STSJ Comunidad de Madrid 384/2019, 8 de Abril de 2019

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2019:3480
Número de Recurso1184/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución384/2019
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2019
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34002650

NIG : 28.079.00.4-2018/0021890

ROLLO Nº: 1184/18

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DERECHOS Y CANTIDAD

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 26 de MADRID

Autos de Origen: 521/2018

RECURRENTE/S: UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

RECURRIDO/S: D. Juan María

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a ocho de abril de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID, formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 384

En el recurso de suplicación nº 1184/18 interpuesto por D. JESÚS Mª LOBATO DE RUILOBA, en nombre y representación de UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 26 de los de MADRID, de fecha DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, ha sido Ponente el Ilmo Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 521/2018 del Juzgado de lo Social nº 26 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Juan María contra UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID en reclamación de DERECHOS Y CANTIDAD, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, cuyo fallo es del tenor literal siguiente :

" Que teniendo al actor por desistido de su reclamación frente a la Fundación General de la Universidad Complutense y estimando la demanda interpuesta por DON Juan María, frente a la UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, sobre RECLAMACIÓN DE DERECHOS y CANTIDAD, debo DECLARAR Y DECLARO el carácter INDEFINIDO NO FIJO de la relación laboral existente entre las partes, con fecha de efectos y antigüedad de 1.07.2008, y CONDENO a la UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la demandante la cantidad de 5.228,58 EUROS, cantidad que devengará el 10% de interés moratorio".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

EL demandante ha venido prestando servicios para la Universidad Complutense de Madrid (en adelante UCM), en el centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria (en adelante VISAVET) con la categoría profesional Técnico superior Especialista como Jefe de Tecnologías de información y percibiendo un salario de 2.063,55 € brutos con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias, en virtud de los siguientes contratos:

Del 1.07.2008 al 31.12.2008 como benef‌iciario de una beca, con una remuneración bruta mensual de 1.200 €, para realizar trabajados de investigación en los Servicios externos que dirige D. Amador del Departamento de Patología Animal I (Sanidad Animal) titulado "Tarifas de Servicios Externos del Departamento de Patología Animal I de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, en el ámbito de trabajo en el campo del diagnóstico de enfermedades, la contratación de vacunas y el análisis del medio ambiente" (Doc. 2 y 6 de la actora y folio 568)

Del 01.01.2009 al 31.12.2009 como benef‌iciario de una beca con una remuneración bruta mensual de 1.380 €, para realizar trabajados de investigación en los Servicios externos que dirige D. Amador Profesor del VISAVET de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, titulados "Diagnóstico de enfermedades, contrastación de vacunas y análisis de medio ambiente" (doc. 3 y 6 de la actora y folio 566)

Del 1.01.2010 al 31.12.2010 como benef‌iciario de una beca con una remuneración bruta mensual de 1.380 €, para realizar trabajados de investigación en los Servicios externos que dirige D. Amador Profesor del VISAVET de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, titulador "Diagnóstico de enfermedades, contrastación de vacunas y análisis de medio ambiente" ( Doc. 4 y 6 de la actora y folio 567)

Del 1.06.2010 al 31.12.2010 como benef‌iciario de una beca con remuneración mensual bruta de 1.500 euros para realizar trabajos de investigación en el contrato acogido al Artículo 83 de la LOU, suscrito entre Amador del Departamento del VISAVET de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, titulado "Servicios externos del centro de vigilancia Sanitaria (VISAVET) de la Universidad Complutense de Madrid (doc. 5 y 6 de la actora y folio 569)

Desde el mes de enero de 2012 hasta el mes de noviembre de 2014, como trabajador autónoma, girando facturas mensuales de unos 1.725€ a la Fundación General de la UCM (las facturas obran a los folios 63 a 120 y se dan aquí por íntegramente reproducidas.) en estos periodos asistió a los seminarios y formación que se recogen en el doc. 15 de la actora que se tiene por reproducido

