STSJ Andalucía 380/2018, 15 de Febrero de 2018

PonenteRAFAELA HORCAS BALLESTEROS
ECLIES:TSJAND:2018:7367
Número de Recurso1720/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución380/2018
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2018
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

M.F.

SENT. NÚMERO: 380-2018

ILTMO. SR. D. JOSÉ MARÍA CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSÉ VILLAR DEL MORAL

ILTMA. SRA. Dª . RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En Granada, a 15 de febrero de 2018

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1720-17, interpuesto por Dª . Valentina y la FUNDACIÓN PROGRESO Y SALUD contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. CUATRO DE JAÉN, en fecha 21 de abril de 2017, en autos núm. 507-2016 . Ha sido ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña RAFAELA HORCAS BALLESTEROS .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el juzgado de referencia tuvo entrada demanda presentada por Dª . Valentina, sobre Materias Laborales Individuales, contra la FUNDACIÓN PROGRESO Y SALUD; SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (SAS) y la CONSEJERÍA DE SALUD de la Junta de Andalucía; y admitida a trámite y celebrado juicio, se dictó sentencia en fecha 21 de abril de 2017, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Se estima parcialmente la demanda formulada por doña Valentina contra la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud y se declara que la actora tiene la condición de trabajadora indef‌inida desde el inicio de la relación laboral, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración.

Se absuelve al Servicio Andaluz de Salud y Consejería de Salud de la Junta de Andalucía de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Doña Valentina, mayor de edad, con D.N.I. NUM000, vecina de Granada, Licenciada en Psicología, presta servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, con la categoría profesional de Asesora Técnica, en virtud de contrato de trabajo temporal, para obra o servicio determinado, a tiempo completo, de fecha 12.03.2007, que identif‌ica como obra que lo justif‌ica: "Apoyo Técnico a la Dirección General de Salud Pública y Participación para el Plan Integral de Tabaquismo en Andalucía", folios 92 a 95 de las actuaciones.

El día 24.04.2007 ambas partes suscriben una clausula adicional al contrato, folio 662 de las actuaciones, quedando la clausula 1ª redactada en los siguientes términos: "La persona contratada prestará sus servicios como Asesora Técnica en el Distrito Sanitario de Atención Primaria de Jaén Sur", con efectividad desde

1.04.2007.

SEGUNDO

La Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud es una organización dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, que goza de personalidad jurídica propia, constituida al amparo de la Ley 30/94, de 24 de noviembre, y cuenta con sus propios recursos y presupuesto.

La fundación fue creada el 29.11.1990 bajo los auspicios de la Consejería de Salud, la meta principal de la actividad de la Fundación es la orientación a la mejora de la salud de la ciudadanía, folio 560 de las actuaciones, y tiene entre sus f‌ines, art.5 de sus estatutos:

  1. La planif‌icación y/o desarrollo f‌inanciero total o parcial de programas dirigidos a la prevención, promoción y asistencia de la salud.

  2. La organización y gestión funcional y económicamente integradas de programas de salud.

  3. La construcción, edif‌icación y rehabilitación de recursos materiales de los diversos programas de salud.

  4. El desarrollo de programas de cooperación sanitaria nacionales y transnacionales.

  5. El desarrollo de programas de investigación innovadores en la prestación de los servicios sanitarios, incluyendo la promoción y desarrollo de actuaciones específ‌icas de evaluación y protección de los resultados de esa investigación e innovación y su transferencia al sector productivo, de cara a que redunden en benef‌icio de la ciudadanía.

  6. La participación en la formación pre y postgraduada de los profesionales sanitarios y no sanitarios relacionados con la salud.

  7. El desarrollo, diseño, promoción y gestión de sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones orientadas a la mejora de los servicios de Salud y Políticas Sociales.

  8. El impulso de las políticas de calidad, así como el diseño y aplicación de modelos de evaluación y certif‌icación de la calidad de las actividades, estructuras y profesionales de los sistemas de Salud y Políticas Sociales.

  9. La cooperación en la administraciones, corporaciones, entidades y particulares cuya competencia o actividad tenga incidencia o sea de interés para la mejora de los sistemas de atención sanitaria y de servicios sociales.

Dentro de la línea de actividad de investigación e innovación en salud desarrolla las actividades de apoyo a las actividades del Plan Integral de Tabaquismo en Andalucía.

