STSJ Andalucía 2806/2018, 10 de Octubre de 2018

PonenteFRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO
ECLIES:TSJAND:2018:11947
Número de Recurso2741/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución2806/2018
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2018
EmisorSala de lo Social

TSJA. Sala de lo Social. Sevilla Recurso de suplicación n.º 2741/2017-F

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Ilma. Sra. doña MARÍA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, Presidenta de la Sala

Ilmo. Sr. don FRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO

Ilmo. Sr. don JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a 10 de octubre de 2018.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, compuesta por los magistrados citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 2806/2018

En el recurso de suplicación interpuesto por la letrada doña Josebe Vázquez Vázquez, en nombre y representación de don Efrain, contra la sentencia dictada en fecha 28 de junio de 2016 por el Juzgado de lo Social número 2 de Huelva en sus autos n.º 166/2016, ha sido ponente el magistrado don FRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente presentó demanda sobre contrato de trabajo contra TRAGSATEC y la JUNTA DE ANDALUCÍA (Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio), se celebró el juicio y el 28 de junio de 2016 se dictó sentencia por el referido juzgado, que desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia se declararon los siguientes hechos probados:

"PRIMERO. El régimen Jurídico de TRAGSA y sus f‌iliales, entre las que se encuentra TRAGSATEC, viene def‌inido en la Ley 66/97 de 30 de diciembre de medidas f‌iscales, administrativas y de orden social y desarrollado en el Real Decreto 371/99 de 5 de marzo, siendo medios instrumentales de la Administración General del Estado y Comunidades Autónomas las cuales les encargan trabajos y actividades que precisen para el ejercicio de sus competencias. Uno de los objetos de TRAGSATEC es la realización a instancia de terceros de actuaciones, trabajos o asistencias técnicas de servicios en los ámbitos rurales, agrario, forestal o medio ambiental.

Asimismo resulta de aplicación la Disposición Adicional 25ª de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de contratos del Sector Público que lleva por rúbrica Régimen jurídico de la "Empresa de Transformación Agraria, Sociedad

Anónima" (TRAGSA), y de sus f‌iliales y que señala entre sus funciones la prestación de servicios esenciales en materia de desarrollo rural, conservación del medio ambiente, atención a emergencias, y otros ámbitos conexos.

SEGUNDO

El Tribunal Supremo, en Sentencia de 20.10.15 (ROJ: STS 5215/2015), Recurso 172/14 y siendo ponente D. Luis Fernando de Castro Fernández declaró la inexistencia grupo de empresas laboral entre TRAGSA y TRAGSATEC.

TERCERO

La Dirección General de la Red de espacios naturales protegidos y servicios ambientales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía aprobó, con fecha 14.12.06, la ejecución por encargo a la empresa pública TRAGSATEC del expediente nº 2122/2006/A/00, titulado "apoyo a la gestión de la RENPA, año 2007", con fecha de inicio 17.11.06 y plazo de ejecución hasta el 31.08.07.

Los trabajos se desarrollarán conforme al pliego de prescripciones técnicas que se adjunta y el presupuesto para la ejecución es de 1.481.016,69€.

CUARTO

La Dirección General de la Red de espacios naturales protegidos y servicios ambientales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía aprobó, con fecha 14.12.07, la ejecución por encargo a la empresa pública TRAGSATEC del expediente nº 1848/2007/A/00, titulado "apoyo a la implementación de la f‌igura espacio natural en Doñana y Sierra Nevada", con fecha de inicio 27.11.07 y plazo de ejecución de 24 meses.

Los trabajos se desarrollarán conforme al pliego de prescripciones técnicas que se adjunta y el presupuesto para la ejecución es de 1.283.427,97€.

QUINTO

La Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía dictó resolución de fecha 23.10.09, en el expediente 1156/2009/A/00, cuyo título era "servicio de asistencia técnica para la gestión integral de los espacios naturales Doñana y Sierra Nevada", con plazo de ejecución de 24 meses.

Los trabajos se desarrollarán conforme al pliego de prescripciones técnicas que se adjunta y el presupuesto para la ejecución es de 2.713.061,45€.

SEXTO

La Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana dictó resolución de fecha

06.09.11, en el expediente 632/2011/A/00, cuyo título era "apoyo a la gestión de los espacios naturales Doñana y Sierra Nevada", con plazo de ejecución de 24 meses prorrogables.

Los trabajos se desarrollarán conforme al pliego de prescripciones técnicas que se adjunta y el presupuesto para la ejecución es de 2.831.989,51€.

SÉPTIMO

La Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana dictó resolución de fecha

26.03.13, en el expediente 5/2013/A/00, cuyo título era "servicio de asistencia técnica de apoyo a la gestión de los espacios naturales Doñana y Sierra Nevada", con plazo de ejecución de 12 meses.

Los trabajos se desarrollarán conforme al pliego de prescripciones técnicas que se adjunta y el presupuesto para la ejecución es de 1.700.000,00€.