El 13.11.2014 suscribe contrato temporal por obra o servicio determinado, formalizado de conformidad con lo establecido en la Resolución de 27.12.2013 de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2013 de diversas actuaciones contempladas en el subprograma estatal de formación y en el subprograma estatal de incorporación del programa estatal de promoción del talento y su empleabilidad en el marco del plan estatal de investigación científ‌ica y técnica y de innovación 2013-2016 y por la Disposición reguladora del proceso de selección de personal de apoyo con cargo a proyectos de investigación o subvenciones f‌inalistas, en la modalidad de técnico de apoyo de infraestructura (el contrato se aporta como doc. 8 de la actora y se da aquí por íntegramente reproducido).

El 30.10.2017 suscribe contrato temporal por obra o servicio determinado, para prestar servicios como técnico superior con cargo al proyecto, titulado FEI16/89 vigilancia sanitaria veterinaria perf‌il 3. Dirigido por Don Amador, con destino en VISAVET para realizar tareas de desarrollo Web, aplicaciones informáticas, bases de datos, y solución para la gestión de información en los laboratorios que realicen actividades dentro del contrato FEI Vigilancia Sanitaria, administración de servidores bioinformáticas, web y NAS, realización de estudios, informes, procedimientos específ‌icos conforme a la norma ISO 17025 y análisis del contrato FEI vigilancia Sanitaria y organización y difusión de actividades del contrato FEI Vigilancia Sanitara (el contrato se aporta

como doc. 9 de la actora y se da aquí por íntegramente reproducido, al igual que el FEI16-89 que aporta la

demandada como doc. 18 de su ramo de prueba).

El demandante cuenta con título de Técnico superior en Administración de sistemas informáticos que obra al folio 166

Durante la vigencia de toda la relación laboral el trabajador ha desarrollado siempre el mismo tipo de actividades, con la progresión de las características propias del trabajo desempeñado y adquiriendo paulatinamente mayor responsabilidad, hasta que en fecha 1.01.2012 fue nombrado técnico jefe de tecnologías de la información del VISAVET (folio 149 y doc. 14, 16 y 17 de la actora ) y sin que existiera variación alguna en la prestación de servicios durante los periodos en que lo hizo mediante becas, contratos o mediante giro de facturas, realizando prestando un servicio transversal de apoyo a todo el personal del centro en materia informática sin sujeción a un concreto proyecto, recibiendo instrucciones del personal del centro, en iguales dependencias físicas y con el material que le fue proporcionado por el centro. Realizando las actividades que se recogen en el hecho tercero de la demanda que se da por reproducido íntegramente en esta sede. El actor no ha recibido formación como becario y ha colaborado en cuantos proyectos fueran necesarios sin sujeción a uno concreto (testif‌icales de los directores del Visavet y del trabajador Sr. Florian )

El Centro de Vigilancia Veterinaria (VISAVET) es un centro de investigación y apoyo a la docencia de la UCM, sito en el complejo que incluye la Facultad de Veterinaria y el Hospital Clínico Veterinario, que inició sus actividades en el año 1993 en el Departamento de Sanidad Animal de Facultad de Veterinaria. Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UCM de fecha 03.04.08 se aprobó la creación de VISAVET, que se rige por la LO 6/01, Decreto 58/2003 y por el Reglamento. El campo de trabajo de VISAVET comprende las áreas de sanidad animal, salud pública, seguridad alimentaria y medio ambiente, siendo sus objetivos la investigación y formación, la transferencia de tecnología y las actividades de asesoramiento científ‌ico y técnico. El centro VISAVET depende directamente del Rector o persona que éste delegue. La gestión económica y de personal es asumida por la Fundación General. La administración y gobierno de VISAVET corresponde a los siguientes órganos: Consejo Rector, Consejo de Dirección, Director, Subdirector de organización y Recurso Humanos, Gestor de Proyectos y Secretario. El Director puede designar los Jefes de Servicio en los términos recogidos en el artículo 17 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UCM. D. Amador ha sido el Director del Centro desde el año 2007 y ha sido el...

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