El Servicio Andaluz de Salud es una agencia administrativa adscrita a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, Decreto 2058/2015, de 14 de julio, que tiene entre otras funciones "La gestión del conjunto de prestaciones sanitarias en el terreno de la promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria y rehabilitación que le corresponda en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía".

Entre el Servicio Andaluz de Salud y la Fundación Progreso y Salud se ha alcanzado Acuerdo de Colaboración orientado a la mejora de la salud en Andalucía, con relación al Plan Andaluz Integral de Tabaquismo, aprobado por la Consejería de Salud, en el que la Fundación ha prestado apoyo técnico para llevarlo a cabo.

TERCERO

La prestación de servicios por la actora se realizaba en el centro de salud de Alcalá la Real, Distrito Sanitario Jaén Sur, en la "Consulta/Unidad de Tabaquismo", utilizando la actora un despacho individual, del que tenía llave, sin compartir en ningún momento espacio y funciones con la plantilla de Técnicos de Educación para la Salud del Distrito Sanitario Jaén Sur.

La actora cuenta con tarjeta identif‌icativa como Técnico de Promoción de Salud, constando en el margen superior izquierdo Junta de Andalucía, Consejería de Salud, Distrito Sanitario Jaén Sur. Folio 109 de las actuaciones.

El correo electrónico de trabajo de la actora es DIRECCION000, folio 115 de las actuaciones, correo corporativo de la Junta de Andalucía.

Todas las cuestiones relativas a trabajo, horario, vacaciones, etc de la actora eran realizadas/autorizadas por la Fundación, folio 947, 949, 951 de las actuaciones, si bien las vacaciones eran puestas en conocimiento de don Santiago, Director Gerente de los Distritos Sanitarios Jaén-Jaén Sur, a quien informaba, como referente, de las actividades desarrolladas. El horario de trabajo se adpata al del centro donde se prestan los servicios.

Los medios materiales utilizados por la actora, así, mobiliario de of‌icina, material de papelería. ordenador, le han sido facilitados por el SAS.

Material divulgativo de la actividad, así como los parches de nicotina los facilita la fundación.

La actora ha realizado cursos de formación impartidos por la consejería de salud.

La actora ha participado como ponente en cursos sobre tabaquismo impartidos por la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, folios 690 a 693, en su condición de técnica de la unidad de apoyo al tabaquismo del Distrito Jaén Sur.

Las actividades realizadas por la actora han sido de asesoramiento y apoyo técnico sobre la aplicación del Plan Integral de tabaquismo a los profesionales del Servicio Andaluz de Salud para que lo apliquen a los pacientes en su caso y, de manera puntual, otras actividades de apoyo en la promoción de la salud, tales como apoyo técnico y asesoría en la Red de Acción Local en Salud, Proyecto Un Millón de Pasos, Programa forma Joven hasta 2015, no promovidas por el SAS, sino por la Consejería de Salud.

La Fundación Progreso y Salud es quien le ha abonado la nómina a la actora, con cargo a la subvención que recibe de la Consejería de Salud con relación al plan contra el tabaquismo.

Con fecha 15.06.2010 la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, folio 663 de las actuaciones, comunicó a la actora el porcentaje de reducción salarial aplicable a la misma conforme al Decreto-Ley 2/2010.

La Fundación Progreso y Salud es quien le abona a la actora las dietas por desplazamientos por ella realizados, folios 669 a 692.

Con fecha 29.06.2012, folio 944 de las actuaciones, la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud comunicó a la actora que "a partir del 01/07/2012 los turnos Quit-line se deberán realizar dentro de la jornada laboral, siguiendo los procedimientos de turnos habituales, coordinados por Dulce ".

CUARTO

El informe emitido por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Jaén el día 6.03.17 en el que señala: "En cumplimiento de la Orden de Servicio de referencia, relacionada con la solicitud de informe emitida por ei Juzgado de lo Social Núm. 4 de Jaén sobre las condiciones y circunstancias en las que ¡a trabajadora Valentina NUM000, presta servicios en el Distrito Sanitario Jaén Sur de Alcalá la Real, con de registro de entrada en esta Inspección ei 8/11/2016 se informa que se llevan a cabo actuaciones inspectoras que comportaron citación por correo certif‌icado con acuse de recibo a la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, compareciendo Geronimo, Director de Gestión y Organización Interna de la Fundación. De la documentación aportada y de las manifestaciones del compareciente se concluye que:

-La Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud es una organización dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía que presta servicio al Sistema Sanitario Público Andaluz que a su vez...

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