STSJ Galicia 4829/2009, 6 de Noviembre de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:9391
Número de Recurso2604/2009
Número de Resolución4829/2009
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 2604/2009 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 2 de OURENSE siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Emma en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 67/2009 sentencia con fecha veinticinco de Marzo de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO.- La actora D. Emma nacida el 31-8-1971, figura afiliada a la Seguridad Social con el no NUM000 encuadrada en el Régimen General con la profesión habitual de cortadora de pizarra./ SEGUNDO.- Iniciado expediente de invalidez el 30-9-2008 se dicto resolución por la Dirección Provincial del INSS el 2310-2008 denegando la prestación solicitada por no encontrarse la actora en situación de invalidez permanente en ninguno de sus grados. Interpuesta reclamación previa, fue asimismo desestimada por resolución de 5-12-2008, por la cual se confirme la impugnada./ TERCERO.- La actora presenta objetivadaslas siguientes lesiones: -PROTRUSION DISCOOESTEOFITARIA GLOBAL, DISCRETA QUE OCUPA LA BASE DE AMBOS AGUJEROS DE CONJUNCION A NIVEL L3-L4 Y L4-L5. EXISTE UNA MAYOR AFECTACION A NIVEL PARACENTRAL-FORAMINAL IZQUIERDA CON: OBLITERACION DEL RECESO INTERDISCOAPOFISARIO, PUDIENDO CONTACTAR CON LA RAÍZ L4 IZQUIERDA A DICHO NIVEL (A CORRELACIONAR CON CLÍNICA DEL PACIENTE). - DISMINUCIÓN DE SEÑAL Y ALTURA DEL DISCO INTERVERTEBRAL L5-S1 CON: PEQUEÑA IMAGEN HIPERINTENSA EN EL BORDE POSTERIOR DEL DISCO COMPATIBLE CON ROTURA DEL ANILLO FOBROSO. -PROTRUSION FOCAL L5-S1 DE PREDOMINO PÓSTERO-CENTRAL: PEQUEÑA CONTACTA CON EL CORDÓN MEDULAR. -HIPERTEROFIA DE LIGAMENTO AMARILLO. -ARTROSIS ACROMIO-CLAVICULAR BILATERAL CON: OSTEOFITOS SUBACROMIALES MUY MANIFIESTOS EN EL LADO IZQUIERDO. -CALCIFICACION HOMBRO IZQUIERDO. -SIGNOS DEGENERATIVOS RODILLAS. SIGNOS DEGENERATIVOS COLUMNA CERVICAL. -TRASTORNO CRONICO DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA, CON CONDUCTAS PURGATIVAS (VOMITOS. -TRASTORNO SOMATOMORFO POR DOLOR PERSISTENTE./ CUARTO.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 899,75 .-#.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando en su pretensión subsidiaria la demanda interpuesta por D. Emma contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual de cortadora de pizarra y en consecuencia, condeno a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a abonar a la actora una pensión vitalicia en cuantía del 55% de la base reguladora mensual de 899,75 .-#, con efectos económicos de 20-10-2008 y con aplicación de las mejoras y revalorizaciones que puedan producirse".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el INSS la declaración de IPT, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -por la vía artículo 191.c) LPL - la infracción por aplicación indebida del artículo 137 LGSS .

SEGUNDO

La revisión fáctica se acoge, pese a que la facultad de valorar la prueba corresponde en exclusividad al Magistrado de instancia (...

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