novedad que se introduce, en el correspondiente párrafo de las conclusiones provisionales:

Sobre las 08:30 el camión que transportaba el contenedor, entró en la nave. Allí se encontraban los acusados Carlos Antonio, Teodoro, Agapito (con DNI NUM018 y con antecedentes no computables a efectos de reincidencia), Jesús María (con DNI NUM008 y con antecedentes no computables a efectos de reincidencia), Tomás ( el cual admitió en el juicio oral que estaba colaborando conscientemente con Carlos María, poniendo a su disposición la nave en cuestión para la operación ilícita, que consistía en traer un contenedor de tabaco de contrabando ), Luis Manuel (con NIE NUM014 y sin antecedentes penales) y Luis Antonio (con pasaporte de Andorra NUM010 y con antecedentes no computables a efectos de reincidencia) para efectuar la tarea de descargar el contenedor. Se repartirían los trabajos de acarrear cajas, vigilar el recinto, y supervisar las tareas. El cometido concreto de Luis Antonio era llevarse a desayunar a una cafetería cercana al conductor del tráiler que había traído el contenedor, para que no lo presenciara. También estaban en la nave Abel y Miguel Ángel : ambos desempeñan tareas para la empresa que normalmente explota la nave (Grúas Gómez), acudieron allí con normalidad para realizar su trabajo y desconocían la operación ilícita que se estaba desarrollando.

---------- 0 ---------- En la narración de hechos correspondiente al contenedor de Alicante, modif‌icamos un párrafo:

El recuento y valoración del contenido de estas cajas resultó ser 46.500 cajetillas de FORTUNA RED LINE, 10.000 cajetillas de AMERICAN LEGEND, 20.000 cajetillas de DUCADOS RUBIO y 19.500 cajetillas de CHESTERFIELD, con un PVP total de 339.525 euros. El total de impuestos que le corresponde es de 269.340 euros.

SEGUNDA

Los hechos constituyen DOS delitos de contrabando relativo a géneros estancados, tipif‌icado en el art. 2.2.b) de la LO 12/95, conforme a la redacción dada por la LO 6/2011, y penado en los arts. 3.1 y 3.2 del mismo cuerpo legal .

Los hechos descritos también constituyen un delito de integración en grupo criminal, tipif‌icado en el art. 570.ter 1.b) CP .

También se comete (en concurso medial del art. 77 CP ) un delito de falsedad documental del art. 392, en relación con los supuestos 1º y 3º del art. 390.1 CP .

TERCERA

Son autores del primer delito de contrabando, los siguientes acusados:

1) Carlos María

2) Teodoro

3) Carlos Antonio

4) Pedro Enrique

5) Pedro Francisco

6) Luis Carlos

7) Juan Enrique

8) Carlos Daniel

9) Tomás

10) Agapito

11) Jesús María

14) Luis Manuel

15) Luis Antonio

Todos a penar conforme al art. 3.2, salvo los acusados 10 y 11 ( Agapito y Jesús María ), que serán penados conforme al art. 3.1.

Son autores del segundo delito de contrabando, los siguientes acusados:

1) Carlos María

2) Teodoro

4) Pedro...

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