Con fecha 19.11.13 la citada Dirección General aprobó una modif‌icación para la prórroga de CUATRO MESES para la ejecución de la encomienda de gestión de referencia. Asimismo se aprobó una ampliación en el presupuesto en 566.666,66€ que se desglosará en la anualidad 2014.

OCTAVO

La Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana dictó resolución de fecha

26.06.14, en el expediente 43/2014/A/00, cuyo título era "apoyo técnico a la conservación, planif‌icación, gestión y evaluación de espacios naturales protegidos Red Natura 2000 en Andalucía y otros espacios naturales protegidos", con plazo de ejecución de 10 meses.

Los trabajos se desarrollarán conforme al pliego de prescripciones técnicas que se adjunta y el presupuesto para la ejecución es de 3.427.239,70€.

Con fecha 03.06.15 la citada Dirección General aprobó una modif‌icación del presupuesto de los trabajos pendientes de ejecutar a 1 de enero de 2015, f‌ijándose desde el 01.01.15 al 28.07.15 en 2.311.201,81€. Además, se aprueba una prórroga por el período desde el 29.07.15 al 30.11.15, por un importe de

1.583.970,10€.

NOVENO

El actor, D. Efrain, mayor de edad y con DNI nº NUM000, viene prestando servicios por cuenta de TRAGSATEC desde el 18.02.08 como Ingeniero Técnico Forestal, incluida en la categoría profesional Titulado de Grado Medio y centro de trabajo en el Centro Administrativo "El Acebuche", en Matalascañas (Huelva), si

bien desde el 26.01.15 pasó a prestar servicios en las of‌icinas de TRAGSATEC situadas en la C/Montehigo nº.1 Almonte (Huelva).

La relación laboral se formalizó por escrito en virtud de contrato de trabajo, modalidad obra o servicio determinado suscrito el 18.02.08 con TRAGSATEC y con una duración inicial hasta la f‌inalización de los trabajos de su especialidad y categoría dentro del servicio objeto del presente contrato y consignado en la cláusula sexta que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio para trabajos de asistencia técnica de apoyo a la gestión de la RENPA y asistencia técnica de apoyo a la implementación de la f‌igura Espacio Natural en Doñana.

Con posterioridad a este contrato, las partes f‌irmaron addendas al contrato inicial, y así:

- addenda de fecha 20.01.10 modif‌icando la cláusula sexta relativa al objeto, ref‌iriéndose a asistencia técnica de apoyo a la gestión de la RENPA, y asistencia técnica de apoyo a la implementación de la f‌igura Espacio Natural Doñana, expte 1156/2009/A/00.

- addenda de fecha 01.10.11 modif‌icando la cláusula sexta relativa al objeto, ref‌iriéndose a asistencia técnica de apoyo a la gestión de la RENPA, y asistencia técnica de apoyo a la implementación de la f‌igura Espacio Natural Doñana, expte 1156/2009/A/00.

- addenda de fecha 02.05.13 modif‌icando la cláusula sexta relativa al objeto, ref‌iriéndose a asistencia técnica de apoyo a la gestión de la RENPA, y asistencia técnica de apoyo a la implementación de la f‌igura Espacio Natural Doñana, expte 1156/2009/A/00, expte 632/2011/A/00 expte 5/2013/A/00.

- addenda de fecha 22.07.14 modif‌icando la cláusula sexta relativa al objeto, ref‌iriéndose a asistencia técnica de apoyo a la gestión de la RENPA, y asistencia técnica de apoyo a la implementación de la f‌igura Espacio Natural Doñana, expte 1156/2009/A/00, expte 632/2011/A/00. Servicio de apoyo técnico a la conservación. Planif‌icación, gestión y evaluación de espacios protegidos Red Natura 2000 en Andalucía y otros espacios naturales protegidos, expte nº 43/2014/A/00.

- addenda de fecha 02.03.16 modif‌icando la cláusula sexta relativa al objeto, ref‌iriéndose a asistencia técnica de apoyo a la gestión de la RENPA, y asistencia técnica de apoyo a la implementación de la f‌igura Espacio Natural Doñana, expte 1156/2009/A/00, expte 632/2011/A/00, expte 5/2013/A/00. Servicio de apoyo técnico a la conservación. Planif‌icación, gestión y evaluación de espacios protegidos Red Natura 2000 en Andalucía y otros espacios naturales protegidos, expte nº 43/2014/A/00. Servicio de apoyo técnico a la gestión, el seguimiento, la evaluación y la participación en los espacios protegidos de Andalucía con especial atención a la Red Natura 2000 año 2016-2017.

DÉCIMO

Las nóminas del trabajador las abonaba TRAGSATEC, percibiendo un salario bruto de:

- 2.129,37€ en enero de 2015

- 2.121,70€ en febrero de 2015

- 2.150,34€ en marzo de 2015

- 2.121,66€ en abril de 2015

- 2.137,08€ en mayo de 2015

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