STSJ Galicia 2109/2009, 20 de Abril de 2009

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2009:3169
Número de Recurso647/2009
Número de Resolución2109/2009
Fecha de Resolución20 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000647 /2009 interpuesto por CONCELLO SANTIAGO DE COMPOSTELA contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL

nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. EMILIO FERNANDEZ DE MATA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Eva en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado CONCELLO SANTIAGO DE COMPOSTELA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000726 /2008 sentencia con fecha veintiocho de Octubre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Dª Eva viene prestando servicios para el Ayto. de Santiago de Compostela con antigüedad reconocida de 1 de septiembre de 1998, con categoría de AUXILIAR ADMINISTRATIVA, en el Departamento de seguridad Ciudadana realizando funciones propias de la categoría en la tramitación de denuncias y recursos, con un salario mensual de 1.848'18 euros Con prorrateo de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

Tal relación laboral aparece basada en los siguientes contratos de trabajo:1º.-Contrato de Trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado celebrado el 11 de agosto de 1998 con efectos desde el 1 de septiembre de 1998 hasta el 28 de febrero de 1999, con objeto: "la realización detareas como auxiliar administrativo en el departamento de tráfico con el fin de hacer efectivas algunas denuncias y sanciones y al tiempo de dar cumplimiento a la previsión presupuestaria relativa a la previsión de ingresos. 2º.-Contrato de Trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción celebrado el 2 de marzo de 1999 y con efectos desde dicha fecha al 1 de septiembre de 1999, como auxiliar administrativo en el departamento de tráfico "debido al notable aumento de trabajo producido por el Año Santo en dicha dependencia municipal" 3º.-Contrato de Trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado celebrado el 2 de septiembre de 1999 y con efectos desde dicha fecha al 1 de septiembre de 2000, como auxiliar administrativo en el departamento de tráfico en el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, estableciéndose en sus cláusulas adicionales: "Reorganización y archivo de los expedientes de denuncias y la introducción de datos informáticos por el cambio de la legislación de tramitación de las mismas. 4º.-Prorroga de contrato de duración determinada realizada el 4 de agosto de 2000, con una duración de 12 meses desde el 2 de septiembre de 2000. 5º.-Prorroga de contrato de duración determinada realizada el 31 de julio de 2001 con una duración de 12 meses desde el 2 de septiembre de 2001. 6º.-Prorroga de contrato de duración determinada realizada el 8 de agosto de 2002 con una duración de un año desde el 2 de septiembre de 2002. 7º.-prorroga de contrato de duración determinada realizada el 1 de septiembre de 2003 con una duración de un año desde el 2 de septiembre de 2003. 8º.- Prorroga de contrato de duración determinada realizada el 1 de septiembre de 2004 con una duración de un año desde el 2 de septiembre de 2004. 9º.-Contrato de trabajo por tiempo indefinido a tiempo completo celebrado por las partes el uno de enero de 2006 para prestar servicios como AUXILIAR ADMINISTRATIVO en el DEPARTAMENTO DE SEGURIDADE CIUDADÁ. Tercero: Este último contrato es consecuencia de la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 1 de Santiago de Compostela el 25 de noviembre de 2005 frente al despido de la demandante realizado el 1 de septiembre de 2005 acordado por decreto de la Alcaldesa de 17 de agosto de 2005 , declarándose dicho despido improcedente condenando al Ayto. a optar en el plazo de cinco días entre la readmisión o el abono de una indemnización, en ambos casos con abono de los salarios de tramitación. Cuarto: Por virtud de dicha sentencia de dicta decreto del Alcalde de 19 de diciembre de 2005 en el que se acuerda la incorporación de Dª Eva con contrato indefinido, a un puesto base correspondiente a su categoría en el Departamento de Seguridade Ciudadá en el que se afirma que el trabajo desarrollado por la demandante es de carácter estructural o necesario. En dicho decreto también se considera que es precisa la cobertura en el departamento de tráfico y seguridade ciudadá de un puesto de auxiliar y que la misma sea incluida en la próxima oferta de empleo público, acordando dar traslado a la Junta de Gobierno para su cobertura definitiva. Quinto: En la sesión extraordinaria del pleno de la Corporación de 9 de enero de 2006 se acuerda, en lo que aquí interesa, dentro del apartado de "CAMBIOS QUE AFECTAN O CADRO DE PERSOAL CON RELACION O APROBADO PARA O ANO 2005", subapartado B)"Creación de novas prazas/reclasificación de niveis: B.1. prazas que no se ven afectadas pola taxa de reposición de efectivos" (...). "2.-Dúas prazas de auxiliar administrativo, unha para o departamento de tráfico e seguridade cidadá e outra para o de urbanismo, como consecuencia das sentencias firmes do xulgado do social que declaran a relación laboral indefinida de dúas traballadoras. Como a relación non supón fixeza, se crean estas dúas prazas como de persoal funcionario, pola naturaleza das súas funcions, na escala de administración xeral subescala auxiliar, grupo D de clasificación e nivel 15 de complemento de destino, que se proveerán na vindeira oferta de emprego público polo sistema de oposición libre." Sexto: En el BOE de 21 de septiembre de 2006 en la oferta de empleo público del Ayto de Santiago de Compostela se prevén entre otras, "Grupo según artículo 25 de la Ley 30/1984 :D. Clasificación: Escala de la Administración General, subescala Auxiliar. Numero de Vacantes: 3. Denominación Auxiliar." Séptimo: En el BOP de La Coruña de 13 de junio de 2007 se publica el acuerdo de la Xunta de Goberno del Concello de Santiago de modificación de relación de puestos de traballo figurando dentro del "Area de Circulación e Seguridade Cidadá" y por lo que se refiere a plazas de auxilar administrativo las siguientes: -una en la Xefatura de Area, otra en la Sección de Circulación en la Xestión e supervisión de tráfico", sin que figure ninguna en la Sección de tramitación de denuncias y recursos, dándose aquí por íntegramente reproducido su contenido. Octavo: En el BOP de La Coruña de 27 de junio de 2007 se publican las bases de la convocatoria para la provisión por el sistema de oposición libre de tres plazas encuadradas en al escala de Administración General, subescala Auxiliar incluidas en la oferta de empleo del Ayuntamiento del año 2006. Noveno: El 23 de junio de 2008 la Junta de Gobierno Local de Ayuntamiento de Santiago de Compostela, a propuesta de la Conselleira Delegada de Personal acuerda una vez celebradas las pruebas...

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